Habilitación, Traslado de DROGUERÍA para FRACCIONAMIENTO de DROGAS PURAS

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Habilitación / Traslado de DROGUERÍA para FRACCIONAMIENTO de DROGAS PURAS. Deberá cumplimentar los requisitos del Anexo I y además los correspondientes al Anexo II a (FRACCIONAMIENTO DE DROGAS PURAS). Requiere de la generación de un Expediente ante el Ministerio de Salud con la presentación de los requisitos que figuran en el formulario adjunto.

Los requisitos son enumerados en el archivo .pdf que se encuentra publicado para descargar. Previamente serán revisados en el Departamento Integral del Medicamento, con objeto de ordenarlos y de corresponder solicitar documentación complementaria.

Los Requisitos deberán ser presentados en el Departamento Integral del Medicamento. Una vez controlados el interesado deberá presentarlos en Mesa de Entradas para generar el expediente. Se organizará una inspección al local propuesto con el fin de verificar se cumpla con la normativa vigente.

Ver formulario adjunto.

Cuando exista cambio de propiedad, denominación, traslado o modificación edilicia.

Director Técnico, Propietario y o Representante Legal.

Puede iniciarse en cualquier momento, teniendo en cuenta el receso administrativo de verano.

Una vez, si cumple todos los ítems solicitados.

Sin tiempo estimado.

¿DÓNDE SE REALIZA?

Departamento Integral del Medicamento

  • 25 de Mayo 139

  • Tel: 0343 - 4315145

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    08:00 a 12:00 hs

  • Costo: Gratuito.

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
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EFE Emprende
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