Transferir o rectificar rúbrica de libros
Información Rápida
Objetivo
Permite transferir o rectificar la rúbrica de libros de manera digital ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
¿Quién puede solicitarlo?
Diversas entidades y personas, incluyendo asociaciones civiles, fundaciones, personas humanas con actividad económica organizada, corredores, despachantes de aduana, agentes institorios, martilleros, sociedades no accionarias, sociedades accionarias, entidades extranjeras adecuadas a la ley argentina, contratos asociativos, fideicomisos y entidades extranjeras.
Requisitos principales
- Contar con usuario en la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
- Tener habilitado el servicio TAD a través de AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la modalidad (común o urgente).
Información adicional
El trámite puede realizarse de manera común o urgente, con diferentes costos asociados.
Resumen
Este trámite permite transferir o rectificar la rúbrica de libros de manera digital ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
Quién puede usar este servicio:
El trámite está disponible para diversas entidades y personas, incluyendo asociaciones civiles, fundaciones, personas humanas con actividad económica organizada, corredores, despachantes de aduana, agentes institorios, martilleros, sociedades no accionarias, sociedades accionarias, entidades extranjeras adecuadas a la ley argentina, contratos asociativos, fideicomisos y entidades extranjeras.
Antes de empezar:
Es importante tener en cuenta la vigencia del nuevo marco normativo de IGJ (RG IGJ 15/2024) que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Los detalles y requisitos de los trámites se encuentran especificados en el LIBRO IX de la RG IGJ N° 07/2015
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Número Correlativo
- CUIT
- Denominación actual y tipo de entidad actual
- Formulario IGJ de Transferencia o rectificación de libro
- Comprobantes de pago en formato PDF
Requisitos previos:
- Contar con usuario en la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
- Tener habilitado el servicio TAD a través de AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior.
Costes y plazos:
El costo varía según el tipo de entidad y la modalidad del trámite (común o urgente). Los plazos no están especificados.
- Asociaciones civiles Categoría I y II:
- Trámite común: 4 módulos
- Urgente: 16 módulos
- Asociaciones civiles Categoría III y fundaciones:
- Trámite común: 8 módulos
- Urgente: 32 módulos
- Persona humana con act. ec. organizada - Corredor - Despachante de Aduana - Agente institorio - Martillero:
- Trámite común: 4 módulos
- Urgente: 16 módulos
- Sociedades no accionarias:
- Trámite común: 8 módulos
- Urgente: 32 módulos
- Sociedades accionarias y entidades extranjeras adecuadas a la ley argentina:
- Trámite común: 10 módulos
- Urgente: 40 módulos
- Contratos asociativos - Fideicomisos - Entidades extranjeras:
- Trámite común: 12 módulos
- Urgente: 48 módulos
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Ingresá a TAD y seleccioná el trámite "Rectificación o transferencia de rúbricas". Podés elegir la modalidad "normal" o "urgente".
- Completá el formulario y realizá el pago. Guardá tus comprobantes en formato PDF.
Información sobre cada etapa:
- El formulario a completar se encuentra disponible en: Completar formulario
- Si tenés problemas con el sistema TAD, dirigite a la mesa de ayuda de Trámites a Distancia.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Podés realizar el seguimiento del trámite en el buzón de "Mis Trámites" dentro de la plataforma TAD.
Ayuda
Recursos adicionales:
- Instructivo Transferencia (895.2 Kb) Descargar archivo
- Instructivo Rectificación (881.9 Kb) Descargar archivo
Accedé a TAD a través de: