Introducir definitivamente armas de fuego, componentes principales de armas y municiones

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite ingresar de forma permanente armas de fuego, sus componentes principales y/o municiones al país.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que deseen ingresar armas de fuego a Argentina de forma definitiva.

Requisitos principales

  • Ser Legítimo Usuario de armas de fuego con credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

<ul><li>Podés ingresar como máximo DOS (2) armas de fuego por año calendario.</li><li>Si las armas de fuego que son automáticas y/o armas comprendidas en las previsiones del Decreto N° 64/95 necesitás la previa y expresa autorización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.</li><li>Sólo podés ingresar munición del calibre del arma sobre la cual tenés tenencia autorizada o del arma que vayas a introducir. Podés ingresar como máximo MIL (1.000) municiones por año calendario.</li></ul>

Resumen

Este trámite te permite ingresar de manera definitiva al país armas de fuego, componentes y/o municiones.

¿A quién está dirigido?

A quienes vayan a introducir armas en nuestro país en forma definitiva.

¿Qué necesito?

  • Una nota que explique los motivos por los que solicitás la introducción definitiva (Disp. 883/11).
  • Ser Legítimo Usuario de armas de fuego con tu credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).
  • Presentar Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondiente por arma o por componente principal, detallando el tipo de material en cuestión.

Tené en cuenta...

  • Podés ingresar como máximo DOS (2) armas de fuego por año calendario.
  • Si las armas de fuego que son automáticas y/o armas comprendidas en las previsiones del Decreto N° 64/95 necesitás la previa y expresa autorización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  • Sólo podés ingresar munición del calibre del arma sobre la cual tenés tenencia autorizada o del arma que vayas a introducir. Podés ingresar como máximo MIL (1.000) municiones por año calendario.

¿Cómo hago?

Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.

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