Ayudas universitarias de desplazamiento 2015 - 2016

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto de estas ayudas es doble:
- facilitar la mobilidad internacional de los alumnos de las Illes Balears que cursan estudios universitarios oficiales y participan en programas institucionales de movilidad que permiten llevar a cabo parte de estos estudios en centros extranjeros de enseñanza superior en el ámbito de los territorios integrados en la Eurorregión Pirineos Mediterráneo durante el año académico 2015-2016.
- compensar parte del coste del desplazamiento de los alumnos de las Illes Balears que, a causa del hecho insular, se tienen que desplazar y tienen que residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios en España o cualquier otro país de la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2015-2016.

Personas destinatarias

Estudiantes universitarios residentes en las Illes Balears que se han de desplazar fuera de la isla en la que se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios oficiales

Plazo máximo para la resolución y notificación

6 meses, según el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

No

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Consejería de Educación y Universidad

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Documentos relacionados con el procedimiento

Trámites

X

Solicitud

El objeto de estas ayudas es doble:
- facilitar la movilidad internacional de alumnos de las Islas Baleares que cursan estudios universitarios oficiales y participan en programas institucionales de movilidad que permiten llevar a cabo parte de estos estudios en centros extranjeros de enseñanza superior dentro del ámbito de los territorios integrados en la Euro-Región Pirineus Mediterrània durante el año académico 2015-2016.
- compensar parte del coste del desplazamiento de los alumnos de las Islas Baleares que, visto el hecho insular, se tienen que desplazar y tienen que residir fuera de la isla donde se encuentra su domicilio familiar para cursar estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-28) durante el año académico 2015-2016.

Requisitos

Para poder obtener una de las ayudas de esta convocatoria, se tienen que cumplir los requisitos generales siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias tienen que acreditar la condición de residentes. Quedan excluidas en concurrir las que se encuentren en situación de estancia.
b) Tener el domicilio familiar en las Islas Baleares. A este efecto, se entiende que tienen el domicilio familiar en las Islas Baleares las personas que tienen vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares.
c) Cursar 42 créditos o más de una única titulación oficial universitaria durante el año académico 2015-2016. En el caso de solicitantes que cursen estudios correspondientes a una programación conjunta de enseñanzas oficiales (PCEO) o doble grado, los créditos pueden ser de cualquiera de las dos titulaciones que componen la PCEO.
d) Cursar los estudios en una universidad pública o privada ubicada en alguno de los países de la Unión Europea (UE-28): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Polonia, Portugal, el Reino Unido, la República Checa, Rumania, Suecia o Chipre.
6.2. Para poder obtener la ayuda, se tienen que cumplir los requisitos siguientes, referentes al rendimiento académico del curso 2014-2015:
a) Los solicitantes que tenguin el título de bachiller, que accedan en la universidad mediante la prueba de acceso y que se matriculen por primera vez del primer curso de unos estudios de grado tienen que acreditar una nota de acceso a la universidad igual o superior a 5,50 puntos -sin contar la calificación obtenida en la fase específica-, calculada de acuerdo con la fórmula siguiente: 0,6 NMB 0,4 QFG (donde NMB es la nota media de bachillerato y QFG, la calificación de la fase general).
En las vías de acceso en la universidad restantes también se requiere una nota mínima de 5,50 puntos en la prueba o en la enseñanza que permita acceder a la universidad.
b) Los solicitantes de beca del segundo curso o de los posteriores tienen que haber superado durante el curso académico 2014-2015, y según la rama de conocimiento a la cual pertenezcan los estudios, los porcentajes de créditos de que se hayan matriculado que se indican a continuación:
