Aprobación y modificación de las plantillas, la relación de los puestos de trabajo y las funciones de los puestos iniciado de oficio
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administraciónConsejería
Economía, Empleo y Administraciones PúblicasDirección General
Dirección General de Función PublicaQuien puede solicitar
Persona FísicaDescripción del Procedimiento
- Iniciación del expediente de oficio.
- Unión del expediente de los antecedentes, estudios y documentos administrativos.
- Informe del Servicio de Recursos Humanos redactados en forma de propuesta de resolución.
- Informe de Intervención.
- Propuesta de resolución.
- Dictamen de Comisión Informativa.
- Acuerdo del Pleno.
- Exposición al público del Presupuesto, Plantillas y Relación de Puestos de Trabajo mediante anuncios en el B.O.M.E, Tablón de Edictos y página web, durante 15 días.
- De no haber reclamaciones, se consideran aprobados definitivamente dichos documentos y se inserta anuncio en el B.O.M.E y página web que contendrá resumen del Presupuesto y texto íntegro de las plantillas y Relación de Puestos de Trabajo (que incluirá, en su caso, el número, características y retribuciones del personal de empleo eventual).
- Remisión de las plantillas y de la Relación de Puestos de Trabajo (que incluirá, en su caso, el número, características y retribuciones del personal de empleo eventual), a la Administración del Estado y a la Ciudad Autónoma, dentro del plazo de 30 días, a partir de la aprobación definitiva
Documentación de inicio
Antecedentes, estudios y documentos administrativos:
- Plantillas de personal funcionario, laboral y eventual.
- Relación de Puestos de Trabajo.
- Organigrama
- Funciones de los puestos que se creen o modifiquen.
- Acta de la negociación con la representación sindical.
- Informe de la Comisión de valoración.
- Documento justificativo de no haberse presentado reclamaciones, o en su caso, tramitación de las reclamaciones presentadas.
Impuestos y/o tasas vinculadas
NoForma de presentar la solicitud
PresencialPlazo Resolución
180 díasForma de iniciación
De oficioFin via
SíEfectos presuntos
NegativoNormativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. BOE núm. 80, de 3 de abril de 1985.
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. BOE núm. 185, de 3 de agosto de 1984.
- Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE núm. 89, de 13 de abril de 2007.
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. BOE núm. 96, de 22 de abril de 1986.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. BOE núm. 59, de 9 de marzo de 2004.
- Normativa Reguladora de la clasificación del personal, catalogación, provisión, valoración y retribución de los puestos de trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla. BOME Extraordinario, 7 de julio de 2000.
Observaciones
La iniciación del procedimiento de aprobación de las plantillas y de la Relación de Puestos de Trabajo es siempre de oficio, aunque la modificación puede ser de oficio o a instancia de parte.