Ministerio de Salud

  • Las Obras Sociales Nacionales alcanzadas deberán remitir la información de los procesos judiciales en los que intervengan en calidad de parte demandada, con motivo de las obligaciones prestacionales y de cobertura vinculadas a sus usuarios. Resolución Nº 409/2016 - SSSalud

    La información cargada en el registro tiene como objeto asegurar el cumplimiento de las políticas del área para la promoción, preservación y recuperación de la salud de la población, afianzando el equilibrio entre usuarios, prestadores y financiadores, en condiciones de libre competencia, transparencia, eficiencia económica y equidad social, como también analizar los niveles, motivos de litigiosidad y eventualmente, contribuir a reducir la judicialización de la salud.

    ¿A quién está dirigido?

    A las Obras Sociales Nacionales enmarcadas en la Ley N° 23.660 y Ley N° 23.661.

    ¿Qué necesito?

    Contar con los datos que se cargarán en el Registro.

    • autos
    • expediente judicial
    • año de inicio
    • radicación
    • objeto del planteo
    • reclamo administrativo
    • medida cautelar
    • estimación del costo de la prestación reclamada
    • medico prescriptor
    • estado procesal (en trámite o concluido)
    • abogado del actor

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresar a la aplicación mediante el usuario y clave de acceso.

    • En caso de no poseerlos deberá gestionar los mismos a través del Registro de Usuarios.
    • En caso de no tener acceso con su usuario web, solicitar el permiso a mesa_ayuda@sssalud.gob.ar (Se podrán realizar consultas técnicas e informáticas sobre la aplicación en la mesa de ayuda de la Superintendencia, comunicándose al 4344-2800 Internos 2783/2962 en el horario de 10:00 a 16:00 hs)

    2

    Cargar los datos de los Juicios de Amparos.
    En el Manual del Usuario "se detalla claramente la forma en que debe realizar la carga". Dicha carga deberá mantenerse actualizada.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Completar formulario

  • La autorización de ingreso de alimentos para propósitos médicos específicos de uso compasivo importados requiere cumplir con una serie de requisitos y documentación.

    ¿Qué son los alimentos para propósitos médicos específicos?

    Son preparados alimentarios especiales que aportan total o parcialmente los nutrientes necesarios a pacientes que, por su situación particular, no pueden incorporarlos por medio de una dieta convencional .
    Deben ser recetados por el médico y usarse bajo su supervisión.

    ¿A quién está dirigido?

    A pacientes a quienes su médico les prescribió un alimento para propósitos médicos específicos de uso compasivo y debe ser importado porque no se comercializa en el país.

    Requisitos

    ¿Qué necesito?

    Copia de factura.

    Receta médica firmada y sellada por médico matriculado que prescriba el producto que vas a ingresar, el nombre del paciente, el diagnóstico y la cantidad solicitada, con no más de 30 días de emisión.

    Conocimiento de embarque / carta de porte / guía aérea.

    Podés hacernos consultas en persona en Estados Unidos 25, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ventanilla de Libre Circulación, martes y jueves de 10 a 13 horas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Sistema de Pago Electrónico de ANMAT y aboná el trámite “Constancia de alimentos para propósitos médicos específicos de uso compasivo” (cód. 4176).

    2

    Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia con tu clave fiscal para acceder al trámite "Libre circulación de alimentos para propósitos médicos específicos de uso compasivo".

    3

    Completá el formulario y adjuntá la documentación y el comprobante del pago de arancel.

    4

    Vas a recibir una notificación por TAD con la autorización.

    Si tenés que subsanar la información que presentaste o un documento, van a notificarte los cambios que debés introducir en tu pedido de autorización.

    5

    Pasá a retirar tu envío con la autorización y la documentación que te pide el ente u organismo que recibió el producto.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $650.00

    El importe del arancel es único cualquiera sea el producto, pero tené en cuenta que el arancel es por trámite, independientemente del número de productos a ingresar.

    Web del Tramite

  • Si querés ingresar al país un alimento o un suplemento dietario para tu consumo exclusivo, tenés que gestionar una autorización ante la ANMAT.

    La autorización queda supeditada a determinados requerimientos, como su composición o la cantidad de envases que querés ingresar.

    Está prohibido que vendas en el país el producto que ingresás.

    ¿A quién está dirigido?

    Requisitos

    ¿Qué necesito?

    Copia de factura.

    Conocimiento de embarque / carta de porte / guía aérea.

    Detalle completo de la composición de ingredientes tal cual consta en el rótulo del envase del/los producto/s a importar.

    Podés hacernos consultas en persona en Estados Unidos 25, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ventanilla de Libre Circulación, martes y jueves de 10 a 13 horas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia con tu clave fiscal para acceder al trámite "Libre circulación de alimentos para uso personal".

    2

    Completá el formulario y adjuntá la documentación solicitada.

    3

    Vas a recibir una notificación por TAD con la autorización.

    Si tenés que subsanar la información que presentaste o un documento, van a notificarte los cambios que debés introducir en tu pedido de autorización.

    4

    Pasá a retirar tu envío con la autorización y la documentación que te pide el ente u organismo que recibió el producto.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • ¿Qué es el uso compasivo de productos médicos?

    Es el uso de un producto médico para tratar una enfermedad que compromete la vida de un paciente o su calidad de vida y:

    • el paciente no responde a los tratamientos convencionales, o
    • no existe en nuestro país un tratamiento convencional.

    ¿A quién está dirigido?

    Requisitos

    Estar adherido al servicio Trámites a Distancia.

    ¿Qué necesito?

    Historia del dispositivo (autorizaciones certificadas en otros países expedidas por autoridad competente y con la legalización diplomática correspondiente; ensayos clínicos en desarrollo).

    Ensayo clínico para la indicación que se propone.

    Copia de texto completo de al menos una publicación de un estudio clínico relativo a la seguridad y eficacia del producto, en periódicos que se hallen incluidos en el Index Medicus publicado por la National Library of Medicine de los Estados Unidos de Norteamérica, las que en caso de no estar redactadas en idioma castellano o inglés, deberán acompañarse de la correspondiente traducción.

    Cuando corresponda, declaración jurada del fabricante, de que el producto médico continúa, al momento de la solicitud, bajo investigación en al menos un ensayo clínico controlado, y de que ha completado los ensayos preclínicos correspondientes, con estimación de seguridad, eficacia y eventos adversos potenciales, y al menos un ensayo clínico para la indicación terapéutica propuesta.

    Informe de los antecedentes clínicos del paciente.

    Justificación del riesgo beneficio del uso del producto, firmada por el médico tratante y avalada por el comité de ética.

    Consentimiento informado firmado por el paciente o su representante legal en caso de incapacidad.

    La documentación debe estar firmada y sellada en todas sus fojas por el médico responsable.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma Trámites a Distancia con tu clave fiscal para acceder al trámite "Importación de productos médicos por uso compasivo".

    2

    Completá el formulario en línea y adjuntá la documentación.

    3

    Vas a recibir una notificación por TAD con la autorización.

    Si tenés que subsanar la información que presentaste o un documento, van a notificarte los cambios que debés introducir en tu pedido de autorización.

    4

    Pasá a retirar tu envío con la autorización y la documentación que te pide el ente u organismo que recibió el producto.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • La inscripción en este programa nacional que es la ampliación del Plan Nacer, te asegura la atención y el cuidado de la salud, brindando diferentes prestaciones a embarazadas y niños de 0 a 6 años, niños de 6 a 9 años, adolescentes de 10 a 19 años y mujeres y hombres de 20 a 64 años.

    ¿A quién está dirigido?

    A las personas que no tienen obra social ni prepaga.

    ¿Qué necesito?

    Documento Nacional de Identidad (DNI).

    Formulario Único de Inscripción.

    ¿Cómo hago?

    1

    Concurrí al centro de salud más cercano a tu domicilio y completá el Formulario único de inscripción.

    ¿Tenés alguna duda?


    Podés comunicarte con la línea gratuita de información del Programa SUMAR: 0800-222-7100, o podés dirigirte a las Unidades de Gestión Provincial del Programa SUMAR.

    Para mayor información consultá el sitio web del Programa SUMAR.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Descargar Documento

  • Inscribite como donante voluntario de células progenitoras hematopoyéticas (CPH), conocidas como células de la médula ósea.

    Para realizarlo, tenés que donar sangre normalmente en un centro asociado al Registro (no es necesario que estés en ayunas).

    De esa sangre se extrae una pequeña muestra que se analiza genéticamente. El resto de la sangre se utiliza en pacientes que la necesitan para tratamientos y cirugías.

    Los datos genéticos ingresan a la base de datos y quedan a disposición para ser comparados con los de los pacientes que necesitan un trasplante.

    ¿A quién está dirigido?

    A todas las personas de 18 a 55 años.

    ¿Qué necesito?

    Documento Nacional de Identidad, Cédula de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Pasaporte.

    Gozar de buena salud, pesar más de 50 kilos y no tener antecedentes de enfermedades cardíacas, hepáticas o infectocontagiosas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Concurrir al centro de donantes.

    2

    Completar la ficha de inscripción y firmar el consentimiento.

    Para realizar este paso recibirás asesoramiento por parte del personal técnico.

    3

    Donar una unidad de sangre.

    4

    Descargá la aplicación de Mi Argentina, creá tu cuenta y validá tu identidad para acceder a tu credencial de donante de médula ósea en versión digital.

