Programa de Acogimiento con Familia Extensa (código 152)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Información Básica

Requisitos

Documentación

Presentación Solicitudes

Tasas

Resolución, Recursos y Normativa

Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000

Objeto

Atender las solicitudes de acogimiento de menores tutelados por la Administración Pública por parte de su familia extensa.

El acogimiento familiar es una medida de protección que proporciona al menor una atención familiar sustituta o complementaria a la de su propia familia durante un tiempo determinado, cuando ésta no pueda cumplir con las obligaciones de la patria potestad.

Los acogimientos familiares con familia extensa son aquellos que se formalizan con abuelos, tíos, hermanos mayores u otros familiares de un menor. Permiten que éste continúe en su núcleo familiar más cercano, manteniendo, en la medida de lo posible, la vinculación afectiva con su familia de origen.

En el caso de que el acogimiento deba ser remunerado debido a los ingresos de los acogedores, es necesaria una documentación adicional descrita en el apartado "Documentación a adjuntar".

Destinatarios

Ciudadanía.

Familia extensa de menores tutelados por la Administración Pública que reúnan los requisitos establecidos.

Tramitación inmediata

No

Periodicidad

Continuo

Plazo de Presentación

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS Y PROTECCIÓN DE MENORES (A14028747)

Requisitos de solicitud o iniciación

  • Acreditar ser familia del menor.
  • Mostrar suficiente interés por el bienestar del menor.
  • Tener capacidad de amparar al menor de las condiciones que provocaron la situación de desamparo.
  • Se valorará de forma especial el caso de que varios familiares se interesen por apoyar al menor y que haya vínculo afectivo.

Esta información se reflejará en el informe social de los Servicios Sociales de Atención Primaria del municipio donde residan los solicitantes de acogimiento.

Modelos e información para solicitudes

Para tramitación electrónica “Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud”

Solicitar Electrónicamente.

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...

Información adicional para trámites

Ayuda a la presentación electrónica

  • Actos de trámite en un expediente ya iniciado

    Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
    Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
    El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento.

  • Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado

    El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

  • Consulta del estado de un expediente

    Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.

Solicitar Presencialmente

  • Cumplimentación manual

    La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado

Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL FAMILIAS Y PROTECCION MENORES

Plazo de resolución: 0

Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

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