Solicitar un certificado de vigencia de una entidad civil en la Inspección General de Justicia
Información Rápida
Objetivo
Obtener un certificado de vigencia, domicilio o medidas cautelares de una entidad civil en la Inspección General de Justicia (IGJ).
¿Quién puede solicitarlo?
Representantes de entidades civiles inscritas en la Inspección General de Justicia (IGJ).
Requisitos principales
- Usuario TAD con acceso desde Mi Argentina o AFIP nivel 2 o superior.
- La entidad debe estar al día con las obligaciones ante la IGJ.
- Para CEVIP: No haber superado el período de Vigencia / Pago de Tasas / Presentación de Balances / Declaración Jurada Res. IGJ 01/2010.
- Para Vigencia por Cambio de Jurisdicción: No haber superado el período de Vigencia / Presentación de Balances / No pesar sobre la entidad medidas cautelares o concursales.
Duración del trámite
Variable, depende del tipo de certificado y la situación de la entidad.
Resumen
Este trámite permite solicitar certificados de vigencia, domicilio o medidas cautelares de una entidad civil ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
¿Quién puede usar este servicio?
Representantes de entidades civiles inscritas en la IGJ.
Importante:
- La entidad debe estar al día con sus obligaciones ante la IGJ.
- Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Lo que necesitas
- Usuario TAD ingresando desde Mi Argentina o AFIP nivel 2 o superior.
- Tener a mano el Correlativo de la Entidad y el nombre completo.
- Nombre del organismo al cual vas a presentar el certificado.
Tipos de certificados:
- Certificado de vigencia
- Certificado de domicilio
- Certificado de medidas cautelares
- Certificado de vigencia por cambio de jurisdicción
- Certificado de vigencia y pleno cumplimiento (CEVIP)
Cómo hacerlo
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Presentación a través de TAD: Completá el formulario con los datos que irá requiriendo el sistema. Una vez completado, podrás realizar el pago.
La totalidad del trámite se resuelve de manera electrónica.
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Tanto la información solicitada, como las notificaciones y las observaciones que puedan surgir, serán enviadas a tu casilla de correo registrada en TAD.
Aclaración:
Estos trámites pueden ser realizados mediante procedimiento urgente (únicamente para las sociedades comerciales con número correlativo mayor a 1.000.000). Para el certificados de entidades civiles, no se contempla el timbrado urgente.
¿Cuál es el costo?
Asociaciones civiles Categoría I: 4 módulos Asociaciones civiles Categoría II: 8 módulos Asociaciones civiles Categoría III: 12 módulos Fundaciones: 8 módulos Calculá el valor del trámite