    Importante:

    La inscripción en el Registro es un acto voluntario, por lo tanto todo donante de CPH puede cambiar su decisión cuando lo desee, comunicándose con el Registro para su remoción.

    Quienes se inscriben como donantes voluntarios pueden corroborar su ingreso a la base de datos informatizada ingresando al portal de trámites Mi Argentina desde donde podrán también acceder a su credencial en versión digital.

  • Si el médico te prescribió cannabis o alguno de sus derivados para tratarte epilepsia refractaria u otra enfermedad sobre la base de evidencia científica existente, podes solicitar tu inscripción en el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (RECANN).

    En caso de aprobarla, el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados y Tratamientos No Convencionales coordina la posible inclusión en un protocolo de investigación desde el cual se suministrará la entrega del producto.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes su médico, sobre la base de las evidencias científicas existentes, les prescribe como tratamiento el uso de cannabis y sus derivados.

    ¿Qué necesito?

    Receta oficial para prescripción de estupefacientes por triplicado (la hace tu médico).

    ¿Cómo hago?

    1

    Descargá el formulario de solicitud de inscripción en el RECANN.

    2

    Imprimí el formulario y completá toda la información requerida:

    • datos del paciente;
    • domicilio que constituye;
    • resumen de historia clínica;
    • diagnóstico y patologías asociadas conforme con la clasificación CIE-10.

    3

    Hacé firmar el formulario por tu médico y firmalo vos en tu carácter de paciente o de familiar, tutor, encargado o responsable legal.

    4

    Presentá el formulario y la receta oficial para prescripción de estupefacientes en alguno de los siguientes institutos o delegaciones del ANMAT.
    Podés hacerlo en persona o enviarlos por correo postal.

    • Instituto Nacional de Medicamentos (INAME)
      Av. Caseros 2161, Primer Piso, Comercio Exterior - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP C1264AAB) - Teléfono: 4340-0800 internos 2815/2829 - Horario: 9:30 a 12:30 h.
    • Delegación ANMAT Mendoza
      Remedios de Escalada de San Martín 1909, Ciudad de Mendoza - Provincia de Mendoza
    • Delegación ANMAT Córdoba
      Obispo Trejo 635, Ciudad de Córdoba - CP X5000IYM - Provincia de Córdoba.
    • Delegación INAL Posadas
      Roque González 1137 | Posadas | CP N3300MCR | Provincia de Misiones.
    • Delegación INAL Santa Fe
      Eva Perón 2456, Ciudad de Santa Fe (S3000BVJ) - Provincia de Santa Fe.

    5

    La ANMAT te enviará al correo electrónico que declaraste en el formulario la confirmación de la iniciación del trámite y te informará si la documentación está completa u observada.
    La notificación de documentación completa no implica inscripción en el Registro.
    Si tu presentación es observada, se te pedirá que hagas las correcciones necesarias o envíes la documentación faltante.

    6

    Una vez que la documentación esté completa, ANMAT la va a enviar al Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus Derivados y Tratamientos No Convencionales, que aprueba o no tu solicitud.
    El Programa puede pedirte más documentación, informes o estudios complementarios.

    Si necesitás consultarnos sobre el programa, podés escribirnos al correo electrónico programacannabis@msal.gov.ar.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Fomentamos la formación y actualización continua de los equipos de salud en materia de salud mental y discapacidad intelectual, mediante la oferta de diversas actividades formativas dirigidas tanto al personal de la institución como a profesionales y estudiantes de grado de otras instituciones.

    ¿Qué necesito?

    Ser estudiante de grado o profesional de las distintas áreas afines al campo de la Salud Mental.

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá información a docencia@cmdo.gov.ar o llamá al 02323-49-3380 al 87 interno 310

    2

    Acercate a Padre Criado Alonso, Torres, Lujan

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Dentro de este trámite podrás solicitar la inscripción de la especialidad médica en el Ministerio de Salud de la Nación para poder anunciarte como tal; el duplicado del mismo, o bien el trámite de "certificado para España" para ser presentado ante las autoridades de la Subdirección de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad y Política Social de España.

    Importante:

    A raíz del cambio de transición no se están inscribiendo especialidades.

    Importante:

    A partir del 01/08/2019 solo se aceptarán los trámites por TAD. No iniciar el trámite desde un dispositivo móvil.

    Importante

    Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.

    ¿A quién está dirigido?

    El Profesional interesado (médico, odontólogo y Lic. en enfermería).

    Opciones:
    a. Inscripción de Especialista
    b. Solicitud de duplicado de Certificado de Especialista.
    c. Certificado para España.

    ¿Qué necesito?

    Abonar el arancel al finalizar la carga en TAD.

