REFORMA DE ESTATUTOS DE FUNDACIONES

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

¿En qué consiste?

Reforma de Estatutos de fundaciones.

Destinatarios

PERSONAS QUE PUEDEN REALIZARLO:
1.- Miembros del Consejo de Administración y/o Fundadores.
2.- Toda persona con poder o autorización suficiente para la realización del trámite.

REQUISITOS

DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTARSE:
Formulario N° 8
1).- Copia de Acta de Reunión de Consejo de Administración que aprobó la reforma estatutaria, (copia autenticada con firma en tinta azul del presidente y secretario) que detalle cada uno de los artículos modificados su aprobación individual por mayoría o unanimidad firmada por los presentes.
2).- Nuevo texto ordenado del Estatuto reformado, con firma de presidente y secretario del Consejo de Administración en todas sus hojas.

Ubicación

Mesa de Entradas - Dirección de Personas Jurídicas

Horario de atención

Dirección

24 de Setiembre 673

Teléfono

0381 4301404 -

Correo Electrónico

personasjuridicas@fiscaliatucuman.gob.ar

Formularios y Documentos

  • Formulario Nº 8

  • Formulario N°7

  • Ley 26994 Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Ley 8367 Ley de Dirección de Personas Jurídicas Decreto 2942/1 Decreto Reglamentario Ley de Dirección de Personas Jurídicas

PROCEDIMIENTOS

Lugar de atención

Temáticas

Adultos Mayores | Mujer | Jóvenes | Menores | Trabajo y empleo | Economía y Producción

Modalidad de gestión

Lugar de atención

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.