Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona: Si tienes un piso vacío, tú tienes la llave
La Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona se crea con la unificación de la Bolsa de Vivienda de Alquiler Social y la Bolsa Joven de Vivienda. Gestionada por el Consorcio de Vivienda de Barcelona a través de la Red de Oficinas de la Vivienda, ofrece servicios de mediación entre personas propietarias de viviendas vacías y posibles inquilinos, y tiene como objetivo incrementar el número de viviendas de alquiler a precios asequibles y facilitar el acceso a unidades de convivencia y a jóvenes de entre 18 y 35 años que cumplan los requisitos de acceso a la bolsa.
Para las personas propietarias las ventajas y subvenciones son las siguientes:
- Subvención para la inclusión de viviendas en la Bolsa de viviendas de alquiler.
- Subvención para la rehabilitación de la vivienda, previa valoración técnica de la vivienda y con la condición de que la duración del contrato sea de 5 años.
- Subvención de la cuota líquida del IBI.
- Seguro multirriesgo del hogar durante la vigencia del contrato.
- Seguimiento de las obligaciones contractuales, principalmente en caso de impagos.
- Cobertura universal por impago de alquileres, hasta 6 mensualidades, durante la vigencia del contrato.
- Seguro de cobertura de la defensa jurídica en caso de impagos.
- Asesoramiento técnico y jurídico gratuito.
- Asesoramiento en la tramitación de la cédula de habitabilidad o del certificado de eficiencia energética (tasas excluidas, en ambos casos), condicionado a la formalización del contrato de alquiler con la mediación de la Bolsa.
- Redacción del contrato y mediación en la contratación.
- Redacción del acuerdo de resolución del contrato en caso de solicitarlo.
Para las personas solicitantes las ventajas y subvenciones son las siguientes:
- Precio de alquiler inferior al precio del mercado.
- Búsqueda de la vivienda apropiada.
- Elaboración y firma del contrato.
- No hay gastos de contratación (excepto si hay Administrador).
- Asesoramiento jurídico durante todo el proceso, sin coste para el solicitante. Asesoramiento respecto a rentas de alquiler en relación a su viabilidad económica y prestaciones sociales.
- Seguimiento del cumplimiento de las obligaciones contractuales y mediación de conflictos.
- Elaboración del acuerdo de resolución del contrato, en su caso.
Prestaciones financiadas por el Ayuntamiento de Barcelona:
- El importe de la fianza de la contratación.
- El importe del primer mes de alquiler.
- El importe de los honorarios del Administrador, de ser el caso.
- Las ayudas urgentes al pago del alquiler, máximo tres mensualidades.
Podrán solicitar estas prestaciones personas o grupos de convivencia que sean atendidas por los servicios sociales, sean solicitantes de viviendas de la Bolsa de Mediación, y tengan:
- Pronóstico de inserción social favorable (informe social)
- Ingresos máximos de 2,35 veces IRSC.
- Empadronados en Barcelona, con residencia legal.
- Viabilidad económica para asumir el alquiler.
¿Cómo se hace el trámite?
Las personas interesadas pueden dirigirse a cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa (*).
* Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
Después
Para cualquier consulta o queja, los propietarios y los arrendatarios de una vivienda contratada con la mediación de la bolsa pueden presentar una instancia o escrito ante cualquier Oficina de la Vivienda o bien dirigirse por correo electrónico a: borsahabitatgeslloguer@bcn.cat
¿Quién lo puede pedir?
Las personas interesadas en formar parte de la Bolsa de Viviendas de Alquiler de Barcelona, deberán reunir una serie de condiciones específicas:
Las personas propietarias de viviendas deben:
- Poseer una vivienda desocupada ubicada en la ciudad de Barcelona.
- Disponer de Cédula de Habitabilidad o estar en condiciones de obtenerla.
- Destinar la vivienda a alquiler a través de la Bolsa.
- Disponer del Certificado de Eficiencia Energética o estar en condiciones de obtenerlo.
Las personas arrendatarias deben:
- Estar inscritas en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial.
- Estar mpadronadas en la ciudad de Barcelona.
- Tener capacidad económica para pagar el alquiler.
Documentación
Documentación a presentar por el propietario:
Para incluir su vivienda en la Bolsa:
Para solicitar subvención para la inclusión en la Bolsa:
Acceda al trámite Subvención para la inclusión de viviendas en el programa de la Bolsa de viviendas de alquiler de Barcelona.
Para solicitar subvención del IBI - Impuesto de Bienes Inmuebles:
Formulario de solicitud de subvención.
- Hoja de datos bancarios con diligencia de la entidad financiera.
- Recibo del IBI del año en curso (en caso de pago fraccionado, únicamente presentar el recibo de una de las fracciones).
Para solicitar subvención por obras de rehabilitación:
Sujeto a la publicación de la convocatoria por parte del Consorcio de la Vivienda de Barcelona y de los requisitos y plazos para su obtención.
Documentación a presentar por el arrendatario:
Documentación básica del solicitante y de todos los miembros de la unidad de convivencia:
- Inscripción en el Registro de Solicitante de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona.
- Documentación acreditativa de la necesidad de vivienda (demanda o sentencia, contrato de alquiler actual, informe técnico y/o social, etc.).
- Fotocopia del DNI / NIE o Pasaporte de todas las personas de vayan a vivir en el piso.
- Fotocopia del contrato de trabajo y 3 últimas nóminas de todos los trabajadores. En caso de contratos de duración determinada, certificado acreditativo de continuidad en la empresa.
- Certificado de Vida Laboral de todas las persona que hayan trabajado en el Estado Español.
Documentación específica según las circunstancias personales, y según el caso:
- Fotocopia del libro de familia o partida de nacimiento, si hay menores de edad y no tienen DNI o NIE.
- Declaración responsable de ingresos complementarios de actividad laboral.
- Declaración de la renta (si está obligado) o certificado de imputaciones (si no está obligado a presentar declaración de la renta).
- Certificado de pensiones.
¿Dónde se puede hacer?
- Oficina de l'Habitatge de Ciutat Vella
- Oficina de l'Habitatge de l'Eixample
- Oficina de l'Habitatge de Sants-Montjuïc
- Oficina de l'Habitatge de les Corts
- Oficina de l'Habitatge de Sarrià-Sant Gervasi
- Oficina de l'Habitatge de Gràcia
- Oficina de l'Habitatge d'Horta-Guinardó
- Oficina de l'Habitatge de Nou Barris
- Oficina de l'Habitatge de Sant Andreu
- Oficina de l'Habitatge de Sant Martí
Precio
Subvención para la inclusión de la vivienda en la Bolsa: 1.500 ? si la vivienda está vacía, y 6.000 ? por liquidación de deuda en casos de viviendas en proceso judicial.
Subvención cuota líquida del IBI: 50% importe del IBI mientras la vivienda se mantenga en la Bolsa de Viviendas de Alquiler de Barcelona.
Subvención para la rehabilitación de la vivienda: 100% del importe de las obras de rehabilitación, hasta un máximo de 15.000?.
Organismo responsable
Trámites relacionados
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Oficinas de la administración
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