Médico a Domicilio Administrativos

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Reconocimiento médico en el domicilio del agente.

- Ser agente activo de la Administración Pública Provincial. - Padecer una dolencia que le impida concurrir personalmente al Consultorio Oficial en la sede de la Comisión Médica. - Tener actualizados los datos correspondientes al domicilio particular en el legajo personal de la Dirección de Personal de la provincia de Entre Ríos.

- Llamar por teléfono al encargado de personal de su área de trabajo durante la primer hora de su horario habitual, solicitando el médico a domicilio. - Corresponde al área de personal de su lugar de trabajo, confeccionar el parte médico y remitirlo a la Comisión Médica.

En el momento que el médico asista a su domicilio debe presentar documento para acreditar su identidad y si posee, el/los certificado/s médico correspondientes.

El día de inicio de la licencia por enfermedad.

El propio agente que pide la licencia médica.

El dia de inicio de la licencia por enfermedad.

Ninguna

En el momento

El médico puede asistir al domicilio en cualquier momento del día no solo en el horario de trabajo del agente. Si el médico que concurre al domicilio constata que el agente padece una dolencia que no le impedía concurrir al Consultorio Oficial, considerará la misma como injustificada.

¿DÓNDE SE REALIZA?

Reconocimiento Médico Administrativo - Comisión Médica Única

  • San Juan 486

  • Tel: 0343 - 4207820

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    07:00 a 13:00 hs

  • Costo: Gratuito

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
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