Pedir autorización de uso de medios mecánicos de una entidad civil
Información Rápida
Objetivo
Permite a las entidades civiles usar medios mecánicos, magnéticos u otros para llevar sus libros societarios y contables, en lugar de los libros rubricados tradicionales.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones civiles y fundaciones.
Requisitos principales
- Ser una asociación civil o fundación.
- Presentar la documentación completa y correcta.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 19.550 y la Resolución General IGJ 7/2015 (actualizada por la RG IGJ 15/2024).
Duración del trámite
Variable, depende de la IGJ.
Resumen
Este trámite permite a las asociaciones civiles y fundaciones obtener autorización para utilizar medios mecánicos, magnéticos u otros sistemas de registración en reemplazo de los libros contables tradicionales.
Quién puede usar este servicio: Asociaciones civiles y fundaciones.
Antes de empezar: Es importante revisar la normativa vigente (RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015) y contar con la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de "Autorización de empleo de Medios Mecánicos", firmado por el representante legal, apoderado o profesional dictaminante.
- Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original con la transcripción de la resolución del órgano de administración de la entidad solicitando la autorización.
- Piezas firmadas por el representante legal o apoderado y por contador público independiente con su firma legalizada, que incluyan:
- Exposición del sistema de registración contable a utilizar.
- Flujograma del circuito administrativo-contable completo.
- Demostración técnica del grado de inalterabilidad de las registraciones.
- Metodología de generación de CD o DVD y archivo de documentación.
- Sistema y periodicidad en la numeración de los registros.
- Estado de actualización de todos los registros contables y legales.
- Modelos de los listados en blanco y uno ejemplificativo.
- Plan de cuentas.
- Dictamen de precalificación de contador público.
Requisitos previos:
- La entidad debe estar al día con sus obligaciones legales y contables.
- La resolución del órgano de administración debe cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.
- El sistema de registración propuesto debe garantizar la inalterabilidad de los datos y cumplir con los requisitos técnicos.
Costes y plazos:
- Asociaciones civiles Categoría I: 16 módulos
- Asociaciones civiles Categoría II: 32 módulos
- Asociaciones civiles Categoría III: 48 módulos
- Fundaciones: 32 módulos
- Calculá el valor del trámite
- El plazo de resolución es variable y depende de la IGJ.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
- Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Información complementaria
Ley 19.550 - Art. 61 Resolución 7/2015 - Art. 328