Legalización de documentos eclesiásticos
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Legalizar documentos eclesiásticos firmados por una autoridad eclesiástica, como partidas de nacimiento, certificados de bautismo o partidas de casamiento.
¿Quién puede solicitarlo?
No es personal.
Requisitos principales
- Los documentos deben ser originales y contar con la firma de una autoridad eclesiástica (Obispo, Canciller, Vicecanciller, Vicario General).
Duración del trámite
10 días hábiles
Resumen
Este trámite permite legalizar documentos eclesiásticos, como partidas de nacimiento, certificados de bautismo y partidas de casamiento, que cuenten con la firma de una autoridad eclesiástica.
¿Quién puede usar este servicio?
Este trámite no está dirigido a una persona en particular.
¿Qué necesito?
- Documentos originales: Los documentos a legalizar deben ser originales.
¿Cómo hago?
- Envío de documentos:
- Para certificar documentos eclesiásticos (actas de bautismo, matrimonio, defunción) que cuenten con la firma de una autoridad eclesiástica (Arzobispo, Obispo, Canciller, Vicecanciller, Vicario General o Notario de Curia), envíalos en formato PDF a: [email protected]
- Es fundamental que en el asunto del correo electrónico indiques los nombres completos de las personas que aparecen en la partida.
- Recepción del documento firmado digitalmente:
- Una vez revisado el contenido, recibirás el documento con firma digital para que lo subas a TAD (Trámites a Distancia) y lo apostilles.
- No dupliques consultas sobre el mismo tema, ya que esto podría causar demoras en la resolución de tu solicitud.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite tarda 10 días hábiles.
¿Cuál es el costo?
El trámite es gratuito.