SOLICITUD DE EMPLEO DE MEDIOS MECANICOS
Podrá prescindirse del cumplimiento de las formalidades impuestas por el artículo 53 del Código de Comercio (unificado al Código Civil y Comercial) para llevar los libros en la medida que la autoridad de control o el Registro Público autoricen la sustitución de los mismos por ordenadores, medios mecánicos o magnéticos u otros, salvo el de Inventarios y Balances. El trámite es el mismo tanto para Asociaciones Civiles y Fundaciones como para Sociedades Comerciales regularmente constituidas.
Los requisitos se encuentran detallados en la Resolución Nº 125/84 DIPJ que se encuentra adjunta.
Debe presentarse toda la documentación el mismo día.
* Nota de presentación solicitando la respectiva autorización. * Dictamen técnico emitido por Contador Público o por la Sindicatura en caso de que quien la ejerza reúna la calidad profesional indicada, del que surgirá la descripción analítica del nuevo sistema de registración propuesto con menciones especiales relativas al medio mecánico u otro a utilizar, libros registros o subdiarios que se llevarán por el nuevo sistema, plan de cuentas a ser empleado, al sistema de archivo a emplear, debiendo emitirse opinión relativa a la prescripción impuesta por el citado Art. 61° en su último párrafo. El mismo debe venir Certificado por el profesional que emite el informe y dicha certificación legalizada por el Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia de Entre Ríos. * Modelo impreso de las planillas a utilizar. * Sellado de Ley. * Formulario Foja Cero (se descarga de la web del organismo).
No posee Fecha de Vencimiento.
Público en General.
Puede iniciarse durante todo el año.
Las veces que sea requerida para cumplimentar observaciones, si las hubiere.
30 días Hábiles
¿DÓNDE SE REALIZA?
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
Gualeguaychú Nº 912
Tel: 0343 - 4207904 - Int 18 Mesa de Entradas.
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:15 a 12:30 hs
Costo: $450,00
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TRÁMITE PERSONAL