Habilitación de un consultorio odontológico

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite habilitar consultorios odontológicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

¿Quién puede solicitarlo?

El titular del establecimiento y/o persona física o jurídica propietaria del mismo.

Requisitos principales

  • El titular del establecimiento debe ser persona física o jurídica.
  • Cumplir con las normas para el ejercicio de la odontología.
  • La superficie de la sala de espera y el consultorio debe cumplir con la Resolución 2385/1980.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite te permite habilitar tu consultorio odontológico en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Importante: Al iniciar el trámite en TAD, debes seleccionar la opción "Habilitación de consultorio médico".

¿A quién está dirigido?

Este trámite está dirigido al titular del establecimiento y/o persona física o jurídica propietaria del mismo.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formulario completo de solicitud en TAD.
  • Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según corresponda) con firmas certificadas por escribano público.
  • Si el establecimiento está en una propiedad horizontal, adjuntar el reglamento de copropiedad.
  • Plano del establecimiento o croquis con destinos y medidas, firmado por el titular sanitario.
  • Contrato con empresa de recolección de residuos biopatogénicos y factura del último pago.
  • Declaración jurada de inmunización
  • Si la habilitación es para más de tres consultorios o pertenece a una razón social, adjuntar el inicio de trámite o plancheta de habilitación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
  • En caso de poseer pagina web, red social, etc. Tramitar por https://www.argentina.gob.ar/autorizacion-de-publicidad-de-actividades-del-arte-de-curar
  • Autorización para ejercer de los profesionales no titulares del local, adjuntar la documentación requerida en el instructivo “Autorización para Ejercer”.
  • En caso de habilitar el establecimiento a favor de una persona jurídica, la misma deberá cumplimentar el articulo N° 39 de la Ley 17132 (Normas para el ejercicio de la medicina, odontología y actividades de colaboración). Incluir un profesional de salud propietario de acciones.
    • Se deberá adjuntar:
      • Estatuto Social, debidamente inscrito en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto.
      • Acta de Directorio que designa al Director Técnico/Médico autenticada por Escribano Público
  • En caso de disponer de aparatología que requiera habilitación, incorporar la documentación en TAD desde la solapa "Habilita Rx/Láser"
  • Comprobante de pago
  • Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Iniciar tramite desde "Habilitación de Consultorio Medico" en TAD
  2. Ingresa a Trámites a Distancia, identifícate con tu CUIT y Clave Fiscal del propietario del establecimiento de salud y busca el trámite seleccionado.

Consultas

¿Cuál es el costo?

$45000.00

El precio es por consultorio

El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta: CBU 0110599520000002619804 Banco de la Nación Argentina Nro. Cuenta: 0000261980 Sucursal: Plaza de Mayo CUIT: 30546663422

Vigencia

  • Hasta que se realice la baja del consultorio.

Iniciar trámite

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