Inscripción y habilitación como Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM)
Información Rápida
Objetivo
Inscribirse y habilitarse como Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM) ante la Prefectura Naval Argentina, cumpliendo con el Código PBIP.
¿Quién puede solicitarlo?
Personalmente en las dependencias jurisdiccionales de la Prefectura Naval Argentina (PNA).
Requisitos principales
- Presentar la documentación requerida en las dependencias de la Prefectura Naval Argentina.
Plazos
El trámite se completa en 30 días hábiles.
Duración del trámite
30 días hábiles.
Información adicional
Las habilitaciones tienen renovaciones anuales según lo indicado en los certificados.
Resumen
Este trámite permite la inscripción y habilitación como Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM) ante la Prefectura Naval Argentina.
¿Quién puede usar este servicio?
Cualquier persona que desee desempeñarse como Oficial de la Compañía para la Protección Marítima (OCPM).
A partir del 1º de julio de 2004 entró en vigor la aplicación del Código Internacional de Protección del Buque y las Instalaciones Portuarias (Código PBIP), que forma parte del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS74).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Disposición habilitante de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación.
- Fotografía 4x4 reciente, de frente, con fondo celeste y sin anteojos.
- Información sobre el grupo sanguíneo.
- Correo electrónico.
- Número de teléfono particular y celular (si posee).
Costes:
Consultar el "Cuadro Tarifario de Aranceles" según los valores establecidos en el Decreto 2756/75.
Plazos:
El trámite se completa en 30 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Reúne la documentación requerida.
- Dirígete a las Dependencias jurisdiccionales de todo el país o a la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación - Dirección de Policía Judicial, Protección Marítima y Puertos.
- Presenta la documentación y solicita la inscripción como OCPM.
Después de hacerlo
Una vez completado el trámite, se te extenderá la tarjeta identificatoria correspondiente.
Vigencia:
Las habilitaciones tienen renovaciones anuales según lo indicado en los certificados.
Silencio administrativo:
El silencio administrativo positivo se configura si transcurren 30 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones para la autorización, según el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549.




