Ocupación temporal de la vía pública en carril de circulación mediante vehículos para la prestación de servicios o carga y descarga de mercancías. Solicitud

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Las ocupaciones  temporales de la vía pública en carril de circulación ,que se realicen con vehículos destinados a la prestación de servicios (limpieza, saneamiento, alcantarillado,...) o realización de carga y descarga de mercancías, necesitan autorización previa de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.

Si la ocupación temporal afectara a zona de estacionamiento, acera, calles peatonales , el órgano competente para su autorizaciónserá la Junta Municipal del Distrito al que pertenezca esa vía. (ver en "Más Información" nota "Órgano Gestor").

Destinatarios

Toda persona natural o jurídica que ocupe el viario municipal con vehículos destinados a la prestación de servicios (limpieza, saneamiento, alcantarillado, etc.) o realización de carga y descarga de mercancías.

Importe

Tasas para 2016:

  • Por expedición de documentos administrativos: 49,05 euros.
  • Por ocupación temporal de la vía pública por mudanza o carga y descarga de mercancías:
    • Si se ocupa zona de estacionamiento: 0,58 euros por metro lineal o fracción, paralelamente al bordillo de la acera reservada, y día o fracción.
    • Si el estacionamiento es en batería: se incrementará la cuota anterior en un 50 %.
    • Si se ocupa un carril de circulación: 0,58 euros por metro cuadrado o fracción, superficie de la zona reservada, y día o fracción.

Cómo realizar el trámite

  •   En línea: a través del enlace al Registro Electrónico disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos)
    • Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado ‘Impresos', guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también  en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
    • Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid)
  • Presencialmente en:
    • En los Registros de Distritos, en los restantes Registros del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
    • Registro de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
  • Plazo:
    20 (veinte) días naturales de antelación a la fecha solicitada para la prestación del servicio, siendo el plazo máximo legal para su contestación de 3 (tres) meses.

Pago

  1. Tasa por expedición de documentos administrativos, presentando el impreso de autoliquidación en los Bancos y Cajas de Ahorro que vienen recogidos en las instrucciones de la solicitud, debiendo adjuntar el resguardo justificativo del pago a la solicitud, ya que es requisito indispensable para la admisión de la misma.
  2. Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con otro tipo de maquinaria, equipos, casetas y otros elementos. El pago de esta tasa podrá realizarse mediante tarjeta bancaria, en las dependencias del Departamento de Ocupaciones, Subdirección General de Agentes de Movilidad, C/ Paraguay, nº 8.

Documentación

  • Al solicitar la autorización
  1. Solicitud en impreso (*) específico.
  2. Resguardo justificativo del pago de la tasa por expedición de documentos administrativos.
  3. Plano o croquis de la ubicación de la ocupación (especificando número o edificio).
  4. Fotocopia de las licencias necesarias que amparen la actividad que genera la ocupación.
  5. Fotocopia del permiso de circulación y de la ficha técnica del vehículo.

* Toda persona natural o jurídica interesada en la ocupación del dominio público viario municipal con vehículos destinados a la prestación de servicios (limpieza, saneamiento, alcantarillado,...) o realización de carga y descarga de mercancías, deberá presentar siempre su solicitud en modelo normalizado. Dicha solicitud puede obtenerla por dos vías diferentes:

  1. Internet: El peticionario cumplimenta la solicitud vía Web, la imprime y la entrega en la ventanilla para su posterior tramitación.
  2. Ventanilla: A través de ventanilla obtiene el impreso de solicitud, lo rellena y lo entrega para su tramitación.

Más Información

Tramitación
  1. Informe técnico:
    Una vez presentada la solicitud por el interesado, se procederá a la evaluación por el técnico de la conveniencia o idoneidad de la ocupación solicitada, procediendo a requerir la subsanación de la solicitud presentada, en el caso de ser necesario.
  2. Resolución del expediente:
    Se procede a la autorización o denegación de la solicitud.
  3. Notificación:
    La resolución se notificará al interesado junto con la liquidación de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.
Recurso

Contra la autorización o denegación de la solicitud el interesado podrá interponer los siguientes recursos: - RECURSO ADMINISTRATIVO DE REPOSICIÓN ante la autoridad que dicta la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, - directamente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Información complementaria
  • Nota sobre Órgano gestor:

Las competencias para autorizar las ocupaciones de la vía pública por vehículos destinados a la prestación de servicios o realización de carga y descarga de mercancías se reparten entre las Juntas Municipales de Distrito y la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, según la zona de la de vía donde se solicite:

  • En carril de circulación, es autorizado por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación.
  • Calles peatonales, zona de estacionamiento y acera. Siempre será competente para autorizar la Junta Municipal de Distrito a la que pertenezca la vía.
Fundamento legal
  • Ordenanza Reguladora de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las vías públicas por realización de obras y trabajos de 27 de mayo de 1992.
  • Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 30/92, de 26 de noviembre.
  • Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Admnistrativa. Ley 29/98, de 13 de julio.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local. BAM núm. 5470 de 22 de noviembre de 2001, pág. 3854-3858. Epígrafe C.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos. B.O. Ayuntamiento de Madrid 22/11/2001.
Entidad Gestora

Ocupación de la Vía Pública * Subdirección General de Agentes de Movilidad * Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación. C/ Paraguay, 8. Tlno: 914803695 Correo: ocupacionescirculación@madrid.es


Oficinas de la administración

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PLAZA  MONCLOA,  1 28008  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

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CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  142 28002  MADRID 

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ÁREA DE GOBIERNO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. REGISTRO

CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  140 28002  MADRID 

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Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE USERA

AVENIDA  RAFAELA YBARRA,  41 28026  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

TRIBUNAL ECONÓMICO - ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE MADRID (TEAM). REGISTRO

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