Subvenciones a profesionales del taxi que presten el servicio con taxis adaptados en el término municipal de la Ciudad de Melilla, con la finalidad de cofinanciar los mayores costes de estos vehículos en relación con los taxis convencionales

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Consejería

Bienestar Social y Salud Pública

Dirección General

Dirección General de Servicios Sociales

Quien puede solicitar

Persona Física y Jurídica

Descripción del Procedimiento:

  • La instrucción del procedimiento corresponderá a un Técnico de la Unidad de Servicios Sociales Especializados de la Dirección General de Servicios sociales de la Consejería de B. Social y Sanidad, que realizará de oficio las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en cuya virtud debe formularse la propuesta de resolución, comprendiendo, entre dichas actividades de las previstas en el artículo 24.3 de la Ley General de Subvenciones, únicamente con carácter preceptivo un informe técnico.
  • Una vez evaluadas las solicitudes por el órgano instructor, se dará traslado al órgano colegiado que deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada. El órgano colegiado estará compuesto por un Presidente, que será el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Asuntos Sociales, o persona en quien delegue; un secretario: que será la Secretaria Técnica de la Consejería de B. Social y Sanidad, con voz pero sin voto y dos vocales: el/la directora/a General de Servicios Sociales y un Técnico de perteneciente a la Unidad de Programación, evaluación de Programas sociales y de Coordinación con el Tercer Sector de la Dirección General de Servicios Sociales.
  • El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados, concediéndoles un plazo de diez días naturales con simultáneo trámite de audiencia para presentar alegaciones.
  • El órgano competente para la aprobación de las presentes bases es el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, y para su otorgamiento la Excma.. Sra. Consejera de Bienestar Social y Sanidad, según acuerdo por la cual se aprueba la presente convocatoria.

Requisitos

  • Resultarán beneficiarios de la subvención los que teniendo licencia de taxis en vigor otorgada por esta Corporación justifiquen documentalmente:
    • Que a la fecha de la publicación de la convocatoria vienen desarrollando, con carácter habitual y permanente, la profesión de taxista (declaraciones tributarias u otros documentos oficiales similares).
    • Que dispongan, más tardar en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de un taxi adaptado a personas con discapacidad con todos los requisitos técnicos y conforme a las especificaciones vigentes y obligatorias para taxis adaptados. A tal efecto una vez recibidas las solicitudes se girará inspección técnica que acredite tales extremos.
  • Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, los miembros asociados de aquélla que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la asociación, tendrán igualmente la condición de beneficiarios, con sus derechos y obligaciones.

Documentación de inicio

  • Modelo normalizado de solicitud dirigido a la Consejería de B. Social y Sanidad.
  • DNI/ Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria Estatal ( o certificado de esta al corriente de ésta).
  • Certificado de estar al corriente de la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente con la Hacienda Local.
  • Ficha Técnica del Vehículo.
  • Declaración responsable de no hallarse incurso en algunas de las circunstancias o prohibiciones previstas que se establecen en los artículos 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo I de la solicitud).

Plazo de Presentación

Plazo de un mes contando de fecha a fecha desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

Impuestos y/o tasas vinculadas

No.

Forma de presentar la solicitud

Presencial.

Plazo Resolución

3 meses.

Forma de iniciación

De oficio

Fin via

No

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Alzada

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 176, de 25 de julio de 2006.
  • Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modelos de transporte para personas con discapacidad. BOE núm. 290, de 4 de diciembre de 2007.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha de 11 de octubre de 2013, relativo a aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria, por procedimiento de concurrencia competitiva de la concesión de subvención a profesionales del Taxi que presten el servicio con Taxi adoptados en el término municipal de la ciudad de Melilla, con la finalidad de cofinanciar los mayores costes de estos vehículos en relación con los Taxis convencionales. BOME núm. 5069, de 15 de octubre de 2013.
  • Orden núm. 8176 de 2 de octubre de 2015, relativa a apertura del plazo de presentación solicitudes para el año 2015, referente a la concesión de subvenciones a profesionales del taxi, que presten el servicio con taxis adaptados en el término municipal de la CAM. BOME núm. 5276 de 9 de octubre de 2015.

Observaciones

  • La presente Subvención será compatible con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Es objeto de la presente convocatoria el otorgamiento de subvención de carácter económico con el fin de colaborar en la financiación de la prestación del servicio de taxis adaptados por parte de los profesionales del taxi, que tengan licencias en vigor, para el periodo 2013-2016, con la finalidad de cofinanciar los mayores costes que este tipo de vehículos suponen en relación con los taxis convencionales, por las siguientes razones:
    • El mayor precio del seguro obligatorio de viajeros
    • El mayor coste del precio de las piezas de recambio y de los servicios de reparación del vehículo.
    • El mayor consumo de combustible, siendo además los taxis adaptados vehículos más grandes y pesados, con un precio de adquisición mayor.
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