Habilitación de servicio de psiquiatría y salud mental en un hospital general, clinica o sanatorio

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Es el trámite por el cual se habilitan los servicios prestadores múltiples que incluyen modalidad ambulatoria y de internación con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)

¿A quién está dirigido?

El Titular del Establecimiento o Apoderado.

¿Qué necesito?

Completar formulario de solicitud online en TAD.

Título de propiedad, contrato de locación o comodato (según el titular sea propietario, locatario o comodatario del inmueble), con firmas certificadas por escribano público de las partes intervinientes. En el caso del contrato de comodato, adjuntar título de propiedad. Tanto el contrato de alquiler como el contrato de comodato, tienen que especificar en sus respectivas cláusulas el destino y el plazo del mismo.

Si el Establecimiento se encuentra en una propiedad sometida al régimen de propiedad horizontal, se debe adjuntar reglamento de copropiedad.

Plano del establecimiento presentado a CABA o croquis con destinos y medidas, según corresponda, con firma y sello del titular sanitario.

Disposición de Habilitación del Establecimiento.

Plancheta de Habilitación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autenticada ante Escribano Público o constancia de inicio de trámite

Certificado de vacunación de hepatitis B que incluya nombre y apellido del profesional solicitante o serología de laboratorio con resultado reactivo de anticuerpos de superficie contra la Hepatitis B o DECLARACIÓN JURADA DE INMUNIZACIÓN.

Cronograma de actividades semanal y diario cubriendo las 24 horas, detallando los profesionales o técnicos a cargo.

Adjuntar modelos de protocolos y/o Formularios que se utilizarán en el servicio con firma y sello de los profesionales.
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Autorización para ejercer de los profesionales no titulares del Centro, adjuntar la documentación requerida en el instructivo “Autorización para Ejercer”, de la página Web del Ministerio de Salud de la Nación

Cronograma de actividades semanal y diario cubriendo las 24 horas, detallando los profesionales o técnicos a cargo.

Las Sociedades propietarias de Establecimientos de Salud, deberán cumplimentar el articulo N° 39 de la Ley 17132 (Normas para el ejercicio de la medicina, odontología y actividades de colaboración). Incluir un profesional de salud propietario de acciones. En el caso de Personas Jurídicas, adjuntar: a) Estatuto Social, debidamente inscripto en IGJ, autenticada por Escribano Público, en el que se indique el objeto.: b) Acta de Directorio que designa al Director Técnico/Médico autenticada por Escribano Público

Contrato con empresa de recolección de residuos biopatogénicos y/o factura de último pago. En caso de no generarlos, informarlo mediante nota con firma y sello del profesional médico

Plantel Profesional mínimo.

  • Jefe de Servicio de Salud Mental: Médico Psiquiatra
  • Médico Psiquiatra
  • Psicólogo
  • Enfermero
  • Musicoterapéuta (recomendable pero no obligatorio)
  • Psicopedagogo (recomendable pero no obligatorio)
  • Terapista ocupacional

Disponible en el hospital

  • Equipo de guardia: que cuente con médico psiquiatra, psicólogo, enfermeros, trabajador social, toxicólogo (recomendable pero no obligatorio pro debería contar con una consultoría externa)
  • Médico clínico o generalista o sin orientación
  • Trabajador social
  • Kinesiólogo
  • Nutricionista
  • Abogado (recomendable pero no obligatorio)

Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.

Comprobante de pago

¿Cómo hago?

1

Ingresá al TAD con número de CUIT y clave fiscal, y seguí los pasos allí indicados.

2

Realizar el pago mediante transferencia bancaria.

Por consultas, comunicate a:

¿Cuál es el costo del trámite?

$13600.00

El pago debe efectuarse exclusivamente mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

CBU 0110599520000002619804
Banco de la Nación Argentina
Nro. Cuenta: 0000261980
Sucursal: Plaza de Mayo
CUIT 30546663422

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