Solicitud de habilitación de verificación exportación fuera de horario
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar la habilitación para realizar la verificación de exportación fuera del horario habitual, siempre que existan necesidades operativas y se cumplan las condiciones de seguridad.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas o empresas que necesiten realizar una verificación de exportación fuera del horario habitual.
Requisitos principales
- El solicitante debe estar inscrito, tener el material registrado y contar con depósitos habilitados y vigentes a su nombre para cualquier acto de exportación.
- Se considera “Fuera de Horario” a las verificaciones que inician o continúan entre las 17:30 hs y las 09:00 del día siguiente en días hábiles, así como los sábados, domingos y feriados.
Plazos
El pago del arancel puede realizarse el día hábil siguiente a la conclusión del acto de verificaci ón.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la programación de la verificación.
Información adicional
Si una verificación de exportación debe suspenderse por razones ajenas a la ANMaC (por ejemplo, retraso de más de una hora de un miembro de la comisión verificadora o demora en los transportes habilitados), se registrará en un acta de suspensión. El usuario deberá solicitar una nueva convocatoria de la comisión verificadora abonando nuevamente el arancel correspondiente a través de los Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 (Res. Nº 204/22), indicando en el campo “Observaciones” la solicitud de un nuevo turno de verificación. Este trámite se dirigirá a la Coordinación de Inspecciones para programar una nueva comisión.
Resumen
Este trámite permite solicitar la habilitación para realizar la verificación de exportación fuera del horario habitual. Esta opción está disponible cuando existen necesidades operativas y se cumplen las condiciones de seguridad, según lo supervisado por los funcionarios de la ANMaC.
¿Qué necesito?
- Este trámite se debe agregar a la Solicitud de Verificación de Exportación.
- Estampillas por un valor de $50.000 (Res. Nº 204/22). El pago de este arancel puede realizarse el día hábil siguiente a la conclusión de la verificación.
- Se considera “Fuera de Horario” a las verificaciones que inician o continúan entre las 17:30 hs y las 09:00 del día siguiente en días hábiles, así como los sábados, domingos y feriados.
Nota: Para todo acto de exportación, el solicitante debe estar inscrito, tener el material registrado y contar con depósitos habilitados y vigentes a su nombre.
Si una verificación de exportación debe suspenderse por razones ajenas a la ANMaC (por ejemplo, retraso de más de una hora de un miembro de la comisión verificadora o demora en los transportes habilitados), se registrará en un acta de suspensión. El usuario deberá solicitar una nueva convocatoria de la comisión verificadora abonando nuevamente el arancel correspondiente a través de los Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 (Res. Nº 204/22), indicando en el campo “Observaciones” la solicitud de un nuevo turno de verificación. Este trámite se dirigirá a la Coordinación de Inspecciones para programar una nueva comisión.
¿Cómo hago?
- Presentar la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.