Introducción definitiva de chaleco antibalas
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Este trámite permite a los legítimos usuarios de armas de fuego ingresar chalecos antibalas al país de manera definitiva.
¿Quién puede solicitarlo?
Legítimos usuarios de armas de fuego.
Requisitos principales
- Ser Legítimo Usuario de armas de fuego con credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).
- Se permite un máximo de un (1) chaleco antibalas por año calendario.
Plazos
Se permite un máximo de un (1) chaleco antibalas por año calendario.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
No especificado
Resumen
Este trámite permite a los usuarios legítimos de armas de fuego ingresar chalecos antibalas al país de manera definitiva. El trámite se realiza de forma presencial.
Lo que necesitas
- Una nota que explique los motivos por los que solicitás la introducción definitiva (Disp. 883/11).
- Ser Legítimo Usuario de armas de fuego con tu credencial vigente en la categoría correspondiente (Disp. 883/11).
- Presentar Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes detallando el tipo y nivel de protección del material a introducir.
Tené en cuenta
- Podés ingresar como máximo un (1) chaleco antibalas por año calendario
Cómo hacerlo
- Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.