Artes y humanidades: 90%
Ciencias: 65%
Ciencias sociales y jurídicas: 90%
Ciencias de la salud: 80%
Ingeniería o arquitectura: 65%
En cualquier caso, la persona solicitando tiene que haber sido matriculada, como mínimo, de 42 créditos de una única titulación oficial universitaria el curso 2014-2015. En el caso de solicitantes que cursaban estudios correspondientes a una programación conjunta de enseñanzas oficiales (PCEO) o doble grado, los créditos pueden ser de cualquiera de las dos titulaciones que componen la PCEO.
A Efectos de acreditar este requisito, no se tienen en cuenta los créditos convalidados, reconocidos o transferidos.
c) Los solicitantes de beca para estudios de master tienen que cumplir los requisitos académicos siguientes:
Los estudiantes de primer curso de master que habilitan o que son una condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada tienen que acreditar una nota media de 6,50 puntos en los estudios previos que dan acceso al master. Con respecto a los restantes estudios de master, tienen que acreditar una nota media de 7,00 puntos. Las notas medias procedentes de estudios de enseñanzas técnicas se tienen que multiplicar por el coeficiente 1,17.
Los estudiantes de segundo curso de master que habilitan o que son una condición necesaria para el ejercicio de una profesión regulada tienen que acreditar una nota media del primer curso de 6,50 puntos. En el caso de los restantes estudios de master, tienen que acreditar una nota media de 7,00 puntos.
En todo caso, además de las notas medias fijadas en los apartados anteriores, los solicitantes de beca para el segundo curso de un master tienen que acreditar que han superado todos los créditos de que se habían matriculado el primer curso. Este mismo criterio se aplica también a los casos de estudiantes con una discapacidad igual en el 65 % o superior en los cuales se había reducido la carga lectiva.
Además, el número mínimo de créditos de que se tienen que haber matriculado los solicitantes el curso 2014-2015 es el que, para cada caso, se indica en el punto b anterior.
6.3. En el caso de los solicitantes que durante el curso 2014-2015 no se hayan matriculado a enseñanzas universitarias oficiales, los requisitos de rendimiento académico y de matrícula se entienden referidos al último año académico cursado.
6.4. Para poder optar a la ayuda de movilidad dentro del ámbito de la Euro-Región Pirineus Mediterrània (eurocheques) se tienen que cumplir los requisitos adicionales siguientes:
a) El solicitante tiene que participar durante el año académico 2015-2016 en un programa institucional de movilidad internacional para alumnos universitarios, preferentemente a través de una convocatoria pública y competitiva, con una estancia mínima de tres meses y una dedicación docente mínima de 24 créditos.
b) Se tiene que haber firmado un acuerdo de estudios definitivo (final study programme, final learning agreement o similar) o un documento de correspondencia equivalente entre la universidad española de origen y el centro extranjero de enseñanza superior de destinación para una estancia igual a tres meses o superior y una dedicación docente mínima de 24 créditos durante el año académico 2015-2016.
Quedan excluidas de esta convocatoria:
a) Las personas que cursen enseñanzas artísticas superiores, como estudios de música, de danza y arte dramático, de conservación y restauración de bienes culturales y de artes plásticas y diseño.
b) Las personas que cursen estudios correspondientes a títulos propios de las universidades.
c) Las personas que cursen estudios correspondientes a un doctorado.
d) Las personas que cursen estudios de las modalidades a distancia, en línea o virtual. No obstante, se incluyen en esta convocatoria los alumnos de la Universidad Nacional de Educación a distancia residentes en Menorca, Ibiza o Formentera que se tengan que desplazar en Mallorca para hacer prácticas de laboratorio obligatorias.
e) Las personas que cursen estudios específicos y obligatorios de preparación o especialización para el ejercicio profesional que no sean master universitarios oficiales.

