Inscribir una disolución - nombramiento de liquidador y cancelación registral (art. 118 Ley 19.550)
Información Rápida
Objetivo
Inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelación registral de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia.
¿Quién puede solicitarlo?
Sociedades extranjeras que deseen inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelación registral de su sucursal, asiento o representación en Argentina.
Requisitos principales
- Presentar la documentación completa y en regla.
- Abonar la tasa retributiva de servicios correspondiente.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite inscribir la disolución, el nombramiento del liquidador y la cancelaci ón registral de una sucursal, asiento o representación de una sociedad extranjera en la Inspección General de Justicia (IGJ).
Quién puede usar este servicio:
Representantes de sociedades extranjeras.
Importante:
Los contenidos del sitio se están actualizando en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Consultar el texto completo de la norma.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de "Inscripción de disolución, nombramiento de liquidador y cancelación registral en forma simultánea". Obtenerlo en Formularios IGJ.
- Acta emanada del órgano de administración social o funcionario competente de la casa matriz, con las firmas certificadas notarialmente, que contenga:
- La disolución, nombramiento de liquidador y cancelación de la sucursal.
- La designación del liquidador y tenedor de libros sociales.
- Constancia de la publicación en la página web del Boletín Oficial, con firma y sello del profesional dictaminante.
- Nota del liquidador designado con sus datos personales y domicilio especial, con firma certificada notarialmente o por contador/abogado.
- Documentación contable:
- Balance de liquidación firmado por el liquidador inscripto o representante inscripto, con informe de auditoría.
- Informe de contador público matriculado indicando el libro rubricado y folios del balance de liquidación.
- Copia certificada notarialmente de la foja o página numerada de los libros rubricados con la nota de cierre firmada por el liquidador.
- Nota del responsable de la conservación de los libros, medios contables y documentación sociales.
- Denuncia de cese de actividades ante la Dirección General de Rentas.
- Dictamen precalificatorio suscripto por contador público en relación a la cancelación registral.
- Dictamen de precalificación legal (con copia protocolar).
- Comprobante de pago original de la tasa retributiva de servicios.
- Declaración jurada de Beneficiario Final, con la firma del liquidador y firma y sello del profesional dictaminante.
Costes:
- Trámite común: 32 módulos. Consultar el calculador de módulos para IGJ para conocer el valor actualizado.
Cómo hacerlo
- Presentar el formulario del trámite y toda la documentación indicada en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
- Una vez finalizado, retirarlo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Ayuda
Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected]