Ministerio del Interior de Argentina

  • Si sos extranjero y realizás tareas remuneradas o no, en el campo científico, profesional, técnico, religioso o artístico, obtené la residencia transitoria especial, por 1 mes prorrogable.

    ¿Qué necesito?

    • DNI, Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto. Original y vigente.
    • Partida de nacimiento y de matrimonio, según la causa de radicación pedida.
    • Certificado de antecedentes penales emitido por Registro Nacional de Reincidencia, para mayores de 16 años.
    • Certificado que acredite que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por a un plazo superior a 1 año, durante el transcurso de los últimos 3 años, para mayores de 16 años.
    • Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en migraciones al momento de la solicitud de residencia).
    • Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.
    • Certificado de domicilio o factura con un servicio a tu nombre (ABL, luz, agua o gas).
    • Nota de la que se desprendan los datos personales del mismo, el objeto y el plazo de su permanencia en el Territorio Nacional. En caso de encontrarse en el exterior, detallar el consulado de visado y si has tenido anteriores ingresos al país.

    Importante

    Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

    Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

    La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

    ¿Cómo hago?

    1

    Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

    2

    Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

    3

    El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
    Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

    4

    A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

    • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
    • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
    • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $3000.00

    Web del Tramite

  • Si sos extranjero y realizás negocios o gestiones comerciales o económicas, por cuenta, riesgo o capital propio o con una participación en empresas o personas jurídicas que realicen aquella actividad, o en representación de éstas o participás de exposiciones o ferias, obtené la residencia transitoria especial, por 2 meses prorrogables.

    ¿Qué necesito?

    • DNI, Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto. Original y vigente.
    • Partida de nacimiento y de matrimonio, según la causa de radicación pedida.
    • Certificado de antecedentes penales emitido por Registro Nacional de Reincidencia, para mayores de 16 años.
    • Certificado que acredite que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por a un plazo superior a 1 año, durante el transcurso de los últimos 3 años, para mayores de 16 años.
    • Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en migraciones al momento de la solicitud de residencia).
    • Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.
    • Certificado de domicilio o factura con un servicio a tu nombre (ABL, luz, agua o gas).
    • Nota donde figuren los datos personales del extranjero, las actividades que va a desarrollar en el territorio y el plazo de duración de las mismas.
    • Acreditar antecedentes de la actividad que realiza (referencias comerciales, actas constitutivas de las empresas, certificación de la existencia de la empresa, etc.).
    • Acreditar la inscripción en la feria o exposición a la que va a concurrir.

    Importante

    Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

    Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

    La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

    ¿Cómo hago?

    1

    Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

    2

    Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

    3

    El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
    Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

    4

    A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

    • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
    • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
    • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $3000.00

    Web del Tramite

  • Si sos extranjero y vas a trabajar en el país en la industria del cine, obtené la residencia transitoria, por el plazo de 1 año excepto que la duración de la tarea sea menor o prorrogable hasta finalizar las mismas.

    ¿Qué necesito?

    • DNI, Cédula de Identidad, Pasaporte o Certificado de Nacionalidad con foto. Original y vigente.
    • Partida de nacimiento y de matrimonio, según la causa de radicación pedida.
    • Certificado de antecedentes penales emitido por Registro Nacional de Reincidencia, para mayores de 16 años.
    • Certificado que acredite que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitidos por las autoridades competentes de los países donde haya residido por a un plazo superior a 1 año, durante el transcurso de los últimos 3 años, para mayores de 16 años.
    • Declaración Jurada de carencia de antecedentes penales en otros países, (será confeccionada en migraciones al momento de la solicitud de residencia).
    • Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.
    • Certificado de domicilio o factura con un servicio a tu nombre (ABL, luz, agua o gas).

    Importante

    Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

    Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

    La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

    ¿Cómo hago?

    1

    Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

    2

    Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

    3

    El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
    Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

    4

    A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

    • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
    • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
    • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $3000.00

    Web del Tramite

  • Residencia transitoria para las personas que deseen radicarse como pacientes bajo tratamiento médico.

    Entendiéndose por tales, a aquellos extranjeros con problemas de salud que demuestren la necesidad o conveniencia de ser atendidos en establecimientos sanitarios públicos o privados de la República Argentina.

    En caso de personas menores de edad, discapacitados o enfermos que por la importancia de su patología debieran permanecer con acompañantes, la autorización se otorgará haciéndose extensiva a los familiares directos, representante legal o curador.

    ¿A quién está dirigido?

    Personalmente.

    ¿Qué necesito?

    1.- Pasaporte vigente, en caso de ser oriundo de un país limítrofe puede presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.

    2.- Antecedentes penales argentinos.

    3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento tiene/debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del País emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.

    4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a su nombre.

    5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.