Documentación a presentar

Para tramitar la solicitud, se tiene que presentar la documentación siguiente:
a) El impreso de solicitud llenado y firmado debidamente por la persona solicitando y con las firmas de autorización de los otros miembros de la unidad familiar.
b) En el caso de alumnos extranjeros, una fotocopia del pasaporte y del número de identificación del extranjero (NIE).
c) En el caso de alumnos extranjeros no comunitarios, una fotocopia de la tarjeta de residencia.
d) Un certificado de empadronamiento que acredite la vecindad administrativa de la persona solicitando a un municipio de las Islas Baleares, en caso de que en los documentos anteriores no figure como localidad del domicilio un municipio de las Islas Baleares.
e) Una fotocopia compulsada del libro de familia a efectos de determinar el número de miembros de la unidad familiar.
f) La acreditación documental correspondiente en el caso que la persona solicitando tengui derecho a alguna de las deducciones de la renta familiar de acuerdo con lo que se dispone en el apartado 9.
g) Una fotocopia del impreso de la matrícula universitaria correspondiente al año académico 2015-2016 en qué conste la titulación cursada por la persona solicitando y el número de créditos de que se ha matriculado, que tiene que ser igual en 42 o superior, sin tener en cuenta los créditos convalidados, reconocidos o transferidos.
h) Los originales sellados por el banco o una copia compulsada de los recibos de la entidad financiera que acrediten el pago completo de la matrícula de los estudios para los cuales se solicita la ayuda, así como del total del resto de gastos académicos en el caso de universidades privadas o de centros adscritos a universidades públicas o privadas.
i) En caso de que la persona solicitando se haya matriculado del primer curso de unos estudios de grado, una fotocopia compulsada del resultado de las pruebas de acceso en la universidad. En el caso de acceder en la universidad por otras vías, una fotocopia compulsada de la nota de la prueba o la enseñanza a que permita el acceso a la universidad.
j) En caso de que la persona solicitando se haya matriculado del segundo curso o de los posteriores, un certificado académico completo -original o fotocopia compulsada- o un certificado emitido por la universidad a efectos de solicitar una beca -original o fotocopia compulsada- o una copia imprimida del expediente personal con el sello original de la universidad (no se admiten fotocopias simples o impresiones sin sellar) en que consten las asignaturas de que se matriculó el curso académico 2014-2015, con el número de créditos y las calificaciones obtenidas.
En caso de que la persona solicitando se haya matriculado del primer curso de unos estudios de master, también tiene que constar la nota media de los estudios que dan acceso al master.
k) Una declaración responsable de veracidad de los datos bancarios de la cuenta de la cual el alumno es titular o cotitular (anexo 2) debidamente rellenado y firmado por el solicitante.
l) En los casos correspondientes a las categorías 6as y 8as previstas en el punto 5.1 de este anexo, el original o una copia compulsada del certificado pertinente de la Universidad de las Islas Baleares.
m) En el caso de alumnos de la Universidad Nacional de Educación a distancia, un certificado emitido por el centro que justifique la necesidad de desplazarse para hacer las prácticas de laboratorio obligatorias de las asignaturas de que se han matriculado.
n) Cualquier otro documento que la Administración solicite porque lo considera necesario para verificar el cumplimiento y la efectividad de las condiciones de concesión de la ayuda.
12.2. En el caso de solicitudes de ayudas para la movilidad dentro de la Euro-Región, la persona interesada tiene que presentar, además, la documentación adicional siguiente:
a) Una fotocopia compulsada del documento que acredite que participa en un programa internacional de movilidad para alumnos universitarios durante el año académico 2015-2016, expedido por la universidad española de origen, con indicación del centro extranjero de enseñanza superior de destinación, la duración de la estancia (que tiene que ser igual a tres meses o superior) y la denominación exacta del programa.
b) Si se trata de un programa de movilidad de carácter interno de la universidad de origen y/o sin convocatoria pública y competitiva, la documentación reguladora de las condiciones para participar.
c) Una fotocopia compulsada del acuerdo de estudios definitivo (final study programme, final learning agreement o similar) o del documento de correspondencia equivalente entre la universidad española de origen y el centro extranjero de enseñanza superior de destinación para el año académico 2015-2016 en que conste que carrera 24 créditos o más al extranjero.
12.3. En el caso de solicitantes matriculados en un país que no sea España, la documentación acreditativa tiene que estar redactada en catalán, español, alemán, inglés, francés, italiano o portugués.
En caso de que algún documento acreditativo esté redactado en un idioma diferente de los anteriores y, a partir del conjunto de la documentación, la unidad encargada de la tramitación administrativa no pueda comprobar el cumplimiento de los requisitos, en el informe en que hace referencia el apartado 16 de este anexo se tiene que requerir a la persona solicitando que presente los documentos originales en una traducción a cualquiera de los idiomas mencionados en el párrafo anterior o, alternativamente, una traducción al catalán o al español.

Plazo máximo

Del 25 de abril hasta el 15 de junio de 2016

Lugar

Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.

Órgano competente para la tramitación

Dirección General de Política Universitaria y Enseñanza Superior

Contacto
Servicio o Sección responsable

Servicio de Universidad

c/ d'Alfons el Magnànim, 29. Tel.: 971177766 - Fax: 971176873

(dguniversitat@dguni.caib.es)

Observaciones

L'objecte d'aquestes ajudes és doble:
- facilitar la mobilitat internacional d'alumnes de les Illes Balears que cursen estudis universitaris oficials i participen en programes institucionals de mobilitat que permeten dur a terme part d'aquests estudis a centres estrangers d'ensenyament superior dins l'àmbit dels territoris integrats a l'Euroregió Pirineus Mediterrània durant l'any acadèmic 2015-2016.
- compensar part del cost del desplaçament dels alumnes de les Illes Balears que, atès el fet insular, s'han de desplaçar i han de residir fora de l'illa on es troba el seu domicili familiar per cursar estudis universitaris a qualsevol país de la Unió Europea (UE-28) durant l'any acadèmic 2015-2016.


Oficinas de la administración

Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias

Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma

Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo

Plaça Porta de Santa Catalina 10, 07012, Palma

Archivo y Museo de la Educación de Les Illes Balears

Calle Mestre Torrandell 59 bajos, 07300, Inca

Tel. 971504279

Consorcio de Aguas de Les Illes Balears

Carrer Gremi Corredors 10, 07009, Palma

Fundación Robert Graves

Carretera De Deià a s/n, 07179, Sóller

Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.

Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma

Tel. 971175600

Consorcio Eivissa Patrimonio de la Humanidad

Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa

Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)

Carrer Del Morer 6, 07001, Palma

Tel. 971713628

Consorcio Plan D-Llucmajor

Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor

Consorcio para la Mejora y el Embellecimiento de la Playa de Palma

Calle De L'Uruguay s/n, 07010, Palma

Dirección General de Comunicación

Passeig De Sagrera 2, 07012, Palma

Tel. 971176565

Consejería de Educación y Universidad

Carrer D'Alfons el Magnanim 29, 07004, Palma

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