## Resumen Este trámite permite obtener una certificación que acredita que no eres empleado público. Este documento puede ser necesario para presentarlo ante la Subsecretaría de Empleo. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Presentación del Documento Nacional de Identidad. * Nombre del Organismo al cual perteneció el solicitante. ## Cómo hacerlo El trámite se realiza de forma presencial en la Dirección de Administración de Personal. ## Información de contacto **Dirección de Administración de Personal - Subsecretaría de Recursos Humanos** * Domicilio: Belgrano N° 878 - 6to Piso - CP 3600 * Teléfono: (54) 0370 - 4426000 / Int. 268 * E-mail: direcciondepersonal@formosa.gob.ar * Responsable: D. Luis Rey Figueredo * Horario de Atención: Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. y de 15:30 a 18:30 hs. ## Trámites similares * Solicitud de Licencias (Ordinaria, Extraordinaria, por largo tratamiento, etc.) * Formulario de Inscripción a cursos. * Inscripción como Agente de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos * Certificación de servicios prestados en la Administración Pública Provincial * Certificado de Escolaridad * Inscripción como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Certificado Catastral Simple
Requisitos |
Instructivo para Certificados Catastrales - Se adopta un nuevo formato en el que los datos imprescindibles son la nomenclatura catastral, la partida y el expte. de mensura. - Deberá incluirse la descripción del inmueble que obra en título o la que surja del plano de mensura registrado. - La solicitud se presentará en un solo ejemplar y deberá estar impresa. no se aceptará solicitudes manuscritas - Las aclaraciones, agregados y/o enmiendas deberán estar salvadas por el solicitante. - Todas las solicitudes deberán contener firma autógrafa y sello aclaratorio - El plazo de expedición de un certificado catastral urgente será de 72 horas hábiles y el simple de ocho días hábiles que podrá extenderse hasta un máximo de veinte días hábiles. - El certificado catastral para confeccionar reglamento de copropiedad y administración en propiedad horizontal será único y en él se incluirán: la parcela matriz (descripción y linderos), las unidades funcionales (descripción y nomenclatura) y las unidades complementarias (descripción y nomenclatura). - El certificado catastral será observado: cuando uno de los datos imprescindibles no pueda ser validado. - El certificado catastral será rechazado: cuando dos datos imprescindibles no puedan ser validados. - El certificado catastral rechazado implicará una nueva presentación con el pago de los sellados que correspondan. - Cuando se solicite un certificado catastral de una parcela emergente de un plano de mensura recientemente registrado el mismo se expedirá cumplidos diez (10) días hábiles posteriores a su registración por tareas propias de carga y habilitación de parcela. El costo del Certificado Catastral Simple se establece en el Cap. III - Art. 28 - Inc. 28 de la Ley Impositiva 1590. DOCUMENTACIÓN - Nomenclatura Catastral - Partida - Expediente de Mensura - Descripción del Inmueble |
Certificado Catastral Simple | 10 UT (Unidades Tributarias) - $ 450 |
Dirección General del Catastro Territorial
Domicilio: | Ayacucho N° 810 - CP 3600 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4429244 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4435182 |
E-mail: | direcciondecatastro@formosa.gob.ar |
Responsable: | Agrim. Agrim. Carina Edith Chagra |
Horario de Atención: | 07:00 a 14:00 hs. |
Modelo Nota Certificado Catastral |
Descargar el formulario |
Ley Impositiva 1590 - Ley Nº 1590 |
Se fijo nuevo monto de la Unidad Tributaria y en cuanto a Registro Civil se enumera el costo de derechos, documentos y servicios. Descargar Texto Completo de la Norma () |
Certificado Catastral Urgente
Requisitos |
Instructivo para Certificados Catastrales - Se adopta un nuevo formato en el que los datos imprescindibles son la nomenclatura catastral, la partida y el expte. de mensura. - Deberá incluirse la descripción del inmueble que obra en título o la que surja del plano de mensura registrado. - La solicitud se presentará en un solo ejemplar y deberá estar impresa. no se aceptará solicitudes manuscritas - Las aclaraciones, agregados y/o enmiendas deberán estar salvadas por el solicitante. - Todas las solicitudes deberán contener firma autógrafa y sello aclaratorio - El plazo de expedición de un certificado catastral urgente será de 72 horas hábiles y el simple de ocho días hábiles que podrá extenderse hasta un máximo de veinte días hábiles. - El certificado catastral para confeccionar reglamento de copropiedad y administración en propiedad horizontal será único y en él se incluirán: la parcela matriz (descripción y linderos), las unidades funcionales (descripción y nomenclatura) y las unidades complementarias (descripción y nomenclatura). - El certificado catastral