Inscribir en la matrícula nacional buques o artefactos navales de diez o más TAB construidos en el país.
Información Rápida
Objetivo
Inscribir en la Matrícula Nacional aquellos buques o artefactos navales con diez (10) o más toneladas de arqueo bruto que hayan sido construidos en el país.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de buques y embarcaciones construidos en el país.
Requisitos principales
- Ser propietario de un buque o artefacto naval de diez (10) o más toneladas de arqueo bruto construido en el país.
Plazos
El Registro Nacional de Buques tiene 30 días hábiles (<a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/63207/norma.htm">Ley 19.170</a>) para contestar desde que el trámite ingresa al organismo.
Duración del trámite
30 días hábiles
Información adicional
El silencio administrativo positivo se configura a los 60 días hábiles de acreditado el cumplimiento de las condiciones.
Resumen
Este trámite permite inscribir en la Matrícula Nacional aquellos buques o artefactos navales con diez (10) o más toneladas de arqueo bruto (1ra y 3ra agrupación) que hayan sido construidos en el país.
Quién puede usar este servicio
Propietarios de buques y embarcaciones.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Certificación del constructor con información del buque, contrato de construcción (si aplica) e hipoteca (si aplica). La firma del certificador debe estar autenticada por escribano público.
- Certificación de la División Técnica Naval (Departamento Técnico de la Navegación) con las características generales del buque y su aptitud para la navegación.
- Factura de compra del buque (si fue construido para la venta) y del motor (si se adquirió por separado), indicando el número de despacho a plaza si es importado.
- Autorización de incorporación en la Matrícula Nacional si es buque de transporte o pesquero (artículo 56 de la Ley Nº 20.094 – Ley de la Navegación).
- Justificación del origen de los fondos si el valor de compra supera los 180 salarios mínimos, vitales y móviles, mediante certificación de contador público matriculado.
Cómo hacerlo
- Completar el formulario de inscripción de buques en la Matrícula Mercante Nacional (Anexo Nº 8 de la Ordenanza N° 9/02 DPSN).
- Acreditar domicilio en el país con DNI o constancia de la Dirección Nacional de Migraciones.
- Designar un escribano para autorizar la escritura de matrícula, indicando número de registro, jurisdicción y domicilio.
- Presentar la solicitud en la Dependencia de la Prefectura Naval Argentina correspondiente al lugar de amarre del buque, domicilio del propietario o en el Registro Nacional de Buques.
Importante: No se aceptarán expedientes con documentación faltante.
Después de hacerlo
El Registro Nacional de Buques tiene 30 días hábiles (Ley 19.170) para contestar desde que el trámite ingresa al organismo. La respuesta se envía a la dirección de correo electrónico informada por el propietario.
Ayuda
Costo
El arancel es del 1 por mil del valor de compra, con un mínimo de $ 6.550 (valor a la fecha de presentación del trámite). Consultar el “Cuadro tarifario de aranceles” acorde valores establecidos Decreto 1528/07.
Silencio administrativo
Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días habiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.