CIERRE Voluntario y Definitivo de Oficina FARMACIA

Actualizado el 8 de febrero de 2020
Ver en la web de la administración

Trámite originado por el Cierre Voluntario y Definitivo de Oficina de Farmacia. Requiere de la generación de un Expediente ante el Ministerio de Salud con la presentación de los requisitos que figuran en el formulario adjunto. Deberá justificar el destino que se le dará a las drogas y especialidades farmacéuticas existentes al momento del cierre (art 100 Ley 3818 - 9817).

Los requisitos son enumerados en el archivo .pdf que se encuentra para descargar. Previamente serán revisados en el Departamento Integral del Medicamento, con objeto de ordenarlos y de corresponder solicitar documentación complementaria.

Los Requisitos deberán ser presentados en el Departamento Integral del Medicamento. Una vez controlados el interesado deberá presentarlos en Mesa de Entradas para generar el expediente. Una vez cumplimentados los requisitos y generado el expediente, se procede a organizar una inspección del local con el fin de controlar el efectivo Cierre, verificando el cumplimiento de la normativa vigente.

Ver formulario adjunto.

No posee Fecha de Vencimiento

Director Técnico, Propietario y o Representante Legal.

Debe iniciarse en caso de Cierre Voluntario y Definitivo de la Farmacia, teniendo en cuenta el receso administrativo de verano.

Una vez, si cumple todos los ítems solicitados.

Sin tiempo estimado.

¿DÓNDE SE REALIZA?

Departamento Integral del Medicamento

  • 25 de Mayo 139

  • Tel: 0343 - 4315145

  • Días y Horarios de Atención

    Lunes a Viernes

    08:00 a 12:00 hs

  • Costo: Gratuito.

  • TRÁMITE PERSONAL

Cinco Días
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