será observado: cuando uno de los datos imprescindibles no pueda ser validado. - El certificado catastral será rechazado: cuando dos datos imprescindibles no puedan ser validados. - El certificado catastral rechazado implicará una nueva presentación con el pago de los sellados que correspondan. - Cuando se solicite un certificado catastral de una parcela emergente de un plano de mensura recientemente registrado el mismo se expedirá cumplidos diez (10) días hábiles posteriores a su registración por tareas propias de carga y habilitación de parcela. Consignar Nomenclatura Catastral, Partida, Expediente de Mensura y Descripción del Inmueble. El costo del Certificado Catastral Urgente se establece en el Cap. III - Art. 28 - Inc. 29 de la Ley Impositiva 1590. |
Certificado Catastral Urgente | 20 UT (Unidades Tributarias) - $ 900 |
Dirección General del Catastro Territorial
Domicilio: | Ayacucho N° 810 - CP 3600 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4429244 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4435182 |
E-mail: | direcciondecatastro@formosa.gob.ar |
Responsable: | Agrim. Agrim. Carina Edith Chagra |
Horario de Atención: | 07:00 a 14:00 hs. |
Modelo Nota Certificado Catastral |
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Ley Impositiva 1590 - Ley Nº 1590 |
Se fijo nuevo monto de la Unidad Tributaria y en cuanto a Registro Civil se enumera el costo de derechos, documentos y servicios. Descargar Texto Completo de la Norma () |
## Resumen Este trámite es para agentes públicos provinciales con hijos en edad escolar (nivel Inicial, Primario y Secundario). Deben presentar el certificado de escolaridad para poder recibir la Ayuda Escolar Anual. **Quién puede usar este servicio:** * Agentes Públicos Provinciales con hijos estudiantes. **Antes de empezar:** * Ten a mano el certificado de escolaridad o constancia de alumno regular actualizada. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Certificado de terminación del ciclo lectivo 2019 y/o Constancia de alumno regular actualizada. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Obtén el certificado de escolaridad o constancia de alumno regular de la institución educativa. 2. Presenta el certificado a través de la vía jerárquica correspondiente en tu organismo. ## Ayuda **Contacto:** * Para consultas, dirigirse al área de Personal de su organismo. **Sitio Oficial:** * [www.formosa.gob.ar/recursoshumanos](http://www.formosa.gob.ar/recursoshumanos)
El Certificado de Discapacidad es un Documento Público que brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad.
Requisitos |
En todos los casos se le asignara un turno (día y hora) en el cual el interesado deberá presentarse ante la junta evaluadora de discapacidad con todos los requisitos obligatorios para la correspondiente entrevista frente al equipo interdisciplinario. El equipo interdisciplinario que conforma la junta evaluadora de discapacidad, a partir de la correspondiente evaluación del caso particular, es soberana en cuanto a la decisión del otorgamiento o la denegatoria del certificado de discapacidad, la duración de la vigencia del mismo, y el beneficio del pase libre con o sin acompañante. Solo serán posibles de ser evaluados, aquellas personas que presenten algún tipo de discapacidad y tengan su residencia legal en la provincia de Formosa. (De no ser así, será necesario realizar el cambio de domicilio correspondiente, o dirigirse a la junta evaluadora de discapacidad que le corresponda por su domicilio legal). Beneficios: - Cobertura de prestaciones 100% para la discapacidad indicada en el certificado, responsabilidad del estado o medicina prepaga. Incluye medicina, elementos ortopédicos, alimentación especial entre otros. - Acceso a educación adecuada - Ingreso a programas laborales - Pase libre en transporte público corta y larga distancia - Franquicia y oblea de libre estacionamiento para automotores - Régimen de asignaciones familiares: convenio con ANSES DOCUMENTACIÓN - Certificado expedido por médico especialista según discapacidad, que contemple: Certificado original actualizado expedido por médico con una fecha de no más de seis meses que contemple el diagnóstico completo, estado actual, fecha, firma y sello del médico. (Planilla completada por el médico especialista tratante, en caso de ser necesario). - Estudios médicos complementarios: De acuerdo a la patología. Certificados e informes de profesionales intervinientes en el caso de que lo amerite. Estudios médicos complementarios según su condición de salud: deben ser originales y expedidos con una fecha de no más de seis meses. - DNI fotocopia y original del interesado (en caso de menores de edad, también del padre, madre o tutor). - Constancia de CUIL - Fotocopia del carnet de obra social o PROFE - Fotocopia de CURATELA (si la tuviera). - En caso de RENOVACIONES (traer el certificado vencido original, o denuncia de extravío). - MENORES DE EDAD: (Traer fotocopia de la partida de nacimiento- información sumaria en caso de que el mayor a cargo, no sea el padre o madre). - LA PRESENCIA DE LA PERSONA A EVALUAR ES INDISPENSABLE EN TODOS LOS CASOS. |
