Inscripción de afectación a Propiedad Horizontal

Actualizado el 8 de febrero de 2020
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Inscripción de Escritura publica que instrumenta la afectación de un inmueble a propiedad horizontal en el Registro de la Propiedad.-

Ser titular registral el afectante.-

Se presenta la Escritura Publica que instrumenta la redacción del reglamento de propiedad Horizontal.-

Escritura publica que instrumente la afectación en original y en fotocopia simple para archivar, plano aprobado por municipalidad y catastro para archivo, una solicitud con anexos para el caso en el que anverso no fuese suficiente, ficha catastral del terreno y de todas las unidades que componen al edificio, copia del certificado o informe utilizado.-

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Escribano

Puede iniciarse durante todo el año.-

Una sola vez, en principio; si se inscribiera con carácter provisional deberá reingresarse dentro de u plazo de 180 días, subsanado (Art. 9 Inc. B Ley 17.801).-

Dependerá del movimiento documental del Registro en cuestión.

- Vencimiento: La inscripción definitiva no tiene vencimiento si se inscribiera con carácter provisional deberá reingresarse dentro de un plazo de 180 días, subsanado (Art. 9 Inc. B Ley 17.801) sino caduca la inscripción.- -Costo: Se debe abonar sellado por la inscripción del reglamento y/o su modificación $90. Y por la afectación, $90 por cada unidad en que se subdivide el inmueble.-

¿DÓNDE SE REALIZA?

Registro de la Propiedad Inmueble

  • Alsina 825

  • Tel: 0343 - 4312630

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    07:00 a 13:00 hs

  • Costo: Ver otra informacion

  • TRÁMITE PERSONAL

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