Trámites para construcción y modificación de buques, embarcaciones y artefactos navales.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Gestionar la construcción o modificación de buques, embarcaciones y artefactos navales ante la Prefectura Naval Argentina.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietario, Armador, Agente Marítimo, o apoderado con poder general o especial o autorización del propietario con firma certificada.

Requisitos principales

  • Presentar los elementos técnicos de juicio según las características de la embarcación.
  • El trámite debe ser realizado por el Propietario, Armador, Agente Marítimo, o apoderado con poder general o especial o autorización del propietario con firma certificada.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

24 horas

Información adicional

Todo trámite iniciado que permanezca inactivo por falta de documentación o notificación durante 180 días será archivado definitivamente.

Resumen

Este trámite permite gestionar la construcción o modificación de buques, embarcaciones y artefactos navales ante la Prefectura Naval Argentina. Es necesario presentar la documentación técnica requerida.

Quién puede usar este servicio:

  • El Propietario
  • Armador
  • Agente Marítimo
  • Apoderado con poder general o especial o autorización del propietario con firma certificada por escribano público.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario de Inicio de Trámite (FIT): Original. (Formulario FIT)
  • Encomienda profesional: Original (si aplica).
  • Elementos técnicos de juicio: Original.

Requisitos previos

  • Presentar los elementos técnicos de juicio en función de la gestión que se desee impulsar y las características de la embarcación a tratar.
  • Si la gestión requiere la intervención de un profesional matriculado, se debe agregar la respectiva encomienda profesional emitida por el Consejo Profesional de Ingeniería Naval.

Costes y plazos

  • Costo: Gratuito.
  • Plazo: El tiempo de inicio del trámite es de 24 horas, siempre que se presenten todos los elementos técnicos de juicio junto con el FIT.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentar el Formulario FIT y la documentación requerida ante la División Técnica Naval (Oficina 1.37) o en la dependencia de la Prefectura del interior del país más próxima al domicilio del solicitante.
  2. Cuándo realizarlo:
    • Construcciones: Cuando el solicitante lo considere oportuno, previo al inicio de la obra.
    • Incorporaciones: Cuando el buque reúna las condiciones técnico-administrativas acorde a la reglamentación vigente.

Información sobre cada etapa

  • El trámite depende de la Dirección Policía de Seguridad de la Navegación (Departamento Técnico de la Navegación).
  • Dónde realizarlo:

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Se inicia el trámite.

Plazos de resolución

  • El tiempo de inicio del trámite es de 24 horas, siempre que se presenten todos los elementos técnicos de juicio junto con el FIT.

Siguiente pasos

  • Seguir las indicaciones de la Prefectura Naval Argentina para completar el proceso.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales

Descargas

Vigencia

Todo trámite iniciado en el que se verifique una inmovilidad administrativa por falta de aporte de elementos técnicos de juicio o notificación por parte del solicitante durante un término de 180 días será enviado al archivo general en forma definitiva.


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