Ministerio de Salud

  • Destinado a todas las Obras Sociales y Proveedores que reciban pagos por parte de esta Superintendencia.

    • Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
    • Disposición Conjunta N° 09/15 C.G.N. y N° 36/15 T.G.N.

    Consiste en declarar datos bancarios e impositivos para acceder al cobro de la facturación presentada en el caso de Proveedores o de Reintegros en el caso de Obras Sociales.

    ¿A quién está dirigido?

    A Obras Sociales Nacionales inscriptas y Proveedores en la Superintendencia de Servicios de Salud.

    ¿Qué necesito?

    Formulario 1 – Autorización de Acreditación de Pagos

    Formulario 2 - Declaración de Datos Complementarios

    ¿Cómo hago?

    1

    Completar los formularios

    2

    Certificar el Formulario 1 por el Banco en donde se posee la cuenta.

    3

    Digitalizar los formularios

    4

    Remitir la documentación por una de las siguientes alternativas:

    • Ingresar la documentación por Tramites A Distancia TAD.

    • o Presentar la documentación en Mesa de Entrada - Sede Central: Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    • o Presentar la documentación en la Delegaciones más próxima al domicilio de la Obra Social.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Las Obras Sociales Nacionales están obligadas a presentar ante la Superintendencia de Servicios de Salud las autoridades electas para cada período de mandato, a fin del reconocimiento de las mismas. Ley Nº 23.660 - Ley Nº 23.661 - Decreto 576/93.

    El trámite se inicia a través del envío de la documentación requerida. Una vez analizada, y encontrándose cumplidos todos los recaudos normativos, el Registro Nacional de Obras Sociales -RNOS- extiende el certificado de autoridades correspondiente.

    ¿A quién está dirigido?

    A las Obras Sociales Nacionales inscriptas en la Superintendencia de Servicios de Salud.

    ¿Qué necesito?

    Copia certificada (y, de corresponder, legalizada) del acta donde conste la designación de los integrantes de los órganos de dirección y de fiscalización llevado a cabo por el órgano/entidad facultado para ello conforme estatuto de cada obra social.
    El acta deberá encontrarse volcada en el libro de actas pertinente.

    Copia certificada (y, de corresponder, legalizada) del acta de 1ra. reunión/asunción de las nuevas autoridades.
    El acta deberá encontrarse volcada en el libro de actas pertinente.

    Constancias personales de cada una de las nuevas autoridades, exigidas por el art. 13 del Decreto 576/93-PEN y el art. 13 de la Ley Nº 23.660:

    • Acreditación del domicilio real.
    • Certificado negativo de inhibición general de bienes expedido por el Registro de la Propiedad con jurisdicción en el domicilio del interesado.
    • Certificado negativo del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
    • Declaración jurada detallando los bienes que componen su patrimonio a la fecha de presentación, en sobre cerrado, firmado e individualizado.

    Certificado de autoridades gremiales, vigente, emitido por el Ministerio de Producción y Trabajo (este requisito debe debe cumplimentarse en caso de tratarse de una Obra Social de naturaleza sindical)

    ¿Cómo hago?

    1

    Completar Formulario TAD e Ingresar la documentación pertinente.

    En esta alternativa el trámite requerirá la remisión de la documentación original por las siguientes vias:

    • de manera Presencial en el 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    • por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    2

    O Presentar la documentación pertinente en 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    3

    O Enviar la documentación pertinente por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Si viajás a algún destino que exige vacunación contra la fiebre amarilla para ingresar, el certificado de exención acredita que estás contraindicado de vacunarte.

    Sacá turno para obtener en certificado de exención en Sanidad de Fronteras (La Boca -CABA).

    El turno solicitado a través de esta página no sirve para vacunarse.

    ¿A quién está dirigido?

    Viajeros a un país donde la presentación del certificado internacional de vacunación sea una condición para el ingreso al mismo y no estén en condiciones de vacunarse.

    ¿Qué necesito?

    DNI o pasaporte

    Certificado médico que acredite el diagnóstico que justifique la exención.

    Carné de vacunación.

    Asimismo, chequeá con el médico si tenés que completar el esquema de vacunación contra sarampión, o si debés recibir una dosis de la vacuna Triple Viral.

