Baja de un farmacéutico auxiliar
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Este trámite permite autorizar la baja de un farmacéutico auxiliar de un establecimiento.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular del establecimiento farmacéutico o su apoderado.
Requisitos principales
- Ser el titular del establecimiento o apoderado.
- Contar con Clave Fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en Trámites a Distancia (TAD).
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende de la gestión.
Información adicional
Se recomienda acceder a la plataforma TAD desde una computadora utilizando Mozilla Firefox o Google Chrome para evitar inconvenientes. Evite el uso de celulares u otros dispositivos móviles.
Resumen
Este trámite permite dar de baja a un farmacéutico auxiliar de un establecimiento farmacéutico.
Quién puede usar este servicio:
- El titular del establecimiento o su apoderado.
Importante: Para realizar el trámite a distancia (TAD), se recomienda acceder a la página desde una computadora utilizando Mozilla Firefox o Google Chrome.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud online completado en TAD.
- Disposición de nombramiento como auxiliar.
- Constancia de las razones que ameritan la baja (renuncia, despido, clausura, cierre, etc).
- Disposición de Habilitación del Establecimiento.
- Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.
Cómo hacerlo
- Ingrese al TAD, trámite "Baja de farmacéutico auxiliar", con clave fiscal y CUIT.
Contacto:
- Correo electrónico: [email protected]
- Teléfono: 011 4379-9000 int. 4668, lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Cuál es el costo
- Gratuito