Institucion de Beneficiarios
Declaración jurada inscribiendo beneficiarios para percibir, al momento del fallecimiento del titular, el seguro de vida
El titular debe tener en el recibo de sueldo el descuento correspondiente (Código 510 personal activo y Código 709 Pasivos)
Se completa el formulario provisto por la Dirección de Seguro de Vida - Ley 3011 y luego de se legaliza en cualquier Juzgado de Paz o Escribano Publico.
Fotocopias del DNI titular, Fotocopias DNI beneficiarios y Fotocopias ultimo recibo de sueldo donde conste el aporte correspondiente al Seguro de Vida - Ley 3011.
Tiene vigencia hasta el fallecimiento del Titular.
Publico en General
Puede iniciarse durante todo el año.
2 veces
40 Dias hábiles
¿DÓNDE SE REALIZA?
Dirección Seguro de Vida - Ley 3011
Casa de Gobierno - Planta Baja - Oficina 4
Tel: 0343 - 4208667 / 4840898
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:30 a 12:00 hs
Costo: Gratuito
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TRÁMITE PERSONAL