Afiliar al PAMI a nietos o nietas mayores de edad con discapacidad

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permitir que nietos o nietas mayores de edad con discapacidad, que estén a cargo exclusivo de un afiliado titular de PAMI, puedan acceder a la cobertura médica de la obra social.

¿Quién puede solicitarlo?

El afiliado titular de PAMI o su apoderado.

Requisitos principales

  • El nieto o nieta debe ser mayor de edad y tener una discapacidad física o mental.
  • El afiliado titular debe tener a cargo exclusivo al nieto o nieta.
  • El familiar no debe ser titular de un beneficio previsional que le permita acceder a otra obra social.
  • El familiar no debe gozar de una pensión graciable o no contributiva.

Plazos

Las afiliaciones no tienen vencimiento, excepto en casos específicos determinados por el Departamento Asesor Científico Pericial o si la persona discapacitada está tramitando una pensión no contributiva.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Resumen

Este trámite permite a los afiliados titulares de PAMI afiliar a sus nietos o nietas mayores de edad con discapacidad que estén a su cargo exclusivo. De esta forma, los nietos/as pueden acceder a la cobertura médica de PAMI.

Quién puede usar este servicio: Afiliados titulares de PAMI que tengan a su cargo nietos/as mayores de edad con discapacidad.

Importante: No se pueden afiliar familiares que ya tengan una obra social a través de un beneficio previsional propio o que reciban una pensión no contributiva.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Costes y plazos: El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Reúne la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios.
  2. Solicita un turno: Pide un Turno en PAMI para atención presencial en tu Centro de Atención personalizada.
  3. Asiste a la dependencia de PAMI: Preséntate en la fecha y hora asignada con la documentación.

Después de hacerlo

Qué sucede después: Una vez completado el trámite, tu nieto/a estará afiliado a PAMI y podrá acceder a los servicios de la obra social.

Plazos de resolución: Variable, dependiendo del caso.

Vigencia: Las afiliaciones no tienen vencimiento, excepto en casos específicos:

  • Si el Departamento Asesor Científico Pericial establece un vencimiento en su dictamen.
  • Si la persona discapacitada está tramitando una pensión no contributiva y aún no se la han otorgado (en este caso, la afiliación vence al año).

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