    6.- Historia Clínica donde conste la patología y el tratamiento médico a seguir.

    Menores:

    Cuando el tratamiento médico fuera practicado en menores de edad, discapacitados o enfermos que por la importancia de la patología debieran permanecer acompañados, y este acompañante fuera extranjero, la residencia se hará extensiva a los familiares directos, representante legal o curador, acompañando la documentación personal de éstos.

    Importante

    Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

    Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

    La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

    ¿Cómo hago?

    1

    Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

    2

    Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

    3

    El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
    Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

    4

    A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

    • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
    • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
    • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $3000.00

    Vigencia


    Se otorga una residencia transitoria por un plazo máximo de 1 año, prorrogable, con entradas y salidas múltiples.

    Web del Tramite

  • Residencia transitoria para las personas que deseen radicarse como pacientes bajo tratamiento médico.

    Entendiéndose por tales, a aquellos extranjeros con problemas de salud que demuestren la necesidad o conveniencia de ser atendidos en establecimientos sanitarios públicos o privados de la República Argentina.

    En caso de personas menores de edad, discapacitados o enfermos que por la importancia de su patología debieran permanecer con acompañantes, la autorización se otorgará haciéndose extensiva a los familiares directos, representante legal o curador.

    ¿A quién está dirigido?

    Personalmente.

    ¿Qué necesito?

    1.- Pasaporte vigente, en caso de ser oriundo de un país limítrofe puede presentar cédula vigente o certificado de nacionalidad con foto.

    2.- Antecedentes penales argentinos.

    3.- Antecedentes penales del país de origen. El Documento tiene/debe estar visado por autoridad consular argentina o con el apostillado de la Convención de La Haya o visado por autoridad consular del País emisor en la Argentina (solo válido para países del Mercosur y asociados). Exigible solo a extranjeros mayores de 16 años.

    4.- Certificado de domicilio o factura de servicio público a su nombre.

    5.- Sello de ingreso al país estampado en el documento de viaje o en la tarjeta migratoria.

    6.- Historia Clínica donde conste la patología y el tratamiento médico a seguir.

    Menores:

    Cuando el tratamiento médico fuera practicado en menores de edad, discapacitados o enfermos que por la importancia de la patología debieran permanecer acompañados, y este acompañante fuera extranjero, la residencia se hará extensiva a los familiares directos, representante legal o curador, acompañando la documentación personal de éstos.

    Importante

    Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya.

    Sin perjuicio de lo dispuesto en los acuerdos o convenciones internacionales vigentes, toda documentación expedida por las representaciones consulares en el territorio nacional, deberá contar con la legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto, excepto MERCOSUR.

    Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano efectuada por Traductor Público Nacional, Art. 6° Ley 20.305, y legalizada por el Colegio de Traductores.

    La documentación a presentar deberá ser original. La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada

    ¿Cómo hago?

    1

    Iniciá tu tramite a distancia ingresando en el sistema RaDEX

    2

    Tenes que adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de radicación que solicites.

    3

    El sistema te va a solicitar el pago. Lo podes realizar en efectivo o con tarjeta de crédito. Recordá que la acreditación del pago con tarjeta es inmediato, en cambio, en efectivo demorará cinco días hábiles.
    Tu trámite estará cerrado sólo si todas las tasas han sido abonadas.

    4

    A la brevedad te llegará por mail la cita para que concurras a la delegación correspondiente o bien la solicitud de documentación faltante o aclaratoria.

    • Las tramitaciones ante la Dirección Nacional de Migraciones son personales y sencillas, no se necesita la asistencia de un gestor.
    • Los únicos pagos que se deben efectuar son los que generará esta plataforma web.
    • Es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $6000.00

    Vigencia


    Se otorga una residencia transitoria por un plazo máximo de 1 año, prorrogable, con entradas y salidas múltiples.

    Web del Tramite

  • Artistas o deportistas contratados en razón de su especialidad por personas físicas o jurídicas que desarrollan actividades en el país.

    ¿A quién está dirigido?

    El REQUIRENTE: Debidamente inscripto en el Re.N.U.R.E.

    El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder suficiente, inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones

    ¿Qué necesito?

    DEL REQUIRENTE:

    • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).

    DEL APODERADO:

    • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
    • Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
    • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

    DEL INGRESANTE:

    1.- Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos de los ingresantes:

    • Nombres y Apellidos.
    • Fecha de Nacimiento.
    • Número de pasaporte.
    • País de nacimiento.
    • Nacionalidad.
    • Estado civil.
    • Profesión.
    • Nivel de estudios cursados.
    • País y ciudad donde reside.
    • Plazo de permanencia pretendido.
    • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).
    • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.
    • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).
    • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.
    • Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa el ingresante.
    • Si el ingresante visitó anteriormente la República indicar fecha y motivos.
    • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.

