Institucion de Beneficiarios

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Declaración jurada inscribiendo beneficiarios para percibir, al momento del fallecimiento del titular, el seguro de vida

El titular debe tener en el recibo de sueldo el descuento correspondiente (Código 510 personal activo y Código 709 Pasivos)

Se completa el formulario provisto por la Dirección de Seguro de Vida - Ley 3011 y luego de se legaliza en cualquier Juzgado de Paz o Escribano Publico.

Fotocopias del DNI titular, Fotocopias DNI beneficiarios y Fotocopias ultimo recibo de sueldo donde conste el aporte correspondiente al Seguro de Vida - Ley 3011.

Tiene vigencia hasta el fallecimiento del Titular.

Publico en General

Puede iniciarse durante todo el año.

2 veces

40 Dias hábiles

¿DÓNDE SE REALIZA?

Dirección Seguro de Vida - Ley 3011

  • Casa de Gobierno - Planta Baja - Oficina 4

  • Tel: 0343 - 4208667 / 4840898

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    07:30 a 12:00 hs

  • Costo: Gratuito

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.