Condiciones edilicias para el desarrollo de actividades | Municipio de Bahía Blanca (Buenos Aires, Argentina)

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Asegurar que los inmuebles donde se desarrollan actividades comerciales en Bahía Blanca cumplan con las normas de seguridad, higiene y edificación para proteger a los trabajadores, clientes y vecinos.

¿Quién puede solicitarlo?

Toda persona física o jurídica que desee habilitar un comercio o actividad en un inmueble dentro del partido de Bahía Blanca.

Requisitos principales

  • Paredes de mampostería o materiales incombustibles.
  • Cielorrasos aprobados por el Código de Edificación.
  • Pisos en buenas condiciones de conservación e higiene.
  • Ventilación e iluminación adecuadas.
  • Instalaciones eléctricas reglamentarias.
  • Aislamiento acústico (en algunos casos).
  • Cumplir con normativas específicas según el rubro comercial.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la actividad.

Información adicional

Los requisitos varían según el tipo de actividad (venta de garrafas, pub, actividades deportivas, lavaderos de vehículos, etc.). Consultar las normativas específicas para cada rubro.

Resumen

Este trámite detalla las condiciones edilicias que deben cumplir los inmuebles para desarrollar diferentes actividades comerciales en Bahía Blanca. El objetivo es asegurar la seguridad, higiene y habitabilidad de los locales, protegiendo a empleados, clientes y vecinos.

Lo que necesitas

Los requisitos varían según el tipo de actividad a desarrollar. Algunos de los requisitos generales incluyen:

  • Paredes de mampostería o materiales incombustibles.
  • Cielorrasos aprobados por el Código de Edificación.
  • Pisos en buenas condiciones de conservación e higiene.
  • Ventilación e iluminación adecuadas.
  • Instalaciones eléctricas reglamentarias.
  • Aislamiento acústico (en algunos casos).
  • Cumplir con normativas específicas según el rubro comercial.

Costos y plazos: No especificados.

Cómo hacerlo

  1. Revisar los requisitos específicos: Identificar los requisitos edilicios correspondientes al tipo de actividad que se va a desarrollar.
  2. Asegurar el cumplimiento: Verificar que el inmueble cumpla con todos los requisitos establecidos.
  3. Gestionar la habilitación: Presentar la documentación requerida ante la autoridad competente para obtener la habilitación comercial.

Después de hacerlo

Una vez obtenida la habilitación, es importante mantener el inmueble en las condiciones exigidas por la normativa vigente.

Ayuda

Requisitos Específicos por Actividad

Requisitos generales para inmuebles (Ley 7315):

  • Paredes de mampostería con terminación que permita una fácil higienización.
  • Paredes divisorias de material incombustible.
  • Cielorrasos aprobados por el Código de Edificación.
  • Pisos de cualquier material aprobado por el Código de Edificación.
  • Puertas y ventanas que aseguren una aireación natural suficiente.
  • Puertas de vaivén o con apertura hacia afuera en lugares con afluencia de público.
  • Superficie de aberturas no inferior a la octava parte de la superficie del piso (hasta 100 m2) o a la décima parte (superficies mayores).
  • Renovación del aire tres veces por hora.
  • Iluminación natural o artificial adecuada.
  • Medidas para evitar la irrupción de insectos y roedores.
  • Vestuarios separados por sexo y baños para el personal.

Venta de garrafas:

  1. No más de 100 kg de gas en el lugar de venta.
  2. Autorización especial de la autoridad sanitaria.
  3. Depósitos no permitidos en sótanos o pisos bajos de edificios altos (excepto patios o galerías abiertas).
  4. Cumplimiento de las normas de la Secretaría de Energía de Nación.

Pub - Confitería bailable - Salón de fiestas - Cantinas:

  1. Instalación eléctrica reglamentaria con iluminación de emergencia.
  2. Dos fases independientes para servicios e iluminación, y para equipos de sonido.
  3. Informe técnico de instalaciones o estructura portante.
  4. Informe Técnico de Aislación Acústica.
  5. Sistema de renovación de humos y contaminantes.
  6. Línea telefónica y servicio de cobertura de Emergencias Médicas.
  7. Equipos de audio con ecualización y sistemas de atenuación automática del sonido.
  8. Ventilación forzada con renovación del cubaje adecuado.
  9. Accesos y salidas de emergencia independientes y señalizados.

Actividades deportivas (9493 y modificación 18.761):

  1. No podrá haber rebotes de pelotas contra medianeras de viviendas sin separación.
  2. Instalaciones sanitarias mínimas: dos artefactos sanitarios y un lavabo por sexo.
  3. Local para la Administración con espacio para una camilla.
  4. Buffet, cafetería o bar optativos, sin acceso directo desde la calle.
  5. Iluminación dirigida para no incidir en parcelas vecinas.

Lavaderos de vehículos (9925):

  1. Actividad no totalmente a cielo abierto.
  2. Playa de vehículos para al menos 4 vehículos.
  3. Playa de hormigón con canaleta de desagüe.
  4. Movimiento de vehículos dentro de la parcela.
  5. Certificación de aptitud acústica.
  6. Muros medianeros impermeabilizados.
  7. Instalaciones de tubería desvinculadas de muros separativos.
  8. Acceso y egreso vehicular identificados.
  9. Sala de espera (opcional) con baños individuales si supera las 10 personas.
  10. Elementos contra incendios.
  11. Instalaciones mecanizadas a distancia de muros medianeros.
  12. Eliminación de barros con conformidad del Departamento Saneamiento Ambiental.

Casita de fiestas (14072):

  1. Medios de salida con ancho mínimo según la cantidad de personas.
  2. Mínimo dos baños.
  3. Cocina con ventilación adecuada y equipo de frío.
  4. Cielorrasos no inflamables.
  5. Juegos metálicos amurados al piso.
  6. Escaleras con barandas y escalones antideslizantes.
  7. Ausencia de elementos de riesgo para niños.
  8. Equipos de sonido de uso familiar, no profesional.
  9. Línea telefónica fija y servicio de Emergencias Médicas.
  10. Cumplimiento del Control de Plagas.
  11. Protección mecánica en juegos inflables con moto turbina.
  12. Protección metálica en calefactores.
  13. Superficie cubierta máxima de 250 m2.

Cerveza tirada (18873 y 19095):

  1. Sala de sanitización para limpieza y desinfección de envases.
  2. Procedimiento operativo estandarizado de limpieza de envases (POES).

Panaderías (ley 13006):

  1. Cuadra de elaboración, depósito de harina, cámara de fermentación, baños y vestuarios.
  2. Lugar para carga y descarga interna (de 30 m2) y depósito de materias primas.
  3. Características edilicias, ambientales y de personal que aseguren la salubridad, seguridad e higiene.

Actividades o rubros comerciales normados por ordenanza específica

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