Inscribir una disolución-nombramiento de liquidador sin cancelación registral (art. 118 Ley 19.550)
Información Rápida
Objetivo
Inscribir la disolución de una sociedad extranjera y el nombramiento de su liquidador en la Inspección General de Justicia (IGJ), sin cancelar la inscripción registral de la sociedad.
¿Quién puede solicitarlo?
Sociedades extranjeras que deseen inscribir la disolución y nombramiento de liquidador de su sucursal, asiento o representación en Argentina.
Requisitos principales
- Presentar la documentación requerida en la Mesa General de Entradas de la IGJ.
- Abonar la tasa retributiva de servicios correspondiente.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite inscribir la disolución de una sociedad extranjera y el nombramiento de su liquidador ante la Inspección General de Justicia (IGJ), sin que esto implique la cancelación inmediata de la inscripción registral de la sociedad.
Quién puede usar este servicio
Este trámite está destinado a sociedades extranjeras que tienen una sucursal, asiento o representación en Argentina y que han decidido disolverla.
Antes de empezar
Es importante tener en cuenta que este trámite no implica la cancelación registral de la sociedad. La cancelación se realizará en un trámite posterior, una vez finalizado el proceso de liquidación.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Formulario de "Disolución y nombramiento de liquidador" (disponible en Formularios IGJ).
- Acta del órgano de administración social o funcionario competente de la casa matriz (original con firmas certificadas notarialmente o por autoridad competente). Debe constar la disolución, nombramiento de liquidador y cancelación de la sucursal, designación del liquidador y tenedor de libros. Si la documentación es en idioma extranjero, debe incluir traducción por Traductor Público Nacional.
- Constancia de la publicación en el Boletín Oficial (extraída de la página web), con firma y sello del profesional dictaminante, indicando la voluntad social, fecha, nombre y datos del liquidador y su domicilio especial.
- Nota del liquidador designado, con datos personales, domicilio especial y firma certificada notarialmente (o firma y sello profesional si es contador o abogado).
- Dictamen de precalificación legal (con copia protocolar). Debe incluir información precisa sobre el acto, la denominación social, la jurisdicción de origen, los datos del liquidador y tenedor de libros, el domicilio especial, el mantenimiento del tracto registral, la manifestación de que la cancelación registral se efectuará por separado, la constancia de las presentaciones del régimen informativo anual y la identificación del representante inscripto.
- Comprobante original de pago de la tasa retributiva de servicios.
- Declaración jurada de Beneficiario Final, con firma del liquidador y firma y sello del profesional dictaminante. Si no existe beneficiario final, debe acreditarse que la sociedad cotiza en bolsa o que la titularidad de las acciones está suficientemente dispersa.
Costes y plazos
- Trámite común: 32 módulos. Consultar el valor actualizado en el calculador de módulos para IGJ.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Presentar el formulario y la documentación en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, solicitando turno previamente.
- Una vez finalizado el trámite, retirarlo en Av. Paseo Colón 291, también con turno previo.
Ayuda
Pedir Turno
Puede solicitar un turno en: Pedir turno
Acceder a TAD
Para acceder a TAD puede hacerlo a través de: Nunca me registré. ¿Cómo tengo que hacerlo?