Baja de la autorización para ejercer

Actualizado el 26 de enero de 2020
Ver en la web de la administración

Es el trámite por el cual solicita la baja de las autorizaciones para ejercer de profesionales de la salud.

Importante

Para hacer el Trámite a Distancia (TAD) se recomienda ingresar a la página desde una CPU a través del Mozilla Firefox o el Google Chrome, no mediante celulares u otros dispositivos móviles porque se han detectado inconvenientes.

¿A quién está dirigido?

El titular del Establecimiento o Apoderado.

¿Qué necesito?

Nota de solicitud.

Disposición de Alta de Autorización para Ejercer.

Clave fiscal nivel 2 o superior de la AFIP o Apoderamiento en trámites a distancia para realizar el registro.

¿Cómo hago?

1

Ingresá al TAD con clave fiscal y número de CUIT

Por consultas comunicate a:
Teléfono:011 4379-9000 int. 4676, lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Atención al público de lunes a viernes de 10 a 13 horas.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Sujetos exentos de pago: Se encuentran exentos del pago del arancel los Establecimientos Sanitarios Públicos Nacionales, de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y de las Universidades Nacionales - RESOL-2019-463-APN-SGS#MSYDS art 2°

Iniciar trámite en TAD

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.