Trámite por el cual se habilita un hospital en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Importante
Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.
¿A quién está dirigido?
Titular del establecimiento y director médico.
¿Qué necesito?
Completar formulario de solicitud online en TAD.
Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble), con firmas certificadas por escribano público de las partes intervinientes. En el caso del contrato de comodato, adjuntar título de propiedad. Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato, tienen que especificar en sus respectivas cláusulas el destino y el plazo del mismo.
Si el Establecimiento se encuentra en una propiedad sometida al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar reglamento de copropiedad.
Plano del establecimiento presentado a CABA o croquis con destinos y medidas, según corresponda, con firma y sello del titular sanitario.
Contrato con empresa de recolección de residuos biopatogénicos y/o factura de último pago. En caso de no generarlos, informarlo mediante nota con firma y sello del profesional médico.
Plancheta de Habilitación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autenticada ante Escribano Público o constancia de inicio de trámite.
Listado completo de profesionales, aclarar por servicios si los hubiera, consignando de cada uno nombre y apellido completo, profesión, especialidad (médicos y odontólogos), número de matrícula, documento, N° de CUIT/CUIL, domicilio particular, teléfono y correo electrónico.
Listado completo de profesionales, aclarar por servicios si los hubiera, consignando de cada uno nombre y apellido completo, profesión, especialidad (médicos y odontólogos), número de matrícula, documento, N° de CUIT/CUIL, domicilio particular, teléfono y correo electrónico.
Los establecimientos que posean servicios de radiología, tomografía computada, diagnóstico por imágenes, equipamiento de kinesiología, láser, deberán describir la aparatología y solicitar su habilitación.
Autorización para ejercer de los profesionales no titulares del Establecimiento. Completar el formulario interactivo, el cual deberá ser firmado digitalmente y en forma conjunta con el profesional a autorizar.
Las Sociedades propietarias de Establecimientos de Salud, deberán cumplimentar el articulo N° 39 de la Ley 17132. Incluir un profesional de salud propietario de acciones. Adjuntar: a) Estatuto Social, debidamente inscripto en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto.: b) Acta de Directorio que designa al Director Técnico/Médico autenticada por Escribano Público.
Comprobante de pago
¿Cómo hago?
1
Ingresá al TAD con CUIT y clave fiscal, seleccioná el trámite "Habilitación de un sanatorio" y seguí los pasos allí indicados.
2
Realizar el pago mediante transferencia bancaria.
Por consultas, comunicate a:
- Correo electrónico dnrfysf.establecimientos@msal.gov.ar
- Teléfono: 011 4379-9000 int. 4676,
- Atención al público de lunes a viernes de 10 a 13 horas.
¿Cuál es el costo del trámite?
$54400.00
El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:
CBU 0110599520000002619804
Banco de la Nación Argentina
Nro. Cuenta: 0000261980
Sucursal: Plaza de Mayo
CUIT: 30546663422
Vigencia
- Hasta que se realice la baja del Establecimiento.