Solicitud de inscripción Realizador de Efectos Especiales

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir a una empresa que realiza efectos especiales y utiliza armas modificadas para disparar munición de fogueo en el registro de Realizador de Efectos Especiales ante la ANMaC.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas cuya actividad sea la realización de efectos especiales que requieran armas modificadas para disparar munición de fogueo.

Requisitos principales

  • La empresa debe dedicarse a la realización de efectos especiales.
  • Utilizar armas modificadas para disparar munición de fogueo.
  • Inscribirse en el rubro Realizador de Efectos Especiales ante ANMaC.
  • Cumplir con los requisitos de documentación y seguridad establecidos por ANMaC.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la presentación de la documentación y la verificación del material.

Resumen

Este trámite permite a las empresas dedicadas a la realización de efectos especiales inscribirse en el registro de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC) para poder utilizar armas modificadas que disparen munición de fogueo.

Quién puede usar este servicio

Empresas cuya actividad principal sea la realización de efectos especiales y que requieran el uso de armas modificadas para disparar munición de fogueo.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Nota de solicitud firmada por el titular o representante legal, certificada según la normativa vigente (Disp. 619/13).
  • Copia del contrato social o estatutos vigentes y sus modificaciones, debidamente inscriptos.
  • Instrumentos legales que acrediten la representación legal de la sociedad.
  • Designar un responsable técnico con credencial vigente de Legítimo Usuario Individual.
  • Acreditar la contratación de un seguro de responsabilidad civil.
  • Acreditar la inscripción de la empresa en la AFIP y el último pago realizado.
  • Comprobante de pago del arancel correspondiente (el mismo que se aplica a la inscripción o reinscripción de agencias de seguridad, transporte de caudales, entidades financieras y empresas, según la Disposición N° 1331/12).
  • Formularios Leyes 23.283 y 23.412 (se pueden adquirir en la Sede Central de ANMaC o en sus delegaciones).
  • Registrar todas las armas modificadas para disparar munición de fogueo, especificando su uso, tenencia y transferencia exclusivamente a Usuarios Colectivos inscriptos en el rubro “Realizador de Efectos Especiales”. El régimen aplicable es el de las armas de uso civil.

Costes

El costo del trámite es de $100000.00.

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Presentación de la documentación:
  2. Informe técnico del material:
    • Presentá el material ante ANMaC para que realicen un informe técnico. En este informe se definirán los recaudos necesarios para la inutilización del material, estableciendo como estándar mínimo el bloqueo del cañón y las modificaciones necesarias para que el arma solo dispare munición de fogueo.
  3. Verificación de la inutilización:
    • Una vez realizada la inutilización del material, presentalo nuevamente ante ANMaC para su verificación. Este mismo procedimiento de verificación es necesario en casos de transferencias.
  4. Retiro de la documentación:
    • Retirá la documentación emitida por ANMaC en la delegación donde iniciaste el trámite. También podés solicitar que te la envíen por correo.

Preguntas frecuentes

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.