Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Asociaciones Empresariales
Denominación
Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Asociaciones Empresariales
Descripción
El Consejo Municipal de las Mujeres de Santa Cruz de Tenerife es un órgano asesor, de consulta y seguimiento de la gestión municipal en todas aquellas acciones que incidan en la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como cauce para animar y potenciar la participación de las mujeres en la vida ciudadana y la coordinación en políticas de igualdad de los colectivos que lo integran.
Las entidades que deseen participar como vocales en el Consejo Municipal de las Mujeres, deben realizar los siguientes trámites y reunir los requisitos establecidos en los Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres, dependiendo de la vocalía que le corresponda según la tipología de asociación/entidad.
Le corresponde una vocalía a las asociaciones empresariales que tienen domicilio o sede en el municipio.
Destinatarios
Organizaciones empresariales con domicilio o sede en el municipio
Requisitos
Es condición indispensable para participar en el Consejo Municipal de las Mujeres, encontrarse inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santa Cruz
Medios de Presentación
Presencial
- Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Telemático
Plazo de Presentación
En el proceso de constitución de 15 días hábiles a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
En lo sucesivo, en el momento en el que se necesite renovar la vocalía
Documentación
- Solicitud
- Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de las Mujeres
Tasas
No procede
Información
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
C/ Afilarmónica Nifu Nifa, 32, primera planta
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Correo electrónico: igualdad@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Órgano de Resolución
Presidencia del Consejo Municipal de las Mujeres
Normativa
- Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana
- Estatutos del Consejo Municipal de las Mujeres
- Resolución del Presidente del Consejo, de 11 de febrero, en referencia al procedimiento para la constitución del Consejo Municipal, BOP nº.24/2015, de 20 de febrero
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
La solicitud y documentos adjuntos deberán remitirse por escrito y con registro de entrada a la Secretaría del Consejo Municipal de las Mujeres, tal y como se recoge en el art. 16 relativo a procedimiento de nombramiento de los Estatutos del Consejo.
Para proceder al nombramiento de titular y suplente para esta vocalía, se convocará por parte del Servicio de Educación, Juventud e Igualdad a todas las asociaciones empresariales que hayan remitido en tiempo y forma la documentación que a continuación se detalla. En la citada reunión se acordará entre todas las organizaciones empresariales, nombrar a una titular y una suplente que representará a estas entidades en el Consejo Municipal de las Mujeres; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizará el procedimiento de sorteo para nombrar a las representantes (titular y suplente). Se levantará acta de los acuerdos.
Unidad Tramitadora
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Trámites Relacionados
- Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Organizaciones Sindicales
- Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Áreas de Mujer de organizaciones sindicales
- Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Asociaciones o Fundaciones
- Designación de Vocalía del Consejo Municipal de las Mujeres: Asociaciones de Mujeres