    Tené en cuenta
    Las autoridades sanitarias de Brasil, Bolivia y Paraguay NO solicitan a los argentinos certificado internacional de vacunación para ingresar a su territorio.

    ¿Cómo hago?

    1

    Sacá turno

    Si sos extranjero sacá turno con tu pasaporte

    2

    Presentate en la sede con la documentación solicitada.

    Sanidad de Fronteras
    Av. Pedro de Mendoza S/N y Blanes debajo de la Autopista enfrente de Colonia Express, La Boca, CABA
    Lunes a viernes de 10 a 15 hs.
    Tel.: 011 5199-9729.
    Correo electrónico: fiebreamarillamsal@gmail.com

    Hospital Nacional Dr. Baldomero Sommer
    Ruta 24 km 23,5 - General Rodríguez
    Tel.: (0237) 405-0800 - (lineas rotativas)

    3

    Obtené el certificado de exención.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    Si las condiciones médicas que originan la exención son permanentes, el certificado de exención será siempre válido. Si las condiciones son circunstanciales (ejemplo embarazo), deberá presentarse una constancia médica con fecha y, en ese caso, en el certificado de exención se consignará el tiempo de validez.

    Pedir turno

  • El certificado de vacunación es necesario para ingresar a algunos países. Si ya te vacunaste y tenés que viajar a algún país que exige vacunación para ingresar, podés solicitar el duplicado de tu certificado.

    El trámite no tiene costo y se entrega en el día. El otorgamiento del duplicado del certificado de vacunación queda sujeto a la comprobación de su aplicación en nuestros registros.

    Tené en cuenta

    • No se emiten certificados de vacunas adquiridas en farmacias.
    • Si te vacunaste en otra sede, solicitá el duplicado en el mismo vacunatorio donde te aplicaste la vacuna.

    ¿A quién está dirigido?

    Aquellas personas que ya han sido vacunadas contra la fiebre amarilla en la sede CABA de Sanidad de Fronteras.

    ¿Qué necesito?

    DNI o pasaporte

    Haber recibido la vacuna en la sede CABA de Sanidad en Fronteras.

    Carné de vacunación.

    Asimismo, chequeá con el médico si tenés que completar el esquema de vacunación contra sarampión, o si debés recibir una dosis de la vacuna Triple Viral.

    Importante
    Si tenés una fotocopia del certificado original o recordás la fecha de emisión se puede acelerar la búsqueda del certificado a duplicar.

    ¿Cómo hago?

    1

    Sacá turno

    Si sos extranjero sacá turno con tu pasaporte

    2

    Presentate en la sede con la documentación requerida.

    Sanidad de Fronteras
    Av. Pedro de Mendoza S/N y Blanes debajo de la Autopista enfrente de Colonia Express, La Boca, CABA
    Lunes a viernes de 10 a 15 hs.
    Tel.: 011 5199-9729.
    Correo electrónico: fiebreamarillamsal@gmail.com

    3

    Obtené el duplicado oficial del certificado de vacunación.

    Conservá el certificado de vacunación porque es necesario para ingresar a algunos países.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    El certificado es válido para toda la vida.

    Pedir turno

  • Si vas a exportar alimentos y la autoridad sanitaria de ese país te pide que certifiques las buenas prácticas de manufactura, gestioná el certificado ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

    Como parte del proceso, el departamento de Inspectoría del INAL realizará una auditoria en la planta. De no existir no conformidades, te extenderá el certificado.

    Deberás realizar una presentación por país y por planta elaboradora, y pagar un arancel por cada país de destino que solicites.

    ¿A quién está dirigido?

    A empresas titulares de productos alimenticios que realicen una exportación.

    ¿Qué necesito?

    Clave fiscal.

    Estar registrado en la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Si no lo estás, conocé cómo hacerlo.

    Tener usuario y contraseña para usar el Sistema de Pago Electrónico de ANMAT. Si no lo tenés, consultá cómo pedirlo

    Certificado del Registro Nacional de Establecimientos (RNE) de las plantas elaboradoras.