    2.- Se acreditará el carácter de deportista/artista mediante la agregación de carta de presentación, referencias o certificaciones emanadas de autoridades o asociaciones deportivas/culturales o artísticas que revistan esas características, constancias de cursos, estudios, presentaciones o referencias de otras personas que sean públicamente reconocidas.

    3.- Contrato de trabajo ofrecido, suscripto únicamente por el empleador ante escribano público, con cláusulas que suspendan su inicio hasta tanto el extranjero se encuentre migratoriamente habilitado para trabajar y también deberá constar en el mismo el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país

    2

    Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite

    3

    Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Ver cuadro tasas migratorias

    Vigencia


    El permiso de ingreso tiene una validez de 3 (tres) años, prorrogable.

  • Extranjeros que se dediquen a actividades científicas, técnicas, de investigación o de asesoría, que sean requeridos bajo contratación por entidades públicas o privadas para efectuar trabajos de su especialidad.
    De igual forma, directivos, técnicos y personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial, trasladados desde el exterior para cubrir cargos específicos en sus empresas y que devenguen honorarios o salarios en la República Argentina.

    ¿A quién está dirigido?

    El REQUIRENTE: Debidamente inscripto en el Re.N.U.R.E.

    El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder suficiente, inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones.

    ¿Qué necesito?

    DEL REQUIRENTE:

    • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).
    • Constancia de CUIT.
    • Constancia de Inscripción, y últimos 3 pagos de IVA, Ingresos Brutos y Ganancias (No deberá presentarlos en caso de tratarse de un gran contribuyente nacional en original y copia).

    DEL APODERADO:

    • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
    • Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
    • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

    DEL INGRESANTE:
    1.- Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos de los ingresantes:

    • Nombres y Apellidos.
    • Fecha de Nacimiento.
    • Número de pasaporte.
    • País de nacimiento.
    • Nacionalidad.
    • Estado civil.
    • Profesión.
    • Nivel de estudios cursados.
    • País y ciudad donde reside.
    • Plazo de permanencia pretendido.
    • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).
    • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.
    • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).
    • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.
    • Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa el ingresante.
    • Si el ingresante visitó anteriormente la República indicar fecha y motivos.
    • Copia completa y actualizada del pasaporte (válido y vigente del ingresante).

    2.- Si el extranjero fuera a ingresar con el fin de dedicarse a actividades científicas, técnicas, de investigación o de asesoría y fuera contratado por entidades públicas o privadas para realizar trabajos de su especialidad deberá acompañar:

    • Contrato de trabajo ofrecido, suscripto únicamente por el empleador ante escribano público, con cláusulas que suspendan su inicio hasta tanto el extranjero se encuentre migratoriamente habilitado para trabajar y también deberá constar en el mismo el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable.
    • Título de la especialidad alcanzada, con sus respectivas legalizaciones, y de corresponder, debe contar con traducción realizada por traductor público nacional y ser legalizada por el colegio de traductores correspondiente.
    • Curriculum Vitae del ingresante.

    3.- Si el extranjero fuera a ingresar como directivo, técnico o personal administrativo de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter comercial o industrial y fuera trasladado desde el exterior para cubrir cargos específicos en su empresa y que devenguen honorarios o salario a cobrar en la República Argentina deberá acompañar:

    • Nota de traslado y constancia que acredite el vínculo con la entidad empleadora. Deben contar con sus respectivas legalizaciones, y de corresponder, debe contar con traducción realizada por traductor público nacional y ser legalizada por el colegio de traductores correspondiente.

    Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder).

    ¿Cómo hago?

    1

    Debes presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que te corresponda según el domicilio del requirente.

    2

    Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite

    3

    Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Ver cuadro tasas migratorias

    Vigencia


    Residencia temporaria de hasta DOS (2) años.

  • Extranjeros nativos o naturalizados de un país ajeno al MERCOSUR que sean requeridos para ingresar al Territorio Nacional por estar inscripto como alumno regular en un establecimiento educativo público o privado perteneciente al sistema de enseñanza oficial, a fin de cursar estudios oficialmente reconocidos de nivel secundario, terciario, universitario o de postgrado.

    ¿A quién está dirigido?

    El REQUIRENTE: Entidad educativa debidamente inscripta en el Re.N.U.R.E.

    El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder suficiente, inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones.

    ¿Qué necesito?

    DEL REQUIRENTE:

    • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).

    DEL APODERADO:

    • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
    • Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
    • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

    DEL INGRESANTE:

    • Constancia de inscripción electrónica al curso pretendido suscripta por el responsable de la entidad educativa, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.
    • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
    • Programa de estudios a realizar.

