Fondo de Apoyo a la Actividad Política

Actualizado el 10 de febrero de 2020
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Es un fondo previsto por el artículo 108 de la Ley O N° 2.431 para brindar apoyo a la actividad política con la finalidad de proveer los medios económicos que contribuyan al cumplimiento de las funciones institucionales a los partidos políticos.

¿A quién está dirigido?

Dirigido a los Partidos Políticos reconocidos ante el Tribunal Electoral para el año en que se realice la solicitud.

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