Inscripción pequeños usuarios de nitrato de amonio
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas físicas y jurídicas adquirir hasta 20 kg mensuales de nitrato de amonio para proyectos de investigación, estándares de calidad o micro emprendimientos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas que requieran nitrato de amonio para proyectos de investigación, estándares de calidad o micro emprendimientos.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica.
- Utilizar el nitrato de amonio en proyectos de investigación, estándares de calidad o micro emprendimientos.
- No superar la adquisición de 20 kg de nitrato de amonio por mes.
Plazos
El Informe Mensual de Movimiento de Nitrato de Amonio debe ser remitido los primeros cinco días del mes siguiente al cierre de cada mes.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la presentación de la documentación.
Información adicional
Los pequeños usuarios de Nitrato de Amonio deben informar a la ANMaC mensualmente las operaciones de uso del producto a través del Informe Mensual de Movimiento de Nitrato de Amonio (Anexo II Disposición 140/07), remitido los primeros cinco días del mes siguiente.
Resumen
Este trámite permite la inscripción como pequeño usuario de nitrato de amonio ante la ANMaC. Si querés realizar una inscripción de un pequeño usuario de nitrato de amonio debés realizar este trámite ante ANMaC.
Todas las personas físicas y jurídicas que adquieran nitrato de amonio para ser utilizadas en proyectos de investigación, estándares de calidad o micro emprendimientos deberán inscribirse en este rubro. Las mismas podrán adquirir hasta veinte (20) Kilogramos por mes, no acumulativos, de esta sustancia.
Lo que necesitas
Para realizar este trámite, necesitás presentar la siguiente documentación:
- Nota de solicitud, especificando la petición que se efectúa, con indicación del o de los rubros en los que se solicita inscripción, documentación que se agrega, etc., con firma y aclaración del representante legal o titular de la empresa, debidamente certificada, con indicación según la Disp. 206/10, de:
- Denominación del producto
- Marca
- Fábrica
- País de origen
- Uso y aplicación
- Composición química
- Por ciento en peso de nitrato de amonio
- Tipo de embalaje
- Peso total / Peso neto
- Número de Naciones Unidas (ONU)
- Riesgo principal
- Cantidad solicitada (no podrá superar los 20 kg. /mes–no acumulativos)
- Descripción del proceso en el manejo del producto.
- Para acreditar existencia y legitimidad. Fotocopias debidamente certificadas de:
- En personas jurídicas: Contrato social o estatutos vigentes y sus modificaciones, con la constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio, la Inspección General de Justicia, el INAC, etc., según el caso. NOTA: El Objeto Social debe contemplar los rubros sobre la actividad cuya autorización se requiera. Instrumentos legales que acrediten la representación de la sociedad, actas de Asamblea y/o Directorio designando las autoridades vigentes, o poder notarial con facultades suficientes, etc.
- En personas físicas: Documento Nacional de Identidad del titular, con domicilio actualizado. Para el caso se podrá acreditar DNI-LE-LC, para ciudadano argentino, o CI (MERCOSUR) o pasaporte para extranjero.
- Constancia de Inscripción ante la AFIP/ DGI y de último pago actualizado.
- Documento Nacional de Identidad del representante legal, con domicilio actualizado (s ólo para personas jurídicas). Para el caso se podrá acreditar DNI-LE-LC, para ciudadano argentino, o CI (MERCOSUR) o pasaporte para extranjero.
- Certificado de Antecedentes penales del titular, apoderado y/o representante legal, original, otorgado por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente de MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.
- Ficha de Datos Técnicos (FDT) N° N1, suscripta por el representante legal o titular de la empresa, con firma debidamente certificada.
- Solicitud de Registro de Firmas y Sellos, a través de Formularios Leyes Tipo 07, a anexando estampilla por $10.000.
- Estampillas por un valor de $50.000 (Res. 204/22)-
- Hoja de seguridad del material (Material Safety data Sheet), la cual en el caso de estar en un idioma extranjero deberá acompañarse de la correspondiente traducción, suscripta por traductor público Nacional matriculado.
- Informe detallado del lugar que se utilizará para el depósito del producto (Art.6 del Dec. 306/07):
- Memoria descriptiva detallando las características del depósito, medidas de seguridad adoptadas, elementos contra incendios, etc.
- Croquis de ubicación de la instalación.
- Fotografías intervenidas por el representante legal de la firma que permitan visualizar el exterior e interior de la instalación.
- Cartelería de seguridad y advertencia.
- En el caso de laboratorios o centros de investigación que tengan la necesidad de Importar productos con contenido de nitrato de amonio, deberán además inscribirse como Importadores y solicitar el Registro del Producto correspondiente según las normativas vigentes.
- Los pequeños usuarios de Nitrato de Amonio deben informar la ANMaC mensualmente las operaciones de uso del producto. Esto se efectúa a través de: Informe Mensual de Movimiento de Nitrato de Amonio ( Anexo II Disposición 140/07), las cuales deberán ser remitidas por el Usuario de Nitrato de Amonio los primeros cinco (5) días del mes siguiente al cierre de cada mes.
Cómo hacerlo
- Presentá la documentación completa en el Centro de Atención de ANMaC que prefieras.
Descargas
- Ficha de Datos Técnicos (FDT) N 1 Anexo II Disp. 206/10) (111.9 Kb) Descargar archivo
- Ficha de Datos Técnicos (FDT) N 1 Anexo (Disp. 140/07) (41.8 Kb) Descargar archivo