    Información sobre el establecimiento elaborador:

    • Croquis del establecimiento detallando el lay out y el equipamiento involucrado en los procesos productivos.
    • Diagramas de flujo del proceso de elaboración de los productos a exportar, identificando los puntos de control y puntos críticos de control, en caso de tener estos últimos.

    Si tenés problemas con TAD, comunicate con la mesa de ayuda al correo electrónico mesadeayudatad@modernizacion.gob.ar o al teléfono 0810-555-3374

    ¿Cómo hago?

    1

    Aboná el código de arancel 4068 en el Sistema de pago electrónico de la ANMAT.

    2

    Ingresá con tu clave fiscal a TAD, trámite "Solicitud de certificado de buenas prácticas de manufactura de alimentos para exportación".

    3

    Completá los datos del solicitante y continuá.

    4

    Completá el formulario de solicitud y adjuntá la documentación.

    5

    Aceptá los términos y presiona el botón guardar.

    6

    El Departamento de Inspectoria del INAL te informará la fecha y hora de la auditoría de la planta elaboradora con una subsanación.

    7

    La auditoría será realizada teniendo en cuenta las Directrices para la realización de auditorias de Buenas Prácticas de Manufactura a establecimientos de alimentos elaborados/industrializados y su lista de verificación.

    8

    De no existir no conformidades, vas a recibir una notificación en TAD para que descargues el certificado.

    Recordá que deberás realizar una presentación por país y por planta elaboradora, y pagar un arancel por cada país de destino que solicites.

    Consultas al Departamento de Inspectoría: inspectoria@anmat.gov.ar
    Teléfono: 4340-0800 int. 3506, lunes a viernes de 9 a 13 y de 14 a 15 horas.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Consultá el costo del trámite en la Tabla de aranceles vigentes bajo el código 4068.

    Iniciar trámite en TAD

  • Un equipo interdisciplinario compuesto por las especialidades de Psiquiatría, Psicología y Trabajo social realizará una evaluación sobre tu motivo de consulta y te orientará respecto de cómo y dónde continuar tratamiento en caso de ser necesario.

    ¿Qué necesito?

    Adultos:

    • DNI
    • Carnet de prestación de salud (en caso que poseas obra social, medicina prepaga o programa federal "Incluir Salud")

    Niños, niñas y adolescentes:

    A esta entrevista deben acudir los padres, madres, o adultos responsables de quien se solicita el turno. El niño, niña o adolescente no debe acudir a la entrevista de orientación.

    • DNI del niño, niña o adolescente y de los adultos responsables.
    • Carnet de prestación de salud del niño, niña o adolescente (en caso que posea obra social, medicina prepaga o programa federal “Incluir Salud”).

    Genética:
    En caso de tratarse de un niño, niña o adolescente, debe acudir a la entrevista acompañado por sus padres.

    • DNI
    • Carnet de prestación de salud (en caso que poseas obra social, medicina prepaga o programa federal “Incluir Salud”).

    Si recibiste atención en el C.I.Sa.M en los últimos tres meses, tenés que solicitar turno con tu equipo tratante.

    ¿Cómo hago?

    1

    Pedí un turno:

    2

    Acercate a Padre Criado Alonso y Evaristo Carriego, Torres, Luján.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • La promoción de la práctica investigativa es uno de los objetivos centrales del área, entendiendo que la misma es una herramienta privilegiada para el desarrollo de nuevos conocimientos, la problematización y sistematización de las prácticas sanitarias que contribuyen al fortalecimiento de las capacidades institucionales en la generación de respuestas de atención adecuadas a las problemáticas de salud mental y discapacidad intelectual identificadas como prevalentes y /o prioritarias para la comunidad.

    ¿Qué necesito?

    Ser profesional del campo de la salud que se desempeñe en el sistema sanitario y/o académico

    Completar el formulario

    Contar con la autorización escrita de la institución de origen que avalan la realización de la investigación.

    Nota de solicitud de desarrollo del proyecto dirigida a la Dirección General de la Colonia Nacional M. Montes de Oca.

    En caso de que corresponda la intervención de un Comité de Ética en Investigación (CEI) contar con el dictamen de aprobación del Comité de la Institución que avala el proyecto. En caso de que no lo hubiere, solicitar -por nota- la intervención del Comité de Bioética de la Colonia Nacional M. Montes de Oca.

