INSCRIPCION DE DIRECTORIO ART 60 LGS 19550

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Es el Organo de Administración de la Sociedad Anónima. Este tipo societario está a cargo del Directorio y la representación corresponde al Presidente del Directorio. La mayoría de los directores deben tener domicilio real en la República y todos ellos deben constituir domicilio en la jurisdicción en la que la sociedad esté inscripta. Hay ciertas incompatibilidades y prohibiciones para ser director que la ley establece. El Director, como todo administrador societario debe actuar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, y será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones en forma solidaria e ilimitada. Ver Art. 299 Ley General de Sociedades 19.550.-

Deberá cumplirse con lo estipulado en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.-

Presentar toda la documentación citada en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.-

Presentar toda la documentación citada en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.- Formulario Foja Cero.

Cuando finaliza el mandato.-

Público en General.

Puede iniciarse durante todo el año.

En el momento.

40 días hábiles.-

¿DÓNDE SE REALIZA?

Dirección de Inspección de Personas Jurídicas

  • Gualeguaychú Nº 912

  • Tel: 0343 - 4207904 - Int 18 Mesa de Entradas.

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    07:15 a 12:30 hs

  • Costo: $450,00

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
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