Solicitud de aprobación del plan de gestión agua de lastre de buques

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener la aprobación del plan de gestión de agua de lastre para buques, asegurando el cumplimiento de las normativas ambientales.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios, armadores o agentes marítimos de buques.

Requisitos principales

  • Completar los datos del trámite en la plataforma TAD.
  • Presentar el formulario de solicitud de inspección en TAD.
  • Aportar la documentación requerida.

Plazos

El trámite tiene un plazo máximo de análisis de 30 días, sujeto al resultado del análisis de la documentación presentada.

Duración del trámite

30 días

Información adicional

El plan aprobado perderá validez si la documentación o el plan presentado sufren modificaciones. El trámite está sujeto al silencio administrativo positivo según el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, con un plazo de 60 días hábiles después de acreditar el cumplimiento de las condiciones.

Resumen

Este trámite te permite obtener la aprobación del plan de gestión de agua de lastre de tu buque. El agua de lastre es el agua que se carga en los barcos para mantener la estabilidad, pero puede transportar especies invasoras de un lugar a otro.

¿Quién puede usar este servicio?

  • Propietarios de buques
  • Armadores de buques
  • Agentes marítimos

Lo que necesitas

  • Datos del trámite completos en la plataforma TAD.
  • Formulario de solicitud de inspección completo en TAD.
  • Constancia de apoderamiento.
  • Plan de Gestión de Agua de Lastre.
  • Certificado de Matrícula.
  • Certificado de aprobación OMI de la planta de tratamiento.
  • Nota de solicitud de análisis con datos del buque y representante administrativo.
  • Documento que demuestre la puesta a punto de la planta de tratamiento.

Cómo hacerlo

  1. Ingresá a Trámites a Distancia y agregá los requisitos solicitados.
  2. Una vez enviado el trámite a distancia, será recepcionado por personal de la División Técnica Ambiental dependiente de la Dirección de Protección Ambiental quien te gestionará la solicitud.
  3. Cuando hayas iniciado el trámite se te notificará por la plataforma Tramites a Distancia (TAD) el resultado del análisis.

Información de contacto:

Edificio Guardacostas Avenida Eduardo Madero 235 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Piso 4 Oficina 4.37 Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs. Contacto: dpam-divtecambiental@prefecturanaval.gov.ar Tel. +54-11-4318-7400 - Interno 2447

Después de hacerlo

  • El trámite lleva un plazo máximo de análisis de 30 días, el cual está supeditado al resultado del análisis de la documentación presentada.
  • El plan aprobado perderá vigencia cuando la documentación y el plan presentados sufran una modificación.

Ayuda

Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días habiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

¿Cómo acceder a TAD?

Si nunca te registraste, consulta la guía: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?


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