Inscribir una disolución - nombramiento de liquidador y cancelación registral (art. 118 Ley 19.550)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelación registral de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia.

¿Quién puede solicitarlo?

Sociedades extranjeras que deseen inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelación registral de su sucursal, asiento o representación en Argentina.

Requisitos principales

  • Presentar la documentación completa y en regla.
  • Abonar la tasa retributiva de servicios correspondiente.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite permite inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelación registral de una sucursal, asiento o representación de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia (IGJ).

Quién puede usar este servicio:

Representantes de sociedades extranjeras.

Importante:

Los contenidos del sitio se están actualizando en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Consultar el texto completo de la norma.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de "Inscripción de disolución, nombramiento de liquidador y cancelación registral en forma simultánea". Obtenerlo en Formularios IGJ.
  • Acta emanada del órgano de administración social o funcionario competente de la casa matriz, con las firmas certificadas notarialmente, que contenga:
    • La disolución, nombramiento de liquidador y cancelación de la sucursal.
    • La designación del liquidador y tenedor de libros sociales.
  • Constancia de la publicación en la página web del Boletín Oficial, con firma y sello del profesional dictaminante.
  • Nota del liquidador designado con sus datos personales y domicilio especial, con firma certificada notarialmente o por contador/abogado.
  • Documentación contable:
    • Balance de liquidación firmado por el liquidador inscripto o representante inscripto, con informe de auditoría.
    • Informe de contador público matriculado indicando el libro rubricado y folios del balance de liquidación.
    • Copia certificada notarialmente de la foja o página numerada de los libros rubricados con la nota de cierre firmada por el liquidador.
  • Nota del responsable de la conservación de los libros, medios contables y documentación sociales.
  • Denuncia de cese de actividades ante la Dirección General de Rentas.
  • Dictamen precalificatorio suscripto por contador público en relación a la cancelación registral.
  • Dictamen de precalificación legal (con copia protocolar).
  • Comprobante de pago original de la tasa retributiva de servicios.
  • Declaración jurada de Beneficiario Final, con la firma del liquidador y firma y sello del profesional dictaminante.

Costes:

Cómo hacerlo

  1. Presentar el formulario del trámite y toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
  2. Una vez finalizado, retirarlo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.

Ayuda

Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]


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