Inscripción en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Ciudad Autónoma de Melilla

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Consejería

Distritos, Juventud y Participación Ciudadana

Dirección General

Dirección General de Sanidad y Consumo

Quien puede solicitar

Persona Física y Jurídica

Documentación de inicio


-Inscripción en el Registro General de Asociaciones correspondiente,
-Certificación expedida por el secretario de la entidad en la que se acrediten los siguientes extremos:
* Número efectivo de asociados y la cuantía anual de las cuotas,
*descripción de las actividades desarrolladas por la entidad solicitante durante el año anterior en su caso y programa de actividades para el año en que se solicita,
*Implantación territorial, con expresión precisada de las delegaciones locales existentes.
-Certificación en la que se acredite el presupuesto de ingresos y gastos de la entidad referidos al año anterior y liquidación que se practicó en relación con los mismos

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

No aplica

Recursos

Contencioso Administrativo

Normativa

DECRETO DE 2 DE DICIEMBRE DE 2002 (BOME N° 3948 DE 17 DE ENERO DE 2003) 60 días

Observaciones

Las sociedades cooperativas además presentaran: Certificación donde se haga constar su inscripción en el correspondiente registro de cooperativas y memoria de las actividades de educación y formación de sus socios en materia de consumo, así como presupuestos de la aplicación de las cantidades destinadas al fondo social para la educación y formación de los socios.

Otros datos de interes

Existen impuestos o tasas asociados
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