    ¿Cómo hago?

    1

    Descargá y completá el formulario

    2

    Envíalo a docencia@cmdo.gov.ar

    3

    Acercate a Padre Criado Alonso, Torres, Lujan

    Si tenes dudas comunícate al 02323-49-3380 al 87 interno 310.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Cuando exista una imposibilidad demostrada de elaborar un alimento con harina enriquecida con hierro y vitaminas, el elaborador o el importador puede solicitar la excepción al cumplimiento de la Ley 25630 de prevención de las anemias y las malformaciones del tubo neural y su Decreto reglamentario 597/2003.

    ¿A quién está dirigido?

    A los elaboradores e importadores de productos alimenticios elaborados con harina de trigo, con excepción de los dietéticos y las producciones contempladas en la Ley 25127 de Producción Ecológica, Biológica u Orgánica.

    ¿Qué necesito?

    Estudios de factibilidad, estabilidad y lapsos de aptitud de los productos para los que solicitas la excepción que demuestren que no se pueden elaborar con harina enriquecida, respaldados por evidencia científica documentada.

    El establecimiento elaborador o importador debe estar autorizado ante la Autoridad Sanitaria Competente.
    El producto para el que solicitas la excepción tiene que estar autorizado y el certificado de registro vigente o con constancia de inicio de trámite de inscripción o reinscripción.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá con tu clave fiscal a Trámites a Distancia, trámite "Solicitud de excepción al cumplimiento de la Ley 25.630 y su Decreto Reglamentario Nº 597/03".

    2

    Completá el Formulario de Solicitud y guardalo.

    • Si gestionás la excepción de más de un producto, hacé clic en el signo + (más) para agregar un formulario.
    • Si agregaste un formulario de más, hacé clic en el signo — (menos) para eliminarlo

    3

    Debajo del formulario, hacé clic en "Adjuntar" para subir la documentación respaldatoria:

    • Estudios de factibilidad
    • Estabilidad
    • Lapsos de aptitud.

    La documentación no puede pesar más de 20 mb y el tipo de archivo puede ser pdf, doc, docx, xlsx, jpg, jpeg, png, bmp, gif, tiff, tif, html o dwf.

    4

    Confirmá el trámite para terminar.

    5

    Una vez evaluado por el INAL, vas a recibir una notificación en TAD de otorgamiento o denegación mediante una resolución de la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.

    Si el pedido no se ajusta a los requisitos establecidos según el marco normativo, te enviarán una notificación a través de la plataforma TAD solicitando que subsanes la información o los documentos no conformes.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 30 días

    Corresponde a la evaluación y resolución por parte de la Comisión de Asesoramiento y a la redacción del proyecto de acto administrativo que se eleva al Ministerio de Salud y Desarrollo Social, siempre que la documentación este completa.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    La excepción no tiene vencimiento.
    No tenés que repetir el trámite en cada elaboración o importación del mismo producto.

    Iniciar trámite en TAD

  • Las Entidades de Medicina Prepaga deben inscribirse en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga -RNEMP- a fin de obtener la autorización para funcionar. Art. 1º, Ley Nº 26.682

    El trámite se inicia a través del envío de la documentación requerida. Una vez analizada y encontrándose cumplidos todos los recaudos normativos, el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga –RNEMP- procede al alta de la Entidad de Medicina Prepaga y otorga el certificado de inscripción.

    ¿A quién está dirigido?

    A las Entidades de Medicina Prepaga Art. 1º, Ley Nº 26.682

    ¿Qué necesito?

    En la fecha de turno asignada deberá presentarse impreso el FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN ENTIDADES LEY 26.682 emitido por el sistema siendo constancia de inicio del trámite, con todos los campos completos, suscripta por el titular o representante legal con firma certificada por entidad bancaria o escribano público.

    Asimismo, deberá presentarse la siguiente documentación:

    • 1.- De la persona jurídica
      • 1.1. Estatuto, contrato social o instrumento jurídico de constitución, según corresponda, certificado por Escribano Público.
      • 1.2. Constancia de Inscripción emitida por la autoridad competente.
      • 1.3. Constancia de CUIT.
      • 1.4. Declaración jurada de domicilio legal.
      • 1.5. Declaración jurada de domicilio y teléfono de la sede central y de todas las sucursales.

