Franquicia para compra de vehículos para Instituciones
Información Rápida
Objetivo
Permitir a instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transportan personas con discapacidad acceder a la compra de vehículos con franquicia impositiva.
¿Quién puede solicitarlo?
Instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transporten personas con discapacidad.
Requisitos principales
- Ser una institución sin fines de lucro u organismo estatal que transporte personas con discapacidad.
- Cumplir con los requisitos de documentación específicos para instituciones gubernamentales o no gubernamentales.
- En caso de tener un vehículo adquirido con franquicia previamente, solicitar la libre disponibilidad del mismo.
Plazos
No especificado
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para consultas, puedes comunicarte por mail a [email protected], por teléfono al 0800-555-3472 y a través del Chatbot TINA por Whatsapp al número (54–11) 3910-1010.
Resumen
Este trámite permite a instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transportan personas con discapacidad acceder a la compra de vehículos con una franquicia impositiva. El trámite es gratuito y se realiza en línea a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
Quién puede usar este servicio:
Instituciones sin fines de lucro u organismos estatales que transporten personas con discapacidad.
Aviso importante:
El trámite se inicia únicamente a través de la plataforma de Trámites a Distancia.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
Los documentos varían según si la institución es gubernamental o no gubernamental. En general, se requiere:
- Declaración jurada (se completa online en el Sistema TAD)
- Constancia de inscripción vigente en la ARCA (Ex AFIP)
- Foto del acta de designación de la máxima autoridad.
- Foto del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso) de la autoridad mencionada.
- Factura proforma del transporte institucional que se pretende adquirir, indicando marca, modelo, versión, con expresa mención del número de plazas cuya capacidad no sea inferior a 8 pacientes sentados.
- Para autos nacionales: Debe consignarse el valor de mercado del vehículo al cual debe sustraerse el importe del IVA (10,5 por ciento), consignando el total a pagar por la Institución con el beneficio de la ley.
- Para autos importados: debe encontrarse debidamente individualizado el valor FOB, más los gastos y valor total a pagar, asimismo, debe hacerse mención al número de VIN de la unidad.
- Para rampa y/o anclajes: deberá acompañarse una factura proforma por cada uno de ellos, con la descripción de sus características técnicas y el descuento del monto del IVA (21 por ciento), sin incluir la instalación de los mismos dentro de la cotización.
- Foto del Acta o, nota por parte de la máxima autoridad, designando a los choferes autorizados a conducir el vehículo solicitado.
- Importante: Se permitirá autorizar un máximo de tres choferes.
- Fotos de los DNI (anverso y reverso) y registros de conducir vigentes (anverso y reverso) y con categoría habilitante al transporte de pasajeros de los choferes autorizados.
- Tramitación:
- Con subsidio:
- A) Foto del Acta que aprueba el subsidio concedido por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad (Ley 25.730).
- B) Foto del Acta o Nota suscripta por la máxima autoridad mediante la cual el Organismo se hace cargo de la diferencia monetaria entre el subsidio obtenido y el valor del vehículo (en caso de corresponder).
- Con fondos propios de la Institución:
- Con fondos propios de la Institución:
- A) Nota suscripta por la máxima autoridad dejando expresa constancia de ello,
- B) Listado acreditando la cantidad de pacientes que moviliza,
- C) Fotos de los DNI (anverso y reverso) y Certificados de Discapacidad de los mismos,
- D) Croquis de los destinos a los cuales se desplazan,
- E) Fotos de las autorizaciones de los representantes legales (padres/tutores/curadores) para trasladarlos, en caso de corresponder.
- Con subsidio:
Requisitos previos:
- En caso de tener un vehículo adquirido por la franquicia, con carácter previo al requerimiento de un nuevo automotor, deberá solicitarse la libre disponibilidad del primero. Vale aclarar que la libre disponibilidad por tiempo transcurrido no es automática, y en todos los casos debe ser requerida ante este Organismo.
- Las facturas que provengan del exterior deberán estar legalizadas por el agregado comercial del país de origen, redactadas en idioma nacional o traducidas por un traductor público nacional en caso de encontrarse en idioma extranjero.
Costes y plazos:
El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne todos los requisitos detallados en el punto anterior según corresponda.
- Ingresá a la plataforma de Trámites a Distancia Selecciona la opción Iniciar trámite: AFIP (de la Institución) con Clave Fiscal.
- Completá los datos y adjuntá la documentación que solicita el TAD.
- Recibirás las notificaciones para continuar con el trámite.
Información importante:
En la Agencia Nacional de Discapacidad no contamos con el listado de vehículos homologados por la Secretaría de Industria ni con la información de las marcas que venden vehículos bajo el régimen de la Ley 19.279 y modificatorias.
Ayuda
Contacto:
Podés comunicarte por mail a [email protected] , por teléfono al 0800-555-3472 y a través del Chatbot TINA por Whatsapp al número (54–11) 3910-1010