    Inscripción de Especialistas

    • Completá la solicitud online en TAD. Aquí se te otorgara un N° de expediente con el cual haremos el trámite
    • Matrícula Nacional al día, en el caso de no encontrarse vigente deberás re matricularte.
    • Título o Diploma de la Especialidad que va a inscribir. Debe estar legalizado según se indica en el apartado Legalizaciones
    Legalizaciones:
    • a) Títulos Universitarios: Ministerio de Educación de la Nación. En el caso de que el título sea anterior al año 2012, debe ser legalizado en el Ministerio del Interior (Alem 150, CABA).
    • b) Entidades Científicas y/o Asociaciones: Las instituciones que expidan los Certificados, deberán certificar las firmas de las autoridades que los rubrican en el reverso del mismo, haciendo constar “que las firmas que anteceden son auténticas” (firma, fecha y sello), como así también Número y fecha de la Resolución o Disposición del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION de que las autoriza a expedirlos. Debe estar rectificadas cada 5 años.
    • c) Residencias: Ver Certificados de Residencias
    • d) Colegios de Provincia: Deberán estar inscriptos en el SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION SANITARIA ARGENTINO (SISA) y estar recertificados cada 5 años. Traer original y recertificación.

    Solicitud de duplicado de certificado de especialista

    • Denuncia de robo o extravío
    • Matrícula Nacional al día, en el caso de no encontrarse vigente deberá re matricularse.

    Certificado para España

    • Matrícula Nacional al día, en el caso de no encontrarse vigente deberá re matricularse.

    Apoderamiento

    Solo podrán acceder a realizar el trámite por Poder ante Escribano Público, aquellos profesionales que acrediten en forma debidamente documentada las siguientes situaciones:

    a. Enfermedad o Accidente de largo tratamiento

    b. Residencia fuera del país.

    c. Residencia en el interior del país.

    Para ello deberán incorporar el expediente

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al TAD con número de CUIT y clave fiscal, seleccioná el trámite "Sin examen" y seguí los pasos allí indicados.

    2

    El Área de Especialistas revisará la documentación y en caso de ser correcta, el solicitante recibirá una notificación vía TAD en MIS NOTIFICACIONES para solicitar un TURNO para presentarse con la documentación en Original.

    3

    Entrá en Mi Argentina o creá tu cuenta y sacá turno según se detallan a continuación.

    Pedir Turno para Inscripción de Especialidades

    Pedir Turno para Duplicado

    Importante:

    Para solicitar duplicados y certificados para España, NO es necesario sacar turno. Una vez recibida la correspondiente notificación de AFIP en TAD ("Mis notificaciones"), podés pasar a retirar el documento solicitado.

    Los profesionales que se presenten en el Ministerio sin haber recibido la confirmación en MI ARGENTINA para solicitar turno NO SERÁN ATENDIDOS.

    Por consultas comunicate a:

    • teléfono: 011 4379-9000 int. 4733\4620, lunes a viernes de 9 a 12.30 horas.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $600.00

    El pago impacta dentro de las 72 horas hábiles.

    Estos tiempos no pueden ser acelerados porque son los tiempos que demoran los procesadores de pagos en transferirnos el dinero a nuestras cuentas. Automáticamente, cuando impacte el pago, se genera el expediente del trámite solicitado.

    Iniciar trámite en TAD

  • Es el trámite por el cual se realiza la inscripción al registro de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada (HPGD) para poder realizar la facturación a las obras sociales nacionales, de acuerdo al Nomenclador Nacional.

    ¿A quién está dirigido?

    A todas las autoridades sanitarias nacionales, provinciales y/o municipales y los responsables de los establecimientos asistenciales.

    ¿Qué necesito?

    1- Verificá la inscripción del establecimiento en Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES)

    2- Constancia REFES, ficha del establecimiento

    3- Nota de solicitud de inscripción

    Tené en cuenta la dependencia del establecimiento a la hora de enviar la nota de solicitud para la inscripción:

    • DEPENDENCIA PROVINCIAL: firmada por el Ministro de Salud.
    • DEPENDENCIA MUNICIPAL: firmada por el Intendente o el Secretario de Salud.
    • DEPENDENCIA COMUNAL: firmada por el Presidente de la Comuna.

    Descargá el Formulario de inscripción

    4- Completá las grillas de habilitación categorizante según corresponda, firmadas cada una por la autoridad competente:

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación de forma presencial o por correo postal a:

    Dirección Nacional de Calidad en Servicios de Salud y Regulación Sanitaria, Dra. Mariela BARANI Av. 9 de Julio 1925 piso 7º (C1073ABA), de lunes a viernes de 8 a 14hs.

    Por consultas comunicate a:

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 3 meses

    Una vez presentada la documentación completa, el trámite tarda aproximadamente 3 (tres) meses. Cuando la Resolución esté disponible, se te enviará una notificación del alta del establecimiento en el registro desde la Dirección Nacional de Calidad en Servicios de Salud y Regulación Sanitaria, al mail consignado en la documentación.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.