    • 2.- De las Autoridades (titulares, fundadores, directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores o gerentes)
      • 2.1. Copia certificada de la documentación que acredite la designación de las autoridades según normativa aplicable a cada tipo de persona jurídica, o copia del D.N.I. si la titularidad fuere unipersonal.
      • 2.2. Declaración Jurada en la que se haga constar no encontrarse comprendido por las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la Ley N° 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias.
      • 2.3. Certificado de antecedentes emitido por el Registro de Juicios Universales de la jurisdicción que corresponda al domicilio real del interesado.
      • 2.4. Acreditación del domicilio real expedido por la autoridad jurisdiccional de residencia.
      • 2.5. Certificado de inhibición general de bienes expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble con jurisdicción en el domicilio del interesado.
      • 2.6. Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.

    • 3.- De los demás recaudos exigiidos por la Ley Nº 26.682 y Decreto Reglamentario N° 1993/11.
      • 3.1. Modelos de contratos a suscribir con los usuarios, en todas las modalidades de contratación y planes.
      • 3.2. Composición del patrimonio e inventario de los bienes, certificada por contador público.
      • 3.3. Últimos tres (3) Estados Contables aprobados, o Certificación Contable de Inicio de Actividades.
      • 3.4. Planes de extensión de coberturas y programas y otras prestaciones: Nombre del plan, tipo, servicios cubiertos y exclusiones (si las tuviere), vigencia, ámbito de actuación, cartilla de prestadores, valor propuesto de la cuota mensual, coseguros/copagos y reintegros vigentes y modificadores (por ej., si no puede ejercerse en determinada condición o si se requiere autorización previa).
      • 3.5. Estructura orgánico-funcional y estructura de ingresos y costos de la empresa en lo atinente a la actividad regulada.
      • 3.6. Listado de efectores prestacionales con identificación de: Nombre y Apellido o Razón Social, Domicilio, CUIT, tipo de prestación contratada y ámbito de aplicación (jurisdicción y población a cubrir) y constancia de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de la Salud, conforme el aplicativo disponible en la página web de la SSSalud.
      • 3.7. Certificación bancaria de la cuenta recaudadora única y exclusiva habilitada únicamente para la recepción del pago de las cuotas de los usuarios.
      • 3.8. Entidades concursadas: Deberán informar: Radicación del concurso: fuero, jurisdicción, Juzgado y Secretaría; fecha de presentación, fecha de apertura y, según estado del procedimiento, fecha del Informe del Art. 35, Ley 24.522, Fecha del Informe del Art. 36, Ley 24.522; Fecha de homologación, fechas de vencimiento y montos de las concordatarias; estado de cumplimiento del acuerdo.

    • 4.- De las Asociaciones Mutuales:
      Las Asociaciones Mutuales deberán cumplir con los requisitos exigidos en los puntos 1 y 3 precedentes, así como acompañar la documentación indicada en el punto 2 precedente respecto de cada uno de los miembros que integran los Órganos de Conducción, Administración y Fiscalización.
      Además deberán presentar:

      • 4.1. Reglamento para la prestación de servicios de salud.
      • 4.2. Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) mediante la cual se aprueba el Reglamento.
      • 4.3. Certificación de Vigencia emitida por el INAES.

    • 5.- De las Cooperativas:
      Las Cooperativas deberán cumplir con los requisitos exigidos en los puntos 1 y 3 precedentes, así como acompañar la documentación indicada en el punto 2 precedente respecto de cada uno de los miembros que integran los Órganos de Conducción, Administración y Fiscalización.

    Además deberán presentar la Certificación de Vigencia emitida por el INAES.

    • 6.- De los Agentes del Seguro de Salud:
      Los Agentes del Seguro de Salud deberán presentar:

      • 6.1. Descripción y características de los planes de adhesión voluntaria y de los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercializaren: Nombre del plan, tipo, servicios cubiertos y exclusiones (si las tuviere), vigencia, ámbito de actuación, cartilla de prestadores, valor propuesto de la cuota mensual, coseguros/copagos y reintegros vigentes y modificadores (por ej., si no puede ejercerse en determinada condición o si se requiere autorización previa).
      • 6.2. Modelo de contrato a suscribir con los usuarios de dichos planes.

