Constituir una Cámara Empresaria en la Inspección General de Justicia.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las cámaras empresarias obtener la autorización necesaria para operar legalmente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas jurídicas y humanas representantes de una actividad empresarial.
Requisitos principales
- Ser una persona jurídica o humana representante de una actividad empresarial.
- Cumplir con los requisitos de documentación y patrimonio social exigidos por la Inspección General de Justicia.
Duración del trámite
Variable, depende de la complejidad del caso y la carga de trabajo de la IGJ.
Resumen
Este trámite permite obtener la autorización para funcionar como Cámara Empresaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Quién puede usar este servicio:
Personas jurídicas y humanas que representen una actividad empresarial.
Importante:
Se están actualizando los contenidos del sitio web en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024, que reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Podés acceder al texto completo de la norma en este enlace.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario "Autorización para funcionar como persona jurídica (AC CATEGORIA 3)". Si se efectuó la reserva de denominación social y estuviera vigente, presentar el formulario "Reserva de denominación".
- Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público o abogado.
- Primer testimonio de escritura pública firmado por todos los constituyentes e integrantes de los órganos sociales que se designen, con la trascripción del acta constitutiva o fundacional, la cual deberá contener:
- Lugar y fecha cierta de la constitución.
- Datos de los constituyentes y acreditación de la representación invocada.
- Aprobación de los estatutos. El texto de los mismos puede formar parte del acta o suscribirse por separado.
- Elección de autoridades, precisando cargos, datos personales y término de sus mandatos. Deberá acompañarse constancia de su aceptación del nombramiento realizado y declaración jurada de no hallarse afectados por inhabilidades e incompatibilidades legales o reglamentarias para ocupar el cargo.
- Decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, autorizando a una o más personas para gestionarla y facultándolas para aceptar las modificaciones que aconseje la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, salvo que por su importancia sea necesaria la decisión de los constituyentes.
- Fijación de la sede social. Copia simple y protocolar, fotocopia con margen ancho de 8 cm.
- Demostración del patrimonio social: La demostración debe alcanzar el valor mínimo establecido por la Inspección General de Justicia, equivalente a CINCO (5) SALARIOS MÍNIMOS VITALES Y MÓVILES. Puede ser acreditado a través de: - Sumas de dinero: mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina (cuenta depósitos oficiales - boleta depósitos varios) realizado a nombre de la entidad en formación, para su retiro oportuno por su presidente o persona autorizada una vez que sea otorgada la autorización para funcionar como persona jurídica o bien mediante la manifestación expresa en la escritura pública de constitución, del escribano público autorizante, de que por ante él los constituyentes obligados a la integración del patrimonio inicial, en cumplimiento de dicha obligación, hacen entrega de los fondos correspondientes a los administradores nombrados en ese acto y que éstos los reciben de conformidad; podrá igualmente constar que dicha entrega se hace al mismo escribano público autorizante, con cargo a él de entregar los fondos a la administración de la entidad una vez autorizada a funcionar
- Presentación de declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente. Deberá ser presentada por cada uno de los integrantes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización.
- Tener presente que pueden participar en la constitución de la Cámara personas jurídicas o personas físicas.
Requisitos adicionales para personas jurídicas:
- Si son sociedades comerciales inscriptas en el REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO a cargo de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, citar la fecha y datos de su inscripción.
- Si son sociedades comerciales inscriptas en jurisdicción provincial, se deberán indicar la fecha y datos de la inscripción y acreditar que la misma se encuentra vigente, adjuntando una constancia extendida por la autoridad administrativa en el que se hubiere efectuado la inscripción.
- Presentar los instrumentos que acrediten la representación ejercida en el acto de constitución de la Cámara y adjuntarse acta de reunión del órgano de administración que contenga la designación específica de los representantes.
- Se deberá presentar certificado del Registro o repartición que corresponda que acredite que la entidad no tenga quiebra declarada.
Requisitos adicionales para personas físicas:
- La integración de la Cámara por personas de existencia visible, sólo se admitirá si se tratara de empresarios o comerciantes de la actividad o ramo relacionados con el objeto de la Cámara, se hallen o no inscriptos como tales en el REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO, acreditando esa condición con la constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Costos:
- Trámite común: 16 módulos. Consultá el valor actualizado del módulo en: Calculá el valor del trámite
Cómo hacerlo
- Solicitar un turno para presentar la documentación en mesa de entradas y, luego, para retirar el trámite cuando se encuentre finalizado.
- Presentar la documentación en la Mesa de Entradas de la Inspección General de Justicia, Paseo Colón 285, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Consideraciones especiales para matriculados:
Si sos matriculado/a y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- La presentación se realiza con turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
- La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.
Ayuda
Contacto:
Si tenés alguna consulta y/o reclamo podés escribir a [email protected] o utilizar el servicio de relatorías