    En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.

    Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder).

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país

    2

    Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite

    3

    Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Ver cuadro tasas migratorias

    Vigencia


    Residencia temporaria por un plazo de hasta UN (1) año.

  • BENEFICIARIOS: aquellos extranjeros que realicen una inversión en una actividad productiva, comercial o de servicios, de interés para el país, por un mínimo de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS ($1.500.000).

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes deseen ingresar al país como inversionistas.

    ¿Qué necesito?

    1.-Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos:
    a) Nombre / Apellido.
    b) Fecha de Nacimiento.
    c) Número de Pasaporte o Documento de Identidad.
    d) País de Nacimiento / Nacionalidad.
    e) Estado Civil.
    f) Profesión.
    g)Religión.
    h) País y Ciudad en el cual reside (país de origen).
    i) Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen).
    j) Domicilio donde residirán los extranjeros.
    k) Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).
    l) Plazo de permanencia solicitado.

    2.- Antecedentes comerciales o profesionales.

    3.- Proyecto de inversión, suscripto por el migrante, donde se explicite la actividad productiva, comercial ó de servicios que pretende desarrollar en el país, debiendo acreditar el origen y legalidad de los fondos, y su ingreso al país, por medio de instituciones bancarias o financieras autorizadas por el Banco Central de la República Argentina.

    Con la aprobación de la autoridad referenciada en el párrafo precedente, el Ministerio de Industria analizará el proyecto, plazo de ejecución y elaborará un dictamen no vinculante, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
    3.1.- Naturaleza de la inversión;
    3.2.- Viabilidad legal del proyecto;
    3.3.- Sustentabilidad económico-financiera del proyecto.

    El Ministerio de Industria podrá incorporar por resolución fundada nuevos parámetros para la evaluación. Asimismo, dictará las normas complementarias e interpretativas que resulten pertinentes.
    Recibidas las actuaciones, la Dirección Nacional de Migraciones otorgará la residencia temporaria, fijando un plazo para la concreción de la inversión que tendrá carácter perentorio.

    4.- Título de propiedad, títulos o valores o títulos de participación societaria, que acrediten la efectiva inversión del capital ingresado.

    5.- Fotocopia del pasaporte completo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Ver cuadro tasas migratorias

  • Extranjeros que sean ministros religiosos, seminaristas o personal religioso con dedicación exclusiva en iglesias, confesiones o comunidades religiosas reconocidas legalmente y también de quienes ingresen a fin de cursar estudios religiosos o teológicos en el país.

    ¿A quién está dirigido?

    El apoderado del Culto que debe estar inscripto en el Registro de Apoderados de la Dirección Nacional de Migraciones.

    ¿Qué necesito?

    DEL REQUIRENTE:

    • Constancia de Inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.). (original y copia).

    DEL APODERADO:

    • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
    • Credencial de Apoderado de Migraciones vigente (original y Copia).
    • DNI/C.I. vigente del apoderado (original y copia).

    DEL INGRESANTE:

    1.- Nota de solicitud detallando los motivos de la petición, conteniendo los siguientes datos de los ingresantes:

    • Nombres y Apellidos.
    • Fecha de Nacimiento.
    • Número de pasaporte.
    • País de nacimiento.
    • Nacionalidad.
    • Estado Civil.
    • Profesión.
    • Nivel de estudios cursados.
    • País y ciudad donde reside.
    • Plazo de permanencia pretendido.
    • Consulado donde visará su pasaporte (Consulado Argentino en el país de origen, o en donde resida legalmente).
    • Domicilio donde residirá el extranjero durante su estadía en nuestro país.
    • Detalle de las prestaciones que tomará a su cargo el solicitante (vivienda, viáticos, etc.).
    • Descripción de las tareas a desarrollar por el extranjero en el Territorio Nacional y su relación con la actividad de la firma requirente.
    • Actividad que desarrolla la empresa donde presta servicios el ingresante, indicando el nombre de la misma y cargo que ocupa el ingresante.
    • Si el ingresante visitó anteriormente la República indicar fecha y motivos.
    • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
    • Constancia emitida por el representante habilitado del culto, certificada por la Secretaria de Culto, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y culto, en donde se especifique la actividad o función a desarrollar en la república argentina, domicilio donde se desarrollará la tarea y si la entidad se hará cargo de su manutención y alojamiento.

    Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder)

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la nota de solicitud con documentación correcta y completa en la Dirección Nacional de Migraciones: Av. Antártida Argentina 1355 -CABA o en las Delegaciones de todo el país

    2

    Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrá seguir el estado de tu trámite

    3

    Una vez resuelto el trámite, debes presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarse del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Vigencia


    Residencia temporaria por un plazo de hasta TRES (3) años.

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