    ¿Cómo hago?

    1

    Según Resolución 132/2018

    1.1.- Para dar comienzo al procedimiento de inscripción se deberá reservar turno a través de la página web institucional del organismo (www.SSSalud.gob.ar), para lo cual se deberá seleccionar la opción "Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga - Inicio Trámite de Inscripción".

    1.2.- La solicitud de turno para la inscripción de la entidad en el RNEMP se efectuará mediante la incorporación de los datos requeridos en el Formulario. "MEDICINA PREPAGA - FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCION ENTIDADES LEY 26.682", sin excepción.

    1.3.- Habiéndose efectuado la carga de datos y finalizada la transferencia electrónica, se emitirá una constancia asignando un turno de manera automática en días hábiles de 10 a 16.00 hs. con indicación de la documentación a presentar. El solicitante deberá acudir al turno asignado con la constancia impresa y suscripta por el titular o representante legal con firma certificada por entidad bancaria o escribano público.

    1.4.- Los datos consignados revisten el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a revisión y fiscalización por parte de la Superintendencia de Servicios de Salud.

    Inicio de Trámite

    2

    Completar Formulario TAD e Ingresar la documentación pertinente.

    En esta alternativa el trámite requerirá la remisión de la documentación original por las siguientes vias:

    • de manera Presencial en el 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    • por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    3

    O Presentar la documentación pertinente en 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    4

    O Enviar la documentación pertinente por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Quienes pretendan la constitución de una Obra Social Nacional y reúnan las condiciones previstas a tal efecto en la normativa de aplicación, pueden solicitar el alta de la misma en el Registro Nacional de Obras Sociales -RNOS-. Ley Nº 23.660 - Resolución Nº 488/90 - INOS

    El trámite se inicia a través del envío de la documentación requerida. Una vez analizada y encontrándose cumplidos todos los recaudos normativos, el Registro Nacional de Obras Sociales -RNOS- procede al alta de la Obra Social Nacional y a la registración de su estatuto.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes pretendan dar de alta una Obra Social Nacional y reúnan las condiciones previstas a tal efecto en la normativa de aplicación.

    ¿Qué necesito?

    Pedido de inscripción, debe contener:

    • Nombre
    • Apellido
    • Indicación de identidad
    • domicilio real y constituido
    • Carácter en que se presenta él o los interesados

    Relación de los hechos y derechos en que funda la pretensión.

    Proyecto de Estatuto

    Precisar el acto que da origen a la entidad.

    Ambito de actuación

    Proposición del nombre de la entidad que deberá comenzar con las palabras “Obras Sociales” y que será indicativo de la población beneficiaria que aspira a cubrir, indicando, asimismo, la zona de actuación.

    Tipo de Obra Social, encuadrándose en el inciso correspondiente del art. 1º de la ley 23.660.

    Indicar la remuneración promedio mensual, por beneficiario titular cotizante, de la Obra Social cuya inscripción se solicita.

    Padrón de beneficiarios, discriminando titulares y grupos familiares primarios

    Estimación de la recaudación mensual, en concepto del art. 16º de la ley 23.660

    Explicitar en qué forma se habrá de garantizar la financiación equitativa para el otorgamiento de las prestaciones médico-asistenciales.

    Acreditar que la población que pretende cubrir no se encuentra obligatoriamente integrada a alguno de los Agentes del Seguro en los términos de la ley 23.661.

    Firma de los presentantes y aclaración

    ¿Cómo hago?

    1

    Completar Formulario TAD e Ingresar la documentación pertinente.

    En esta alternativa el trámite requerirá la remisión de la documentación original por las siguientes vias:

    • de manera Presencial en el 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    • por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    2

    O Presentar la documentación pertinente en 6º piso Sede Central Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    3

    O Enviar la documentación pertinente por Correo postal a Av. Pte. Roque Sáenz Peña 530 - C1035AAN - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

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