Inscribir en la matrícula nacional buques o artefactos navales diez o más TAB que hayan pertenecido a matrícula extranjera
Información Rápida
Objetivo
Inscribir en la Matrícula Nacional aquellos buques o artefactos navales con diez (10) o más toneladas de arqueo bruto que previamente estuvieron registrados en una matrícula extranjera.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de buques y embarcaciones que cumplan con los requisitos.
Requisitos principales
- El buque debe tener diez (10) o más toneladas de arqueo bruto.
- El buque debe haber estado previamente registrado en una matrícula extranjera.
- El propietario debe estar domiciliado en el país (o la mayoría de los copropietarios si es una copropiedad).
Duración del trámite
30 días hábiles
Resumen
Este trámite permite inscribir en la Matrícula Nacional aquellos buques o artefactos navales que tengan diez (10) o más toneladas de arqueo bruto y que previamente hayan estado registrados bajo una bandera extranjera.
Quién puede usar este servicio
Propietarios de buques y embarcaciones que cumplan con los requisitos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Constancia de verificación u homologación del buque emitida por la Prefectura.
- Autorización de incorporación en la Matrícula Nacional de buques de transporte o pesqueros (artículo 56 de la Ley Nº 20.094).
- Pasavante de navegación otorgado por el Cónsul Argentino del país de origen del buque (si corresponde).
- Contrato de compra-venta del buque (traducido y legalizado).
- Cese de bandera apostillado o legalizado (traducido y legalizado si está en otro idioma).
- Justificación del origen de los fondos si el valor de compra supera los 180 salarios mínimos vitales y móviles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Presentar el formulario de inscripción de buques en la Matrícula Mercante Nacional (Anexo Nº 8 de la Ordenanza N° 9/02 DPSN).
- Acreditar domicilio en el país con DNI o constancia de residencia permanente.
- Designar un escribano para autorizar la escritura de matrícula, indicando sus datos.
- Iniciar el trámite en la dependencia de la Prefectura Naval Argentina correspondiente al lugar de amarre del buque, domicilio del propietario o en el Registro Nacional de Buques.
Tiempos de espera
El trámite puede demorar hasta 30 días hábiles.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez aprobado, el buque quedará inscripto en la Matrícula Nacional.
Plazos de resolución
El Registro Nacional de Buques tiene 30 días hábiles (Ley 19.170) para resolver el trámite.
Ayuda
Costo
Los buques de 2 o más Toneladas de Arqueo Bruto, mercantes o deportivos, abonan el 1 por mil del valor de compra con un arancel mínimo vigente a la fecha de presentación del trámite ($6.550). Consultar “Cuadro tarifario de aranceles” acorde valores establecidos Decreto 1528/07.
Silencio administrativo
Este trámite se rige por el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, lo que significa que si transcurren 30 días hábiles después de haber cumplido con todos los requisitos y no recibes una respuesta, se considera que la solicitud ha sido aprobada.