INSCRIPCION DE DIRECTORIO ART 60 LGS 19550
Es el Organo de Administración de la Sociedad Anónima. Este tipo societario está a cargo del Directorio y la representación corresponde al Presidente del Directorio. La mayoría de los directores deben tener domicilio real en la República y todos ellos deben constituir domicilio en la jurisdicción en la que la sociedad esté inscripta. Hay ciertas incompatibilidades y prohibiciones para ser director que la ley establece. El Director, como todo administrador societario debe actuar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, y será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones en forma solidaria e ilimitada. Ver Art. 299 Ley General de Sociedades 19.550.-
Deberá cumplirse con lo estipulado en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.-
Presentar toda la documentación citada en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.-
Presentar toda la documentación citada en la RES 150/15 DIPJ, Articulo 8º.- Formulario Foja Cero.
Cuando finaliza el mandato.-
Público en General.
Puede iniciarse durante todo el año.
En el momento.
40 días hábiles.-
¿DÓNDE SE REALIZA?
Dirección de Inspección de Personas Jurídicas
Gualeguaychú Nº 912
Tel: 0343 - 4207904 - Int 18 Mesa de Entradas.
Días y Horarios de Atención
Lunes a Viernes
07:15 a 12:30 hs
Costo: $450,00
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TRÁMITE PERSONAL