Presentación de solicitudes para puestos ocasionales con motivo de la Festividad de los Reyes

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejería

Seguridad Ciudadana

Dirección General

Direccion General de Seguridad Ciudadana

Quien puede solicitar

Persona Física

Descripción del Procedimiento

  • Los vendedores ambulantes que se dediquen únicamente a la venta de juguete o golosinas interesados en obtener licencia para formar parte de los puestos ocasionales con motivo de la Festividad de Reyes.
  • Deberán presentar su solicitud en las oficinas de Atención al Ciudadano, las cuales se estimarán por orden de llegada.
  • Una vez estimado, los puestos se ubicarán en el lugar que se determine, quedando el número reseñado en la licencia, la cual deberán exhibir en el puesto en todo momento.

Requisitos

  • Ser vendedor ambulante de juguetes ó golosinas.
  • Estar empadronado en la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Estar al corriente de los pagos de la Seguridad Social y de la tarifa correspondiente del IAE.
  • Estar al corriente con la Hacienda Local.
  • Ostentar el Carné de Manipulador de Alimentos.

Documentación de inicio

  • La autorización para el ejercicio de las actividades reguladas en el presente Reglamento deberá ser solicitada en el impreso, que habrá de presentarse en el Registro General de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Junto con la solicitud referida, en la que se indicará la actividad a la que se desea dedicarlo, venta de juguetes o de golosinas, deberá aportar la siguiente documentación:
    1. Fotocopia de los documentos acreditativos de la identidad del solicitante.
    2. Estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social.
    3. Copia del alta correspondiente al IAE y estar al corriente en el pago de la correspondiente tarifa.
    4. Certificado del padrón municipal de habitantes.
    5. Certificado de estar al corriente con la Hacienda Local.
    6. 1 Fotografía tamaño 7x 10 cm.
    7. Carné de Manipulador de Alimentos en vigor, en su caso
    8. Teléfono de contacto.

Plazo de Presentación

Entre los días 10 y 24 de noviembre de 2015.

Impuestos y/o tasas vinculadas

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Alzada

Normativa

  • Ley 14/1986 de 25 de abril General de Sanidad. BOE núm. 102 de 29 de Abril de 1986.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE n° 236 de 02/10/2015.
  • Reglamento, de 7 de septiembre de 1.995 de la Asamblea de Melilla. BOME Extra. Núm. 9 de 12 de Marzo de 2004.
  • Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. DOUEL núm. 376 de 27 de Diciembre de 2006.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio de 2015, relativo a Decreto de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad. BOME Extra. Núm. 29 de 24 de julio de 2015.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. BOE núm. 287 de 30 de Noviembre de 2007.
  • Decreto núm. 1033 de 10 de agosto de 2009, relativo a aprobación definitiva del Reglamento de Venta Ambulante (BOME núm. 4634 de 14 de agosto de 2009)
  • Orden núm. 698 de 6 de noviembre de 2015, relativa a apertura plazo de presentación de solicitudes para puestos ocasionales con motivo de la festividad de Reyes. BOME núm. 5285 de 10 de noviembre de 2015.

Observaciones

  • Los solicitantes deberán abonar 15,00€ en concepto de concesión de puesto de Venta Ambulante de productos típicos de la Festividad de Reyes y depositar una fianza de 30,00€.
  • El número de autorizaciones será de un máximo de 15 para la venta de juguetes y 6 para la venta de golosinas, dependiendo del espacio disponible.
  • No se autorizará la venta de otro tipo de artículos.
  • Los autorizados deberán pasar por la Policía Local una vez presentada la solicitud durante los días 18,21,22 y 23 de diciembre a fin de poder efectuar los pagos de las tasas y retirar la licencia.
  • Los puestos se ubicarán en el lugar que se determine, quedando el número reseñado explícitamente en la licencia correspondiente; si bien, los agentes de la autoridad podrán cambiar su ubicación en atención a la seguridad en el tráfico peatonal, rodado, obras, etc.
  • Los autorizados para la venta de juguetes estarán obligados a instalar un toldo de 3m por 3m de color azul marino, sobre estructura tubular, que correrá a su cargo.
  • Los autorizados para la venta de golosinas vendrán obligados a disponer de instalaciones de exposición y ventas, situadas a una distancia del suelo no inferior a 60 cm, y cumpliendo con las condiciones higiénicas y sanitarias estipuladas.
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