Ninguno |
Junta Evaluadora de Discapacidad
Domicilio: | Pringles N° 1456 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4269267 |
E-mail: | jedcudfor@hotmail.com |
Responsable: | Dr. Dr. Ramón Enrique Medina |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs |
Requisito Auditiva |
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Requisito Discapacidad Motora |
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Requisito Mental |
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Requisito Síndrome de Down Nuevo |
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Requisito Visceral Cardiológico |
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Requisito Visceral General |
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Requisito Visceral Hepático |
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Requisito Visceral Renal |
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Requisito Visceral Respiratorio |
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Requisito Visual |
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Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad - Ley Nº 24901 |
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Sistema de protección integral de las personas discapacitadas - Ley Nº 22341 |
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## Resumen Este trámite se refiere a la baja de un agente de la Administración Pública Provincial como resultado de una sanción por haber infringido las normas establecidas en el Estatuto del Personal de la Administración Pública. ### Quién puede usar este servicio Este trámite se aplica a los Agentes Públicos Provinciales que incurran en las causales de cesantía. ### Antes de empezar Es importante conocer las causales de cesantía establecidas en los Arts. 52°, 53°, 54° y 55° del Decreto Ley N° 696/78. ## Lo que necesitas ### Requisitos La medida se inicia de oficio al comprobar que un agente se encuentre incurso en algunas de las causales de la cesantía, enumeradas en los Arts. 52°, 53°, 54°y 55° del Decreto Ley N° 696/78. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso El trámite se inicia de oficio. No se especifica un paso a paso detallado para el agente. ### Dónde se realiza El trámite se realiza en el Departamento Mesa General de Entradas y Salidas (Dirección de Asuntos Administrativos), ubicado en Belgrano 878 - Planta Baja. ## Ayuda ### Contacto * **Domicilio:** Belgrano 878 - Planta Baja * **Teléfono:** (54) 0370 - 4426000/ 1/ 2/ 3 * **Responsable:** Noemí Portillo * **Horario de Atención:** Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. ### Recursos adicionales * **Estatuto para el personal de la Administración Pública. - Decreto Ley Nº 696/78**: [Descargar Texto Completo de la Norma ()](https://archivos.formosa.gob.ar/media/uploads/guia_tramites/normas/norma_1441376231.pdf) * Sitio Oficial: **[www.formosa.gob.ar/boletinoficial](http://www.formosa.gob.ar/boletinoficial)**
## Resumen Este trámite permite a los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que operan bajo el régimen de Convenio Multilateral dar de baja su inscripción en la jurisdicción sede. El proceso se realiza a través del sitio web de AFIP. ## Lo que necesitas ### Requisitos * Ser contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Régimen Convenio Multilateral. * Realizar las presentaciones de los formularios CM01 y CM02 en su jurisdicción sede. * Acceder al servicio web "Sistema Registral" de AFIP con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso 1. Ingresar al servicio web "Sistema Registral" de AFIP con CUIT y clave fiscal (nivel de seguridad 3 o superior). 2. Verificar los datos incorporados y modificarlos si es necesario. 3. Realizar la baja del impuesto correspondiente al Convenio Multilateral. **Importante:** La fecha de alta en el Régimen del Convenio Multilateral debe ser posterior a la solicitud de baja del Régimen General. ## Ayuda ### Contacto * Administración Tributaria Provincial (A.T.P.) * Sitio web: www.formosa.gob.ar/atp ### Normativa * Ley de Convenio Multilateral - Ley Nº Convenio Multilateral del 18/08/77: Descargar Texto Completo de la Norma () * Resolución General de la Comisión Arbitral - Resolución Nº 72/99: Texto de la Norma No Disponible
## Resumen
Este trámite permite a los contribuyentes solicitar el cese total de sus actividades en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Régimen General), como Agentes de Recaudación, Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos, así como en Aportes y Contribuciones al I.P.S.
## Lo que necesitas
Para solicitar el cese total, debes cumplir con la reglamentación establecida en la Resolución General N° 036/2017.
