Presentar información anual sobre concordancia de la registración contable
Información Rápida
Objetivo
Presentar anualmente la información sobre la concordancia de la registración contable para entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan medios mecánicos de registración.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan la registración a través de medios mecánicos.
Requisitos principales
- Haber obtenido la autorización para utilizar el sistema de registración mediante medios mecánicos (Art. 61 de la Ley 19.550).
- Tener presentados los períodos anteriores y los bianuales vencidos (si corresponde).
Plazos
La presentación vence a los 120 días del cierre de cada ejercicio. Fuera de este plazo, la presentación se considera extemporánea.
Duración del trámite
Variable, depende de la IGJ.
Resumen
Este trámite permite a las entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan sistemas de registración contable mediante medios mecánicos presentar anualmente la información sobre la concordancia de dicha registración.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades civiles y sociedades comerciales que utilizan la registración a través de medios mecánicos.
Importante:
- Es necesario contar con la autorización para utilizar el sistema de registración mediante medios mecánicos (Art. 61 de la Ley 19.550).
- Deben estar presentados los períodos anteriores y los bianuales vencidos (si corresponde).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de "Informe anual concordancia contable" completo y abonado.
- Escrito firmado por el representante legal, con firma certificada notarialmente, ratificando la documentación presentada por el profesional interviniente.
- Informe especial firmado por Contador Público independiente, con firma legalizada, que incluya:
- Número de Identificación de las Autorizaciones.
- Datos del libro Inventario y Balances.
- Descripción de los sistemas aprobados.
- Diseños de registros.
- Plan de cuentas.
- Descripción exacta del sistema utilizado durante el ejercicio económico.
- Opinión fundada sobre la concordancia entre el diseño de los registros utilizados y los autorizados.
- Opinión fundada sobre la concordancia entre el sistema de registración contable utilizado y el autorizado.
- Opinión sobre cumplimiento de los artículos 326, 333 y 334 de la Resolución General I.G.J. N° 07/15, según corresponda.
- Detalle de las discordancias detectadas (si las hay).
- Datos de la totalidad de los listados o registros utilizados durante el período.
- Información sobre la vigencia del contrato de tercerización de archivo de documentación (si corresponde).
- Copia de las autorizaciones vigentes para el ejercicio económico correspondiente.
- Copia de las actas labradas en cumplimiento de los incisos 5 y 6 del artículo 334 de la Resolución General I.G.J. N° 07/15.
- Estado de actualización de los registros autorizados y no dados de baja en el ejercicio en estudio.
Costos:
- Varía según el tipo de entidad. Consultar el calculador de módulos para determinar el costo exacto.
Plazos:
- La presentación vence a los 120 días del cierre de cada ejercicio. Fuera de este plazo, la presentación se considera extemporánea.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Completá el formulario y solicitá turno para Mesa de Entradas.
- Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.
- Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Consideraciones para matriculados:
- Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional:
- La presentación se realiza con turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación.
- La contestación de vistas contables solo se realiza en la sede central de IGJ.
Después de hacerlo
- Una vez presentada la documentación, la IGJ revisará la información.
- Si todo está correcto, se aprobará la presentación.
- En caso de haber observaciones, se notificará para que sean subsanadas.
Ayuda
- Para completar el formulario: Completar formulario
- Para solicitar turno: Pedir turno
- Para acceder a TAD: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?