Habilitación de un centro de diálisis

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Es el trámite por el cual se habilitan centros de diálisis en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Aclaración: El Director Médico y la mitad del plantel profesional del centro deben tener especialidad afín a la actividad del centro.

Importante

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¿A quién está dirigido?

Titular del establecimiento o apoderado.

¿Qué necesito?

Completar formulario de solicitud online en TAD

Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble), con firmas certificadas por escribano público de las partes intervinientes.
En el caso del contrato de comodato copia del título de propiedad.
Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato, tienen que especificar en sus respectivas cláusulas el destino y el plazo del mismo.
En el caso de que propiedad se encuentre en condominio se requerirá de la conformidad de los restantes condóminos mediante documento expreso, con certificación de firmas a cargo de escribano público.

Si el establecimiento se encuentra en una propiedad sometida al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar reglamento de copropiedad.

En el caso de Personas Jurídicas, adjuntar:

  • Estatuto Social y sus modificaciones, debidamente inscripto en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto social. El mismo debe cumplimentar el Art 39 de la Ley 17.132.

  • Acta de Directorio que designa al Director Médico autenticada por Escribano Público.

Plancheta de habilitación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o constancia de inicio de trámite.

Plano del establecimiento presentado a CABA o croquis con destinos y medidas, según corresponda, con firma y sello del titular sanitario.

Contrato con la empresa de residuos biopatogénicos del consultorio, vigente. En caso de no generarlos, adjuntar una nota con carácter de declaración jurada firmada por el titular del establecimiento.

Certificado de vacunación de hepatitis B que incluya nombre y apellido del profesional solicitante o serología de laboratorio con resultado reactivo de anticuerpos de superficie contra la Hepatitis B o Declaración jurada de inmunización.

Autorización para ejercer de los profesionales no titulares del local, adjuntar la documentación requerida en el instructivo “Autorización para Ejercer”, de la página Web del Ministerio de Salud de la Nación.

En caso de no encontrarse dentro de un Establecimiento de internación que cuente con UTI, deberá contar con:

  • Convenio con Empresa de traslado sanitario que cuente con UTIM.

  • Convenio con un Establecimiento con internación que cuente con UTI.

Ambos establecimientos deben estar habilitados.

Listado completo de profesionales, aclarar por servicios si los hubiera, consignando de cada uno nombre y apellido completo, profesión, especialidad (médicos y odontólogos), número de matrícula, documento, N° de CUIT/CUIL, domicilio particular, teléfono y correo electrónico. – obligatorio

Los establecimientos que posean servicios de radiología, tomografía computada, diagnóstico por imágenes, equipamiento de kinesiología, láser, deberán describir la aparatología y solicitar su habilitación. – no obligatorio

Comprobante de pago.

Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.

¿Cómo hago?

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Ingresá al trámite Habilitar un centro de diálisis, identifícate con tu CUIT y Clave Fiscal y busca el trámite seleccionado.

Por consultas comunicate a:

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

Los plazos y el estado de tu trámite te serán informados a través de tu correo electrónico.

¿Cuál es el costo del trámite?

$13600.00

El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

CBU 0110599520000002619804
Banco de la Nación Argentina
Nro. Cuenta: 0000261980
Sucursal: Plaza de Mayo
CUIT: 30546663422

Sujetos exentos de pago: Se encuentran exentos del pago del arancel los Establecimientos Sanitarios Públicos Nacionales, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y de las Universidades Nacionales - RESOL-2019-463-APN-SGS#MSYDS art 2°

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