Certificado de Libre Disponibilidad del Automotor para Instituciones

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Liberar un automotor del régimen de franquicia impositiva para instituciones que lo hayan adquirido con dicho beneficio.

¿Quién puede solicitarlo?

Instituciones que hayan adquirido un vehículo con franquicia impositiva.

Requisitos principales

  • Haber transcurrido 30 meses (vehículo nacional) o 48 meses (vehículo importado) desde la inscripción inicial en el registro de la propiedad automotor, o haber sufrido el automotor un siniestro (robo, hurto o destrucción total).

Plazos

En caso de robo, hurto o siniestro, se debe notificar a la Agencia Nacional de Discapacidad dentro de los 30 días corridos de ocurrido el hecho.

Duración del trámite

30 días hábiles

Información adicional

La emisión del certificado no obliga a la venta del automotor ni implica la pérdida de beneficios anteriores.

Resumen

Este trámite permite a las instituciones que adquirieron un vehículo con franquicia impositiva solicitar un certificado para liberarlo de dicha franquicia. Esto puede ser necesario tras un período de tiempo determinado o en caso de siniestro (robo, hurto o destrucción total) del vehículo.

Quién puede usar este servicio:

Instituciones que hayan adquirido un vehículo con franquicia impositiva.

Aviso importante: El trámite se inicia únicamente a través de la plataforma de Trámites a Distancia.

Lo que necesitas

Documentos requeridos (Por tiempo transcurrido):

  • Declaración jurada (se completa online en TAD).
  • Nota firmada por la máxima autoridad solicitando la libre disponibilidad.
  • Acta de designación de la máxima autoridad vigente.
  • DNI (anverso y reverso) de la autoridad.
  • Verificación policial del automotor (Formulario 12D).
  • Título del automotor.
  • Acta de Aprobación de la Rendición de Cuentas del subsidio (si aplica).
  • Constancia de Inscripción en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA (IGJ) (si aplica).

Documentos requeridos (Por robo, hurto o siniestro):

  • Declaración jurada (se completa online en TAD).
  • Nota firmada por la máxima autoridad solicitando la libre disponibilidad, detallando los hechos.
  • Acta de designación de la máxima autoridad vigente.
  • DNI (anverso y reverso) de la autoridad.
  • Título del automotor.
  • Póliza de seguros vigente al momento del hecho.
  • Nota de la compañía aseguradora certificando la destrucción total del vehículo (si aplica).
  • Denuncia policial (si aplica).
  • Acta de Aprobación de la Rendición de Cuentas del subsidio (si aplica).

Requisitos previos:

  • Haber transcurrido 30 meses (vehículo nacional) o 48 meses (vehículo importado) desde la inscripción inicial, o haber sufrido el siniestro.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reunir los requisitos según corresponda (por tiempo transcurrido o por siniestro).
  2. Ingresar a Trámites a Distancia (TAD) (para tiempo transcurrido) o Trámites a Distancia (TAD) (para robo o siniestro) y seleccionar la opción Iniciar trámite: AFIP (necesitará CUIT y Clave Fiscal).
  3. Completar los datos y adjuntar la documentación solicitada.
  4. Recibir las notificaciones para continuar con el trámite.

Tiempos de espera:

  • El trámite dura 30 días hábiles.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez emitido el certificado, el vehículo queda liberado del régimen de franquicia impositiva.

Plazos de resolución:

  • 30 días hábiles.

Siguientes pasos:

  • El certificado no tiene fecha de caducidad.

Ayuda

Contacto:

Silencio administrativo:

El trámite de Certificado de Libre Disponibilidad por Tiempo Transcurrido se encuentra alcanzado por el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 60 días hábiles después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.

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