**Coste:** Tasa Retributiva de Servicios: 2 UT (Unidades Tributarias) - $ 1200
## Cómo hacerlo
1. Ingresa a la página de la Administración Tributaria:
## Resumen Este trámite permite registrar el fin de una unión convivencial en el Registro Civil de la provincia de Formosa. La solicitud puede ser presentada por uno o ambos convivientes. ### Quién puede usar este servicio Cualquier persona que haya formado una unión convivencial y desee registrar su cese. ### Antes de empezar Es importante tener en cuenta el motivo del cese de la convivencia, ya que esto determinará la documentación adicional que se deberá presentar. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Solicitud de Registro de Cese de Unión Convivencial (se proporciona en la delegación del Registro Civil). * Según el motivo del cese: * Por fallecimiento: Copia del acta de defunción. * Por sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento: Copia de la sentencia. * Por matrimonio o nueva unión convivencial de uno de los miembros: Copia del acta de matrimonio o de la nueva unión convivencial. * Por matrimonio de los convivientes: Copia del acta de matrimonio. * Por mutuo acuerdo: No se requiere documentación adicional. * Por voluntad unilateral: Copia de la carta documento que notifica el cese. * Por cese de hecho de la convivencia: Declaración jurada con dos testigos. ### Requisitos previos * La unión convivencial debe haber estado previamente registrada. ### Costes y plazos * El trámite es gratuito. * No se especifican plazos para la resolución del trámite. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Dirigirse a la delegación del Registro Civil más cercana al domicilio. 2. Completar la Solicitud de Registro de Cese de Unión Convivencial. 3. Presentar la documentación adicional requerida según el motivo del cese. 4. La delegación remitirá la solicitud a la Dirección del Registro Civil para su protocolización. ### Información sobre cada etapa * La solicitud debe ser completada con la información precisa y veraz. * La documentación adicional debe ser legible y estar en buen estado. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez protocolizado el cese de la unión convivencial, el registro correspondiente quedará asentado en los registros del Registro Civil. ### Plazos de resolución No se especifican plazos para la resolución del trámite. ### Siguiente pasos Una vez registrado el cese, se considera finalizada la unión convivencial a todos los efectos legales. ## Ayuda ### Contacto * Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas. * Sitio web: **www.formosa.gob.ar/registrocivil/tramites/documentales** ### Recursos adicionales * No se especifican recursos adicionales. ### Preguntas frecuentes * No se especifican preguntas frecuentes.
Cese de actividades Ingresos Brutos Régimen General y Simplificado (Directo).
Requisitos |
DOCUMENTACIÓN - Nota de Solicitud. - Certificado de Cumplimiento Fiscal (F-510) - Cese Electrónico AFIP - Baja Municipal (si corresponde) - Contrato de locación de obra (si corresponde) - Copia DNI 1° y 2° hoja. |
Estampilla | $ 130 |
Agencia de Rentas - Laguna Blanca
Domicilio: | Belgrano y Candelaria - Laguna Blanca (CP 3613) |
Teléfono: | (54) 03718 - 471160 |
E-mail: | agencialagunablanca@dgrfsa.gob.ar |
Responsable: | Celsa Presentación Aquino |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Delegación de Rentas - Clorinda
Domicilio: | Av. Gral San Martín Nº 699 - Clorinda (CP P3610AMG) |
Teléfono: | (54) 03718 - 421111 / 423547 |
E-mail: | delegacionclorinda@dgrfsa.gob.ar |
Responsable: | Osvaldo Agustín Maldonado |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Dirección General de Rentas - Formosa - Casa Central
Domicilio: | Ayacucho Nº 810 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4436366 |
Teléfono: | (54) 0370 - 4427485 |
E-mail: | dgr@dgrfsa.gob.ar |
Responsable: | C.P. Natalia Beatríz Galeano |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Receptoria de Rentas - El Colorado
Domicilio: | San Juan y Santa Fe s/n - El Colorado (CP 3603) |
Teléfono: | (54) 0370 - 4480691 |
E-mail: | receptoriaelcolorado@dgrfsa.gob.ar |
Responsable: | C.P. Alba Cacholatti |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Receptoria de Rentas - Pirané
Domicilio: | Roque Saenz Peña Nº 627 - Pirané (CP 3606) |
Teléfono: | (54) 0370 - 4461030 |
E-mail: | receptoriapirane@dgrfsa.gob.ar |
Responsable: | C.P. María Rosaura Palacio |
Horario de Atención: | Lunes a Viernes de 07:00 a 13:00 hs. |
Nota modelo de solicitud de baja |
Descargar el formulario |
Decreto Ley 865 - Código Fiscal - T.O 1983 - Decreto Ley Nº 865 |
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Ley Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Ley Nº 1510 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Resolución General 001/08 - Resolución Nº 001/08 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Resolución General 001-08 Anexo I - Resolución Nº 001-08 Anexo I |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Resolución General 013/98 - Resolución Nº 013/98 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |
Resolución General 022/96 - Resolución Nº 022/96 |
Descargar Texto Completo de la Norma () |